La Cámara de Senadores aprobó sólo con los votos del oficialismo la venia de designación del juez en lo civil de 14° turno, Fernando Tovagliare, como ministro del Tribunal de Apelaciones, enviada por la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

La venia, que fue aprobada por mayoría en la Comisión de Asuntos Administrativos del Senado, también llegó sin la unanimidad de los ministros de la SCJ. Tabaré Sosa, Bernadette Minvielle, Luis Tosi y John Pérez aprobaron la venia destacando los resultados de un concurso de ascenso en el que Tovagliare obtuvo 96 puntos en 100, cuando sus competidores en materia civil obtuvieron 90,5, 70,5 y 57 en 100.

Además, destacaron sus antecedentes y trayectoria en el Poder Judicial desde 2002, como asesor técnico, prosecretario y secretario letrado de la SCJ y, además, juez letrado de San Carlos, en Maldonado. Para los ministros que conformaron la mayoría, el ascenso por concurso se hizo en función de lo establecido por los artículos 8 y 9 de la Ley Orgánica de la Judicatura y Organización de los Tribunales (19.830).

El voto discorde fue de la ministra María Elena Martínez, quien señaló en su fundamentación que para la elección de Tovagliare no se siguió el criterio que la SCJ ha tenido “sin excepción alguna desde el año 2002”, que es la elaboración de una lista de prelación con 20 nombres por materia, confeccionada por una Comisión Asesora integrada por la Universidad de la República, el Colegio de Abogados, la Asociación de Magistrados del Uruguay y representantes de la SCJ, que entre varios aspectos analiza la calificación reservada de los superiores directos del aspirante.

Para Martínez, el trabajo de la Comisión Asesora “legitima objetivamente a los magistrados que integran la lista [...] en forma mucho más consistente que a través de una prueba de conocimientos llevada a cabo durante unas horas de un único día”. La ministra planteó que en la Acordada 8087/2020, “después de un largo y arduo debate, se logró el consenso unánime para incluir el resultado de la prueba del concurso como un insumo más a tener en cuenta por la Comisión Asesora”.

Martínez destacó el valor que tiene la evaluación de los superiores procesales directos, que en el caso de los jueces en lo civil son 21 ministros de tribunal que conocen las sentencias elaboradas por el magistrado, y subrayó que el artículo 8 de la Ley 19.830 no establece que el concurso sea el único insumo.

“La Suprema Corte de Justicia, en mayoría, optó por desconocer lo acordado respecto de la incidencia del concurso en la decisión de ascender a determinado magistrado”, sostuvo.

Pese a la realización de este concurso, la amplia mayoría de las disposiciones de la ley 19.830 no están siendo aplicadas por los ministros de la SCJ, por considerarla inconstitucional, algo que deberá resolver una corte integrada. Para los jueces, que son parte denunciada en la causa, la presentación de la acción de inconstitucionalidad no exime a los ministros del cumplimiento cabal de la ley vigente en tanto se dilucida el proceso.

En la sesión de este martes, el senador del Partido Nacional Gustavo Penadés defendió la aprobación de la venia por entender que se aplicó la Ley de Concursos y particularmente la acordada en la que la SCJ por mayoría desvinculó el concurso de ascenso del trabajo de la comisión asesora y las listas de prelación por considerar que su reconocimiento sólo como un insumo más de la comisión “carece de base legal y colide” con el artículo 239 de la Constitución de la República, que en su numeral 4 establece la responsabilidad de la SCJ en el nombramiento de los ministros.

Penadés señaló que ni la mayoría de los miembros de la SCJ ni de la Comisión de Asuntos Administrativos comparten que en la designación de Tovagliare se haya desconocido la Acordada 8087/2020, porque fue dejada sin efecto por la Acordada 8115 del 27 de mayo de 2021 y la solicitud de venia al Senado fue remitida por la SCJ cuatro días después.

El senador dijo que “la SCJ actuó conforme a derecho y aplicó estrictamente la Ley Orgánica de la Judicatura, lo que le otorga plena legitimidad a la resolución” por la que se solicitó la venia.

Por su parte, el senador del Frente Amplio Charles Carrera señaló que la Comisión de Asuntos Administrativos “no actuó bien” porque la venia llegó en mayo y no se convocó a las autoridades de la SCJ para discutir el tema. “Desde el Frente Amplio no tenemos nada en contra del doctor Tovagliare, no lo conocemos, no podemos hacer ninguna crítica a su actuación como juez”, advirtió.

Carrera destacó el rol que le da la Constitución al Senado en la designación de las venias de los ministros de tribunal, en lo que calificó como “un sano mecanismo de contralor constitucional, de equilibrio de poderes”, y dijo que una de las responsabilidades que tiene el Senado en este proceso es controlar el cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.

“Creemos que no se puede actuar con discrecionalidad cuando se designa a un señor magistrado; soy un defensor junto a mi bancada de la Ley 18.930, somos defensores del régimen de concurso, pero el concurso tiene que actuar con un conjunto de criterios”, afirmó.

El senador señaló que si bien el postulante obtuvo el primer puntaje en materia civil en el primer llamado a concurso realizado por la SCJ, no se actuó en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 19.830, que “instauró criterios objetivos y precisos” para tener la mayor transparencia en el proceso de selección, y destacó que en el artículo 8 se establece antecedentes, capacitación, antigüedad y prueba de concurso como “factores determinantes para ascender”.

”No surge que el magistrado haya sido calificado en su desempeño e integrara la lista de ascensos de magistrados”, señaló, y calificó la situación generada con Tovagliare como “un problema”.