En abril de 2019, MEL le encargó a su hermana, de iniciales ITL, que consiguiera a alguien “capaz de matar a su pareja”, según información que proporcionó la Fiscalía. A cambio, le ofreció “compartirle bienes y regalarle materiales de construcción que existían en la barraca de la víctima necesarios para construir el templo que ITL pretendía levantar en el terreno de su domicilio para practicar la religión”.

ITL “con gran frialdad” cumplió su parte del trato. Ubicó y contrató a JNO, que era vecino de ella en la ciudad de La Paz, Canelones. Le dijo que su hermana pagaría. A JNO lo conocía porque integra una familia de La Paz “conocida por la comercialización de estupefacientes y por tener antecedentes en delitos contra la propiedad con violencia en las personas habiendo salido de la cárcel hacía muy poco”.

JNO pidió dos cosas para llevar a cabo el homicidio: un vehículo para ir a la barraca donde mataría a la víctima y un arma de fuego para matarlo. La noche antes del homicidio, ITL fue con JNO a buscar un vehículo.

Ambos salieron de La Paz en un auto alquilado, que era manejado por la mujer. En el barrio La Teja, en Montevideo, se cruzaron con dos hombres en una moto. Mediante amenazas con un arma, les robaron la moto.

En la mañana del 10 de abril de 2019, el hombre se encontraba trabajando como todos los días en su barraca. Sobre las 9.15, su pareja salió de la barraca en auto junto a su hijo para hacer mandados, pero paró en un negocio ubicado enfrente. El hombre salió del predio de la barraca hacia la calle y llamó a su hijastro, que estaba enfrente junto a su madre. El joven respondió al llamado y cruzó a la barraca.

En ese momento apareció JNO en la moto. Se acercó a la víctima y le preguntó si vendía aceite para moto, a lo que el hombre contestó que sí. Cuando giró para atenderlo, JNO le disparó a quemarropa, hiriéndolo de gravedad. El hombre intentó darse a la fuga en la moto, pero cuando el hijastro de la víctima vio lo que estaba pasando, corrió y pateó a JNO. Así, logró tirarlo de la moto e impedir su huida apretándolo contra el piso.

La víctima, herida de bala, corrió hacia la barraca y pidió que ayudaran a su hijastro, que seguía forcejeando con JNO. Los empleados lograron reducir y detener a JNO y esperaron a la Policía. Otros empleados trasladaron a la víctima al centro de salud, donde murió.

Luego del hecho, le avisaron a ITL por teléfono que habían baleado a su cuñado, que su sobrino “había agarrado al autor y que lo tenían detenido”. “Sorprendentemente, ella respondió e insistió en la llamada telefónica: ‘Déjenlo ir, déjenlo ir’, demostrando preocupación únicamente por la aprehensión del sujeto y no por la salud de su cuñado”.

ITL le pidió dinero a su hermana MEL, que le hizo llegar una tarjeta de débito para que retirara 30.000 pesos del cajero. Esa noche, la madre de JNO, que estaba en conocimiento de que su hijo había sido detenido, llamó varias veces a ITL para “reclamarle el pago del sicariato cometido, amenazándola si no cumplía”.

Según consta en el acta de Fiscalía, “debido a las amenazas recibidas y al miedo a que JNO la delatara, decidió irse inmediatamente para Río de Janeiro, refugiándose en la casa de sus hijos”.

La Fiscalía Departamental de Pando de 2° turno, a cargo de la fiscal Alicia Ghione, obtuvo como resultado de un juicio oral la condena de las tres personas involucradas en el homicidio. El equipo fiscal contó con el apoyo de la Unidad de Litigación Estratégica de la Fiscalía para la preparación del juicio oral. La jueza del caso fue Ada Sire.

JNO fue condenado como autor de un delito de homicidio muy especialmente agravado y especialmente agravado en reiteración real con un delito de rapiña especialmente agravado por el uso de arma de fuego y la pluriparticipación a la pena de 28 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo con descuento de la preventiva sufrida.

MEL fue condenada como coautora penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado y especialmente agravado a la pena de 28 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo con descuento de la preventiva cumplida.

ITL fue condenada como coautora penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado y especialmente agravado a la pena de 28 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo con descuento de la preventiva cumplida.