Unos 100 abogados participaron en la Jornada de Reflexión y Debate sobre la Justicia Penal y los Medios de Comunicación organizada por el Colegio de Abogados del Uruguay con el objetivo de reflexionar sobre el intercambio público en torno al sistema de Justicia y sus consecuencias sobre la idiosincrasia garantista del país, el Estado de Derecho, la libertad de expresión, el derecho a la intimidad y la exposición de víctimas e indagados.

También hablaron sobre el rol de jueces y fiscales en el marco del proceso acusatorio y cómo se vinculan con la prensa, la violación de las convenciones internacionales por el abuso de la prisión preventiva, la violencia del Estado en el proceso penal, la incidencia política de la agenda de seguridad y el aumento punitivo como respuesta.

Una verdadera batalla

La jornada fue abierta por la presidenta del Colegio de Abogados, María Laura Capalbo, quien planteó que la existencia de las redes sociales y los cambios del nuevo proceso penal “parecen haber instalado una verdadera batalla en los medios entre fiscales y abogados defensores que de alguna manera termina exponiendo a víctimas e indagados”. Capalbo señaló que la exposición revictimiza a las víctimas y culmina con la prisión preventiva para los indagados.

“Estamos convencidos desde el Colegio de que los temas de interés público deben debatirse y esto es enriquecedor, pero también estamos convencidos de que existen garantías básicas que deben ser respetadas y custodiadas, principalmente por los abogados, porque somos los primeros guardianes del Estado de Derecho. Los debates deben darse en un ámbito de libertad y respeto a la opinión ajena: quien grita más fuerte no necesariamente tiene la razón”, afirmó.

Capalbo dijo que existe mucha preocupación por parte de los abogados por el funcionamiento de la Justicia penal. “El ejercicio de la profesión se complejizó, llevando resultados no deseados en perjuicio de víctimas e indagados y de los propios profesionales del derecho, ya que se desvirtúa la función que tenemos como tales y se nos tiende a juzgar por la conducta de las personas que defendemos”, sostuvo.

Durante su exposición, el abogado Diego Gamarra se refirió a la divulgación del audio por parte del periodista Ignacio Álvarez, de Azul FM, en la causa de violación grupal en el Cordón, a la que calificó de caso insignia de colisión de derechos fundamentales e incertidumrbe sobre su delimitación. El abogado recordó que el derecho a la libertad de expresión está establecido en el artículo 29 de la Constitución de la República y en el 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, mientras que el derecho a la intimidad figura en el artículo 10 de la Constitución y en el 11 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

También mencionó el derecho al acceso a la Justicia como uno de los afectados en el caso, debido a que la víctima puede desistir de continuar con el proceso como consecuencia de la exposición de la que fue objeto. Además, planteó como “un verdadero desafío” definir el peso de las soluciones constitucionales en la interpretación penal.

Gamarra analizó desde un estudio de la proporcionalidad la divulgación de los audios y dijo que estudiar la proporcionalidad de la medida implica revisar si el fin es legítimo, si es necesaria (si se podría haber concretado por otros medios idóneos), así como la afectación concreta de llevarla a cabo. Gamarra consideró legítima la finalidad de informar sobre un hecho que había adquirido notoriedad, pero advirtió que la publicación no es legítima en términos de necesidad. “Se trata de la difusión en un medio masivo de comunicación de una grabación de contenido sexual que registra lo sucedido en un recinto privado en el que participan individuos sin ninguna predisposición pública previa y uno de los cuales denunció ser víctima de un delito”, señaló.

“La afectación de la intimidad que genera la divulgación de la grabación en sí misma para los involucrados y especialmente para la denunciante, dándose a conocer sus voces, resulta innecesaria ante la posibilidad de informar sobre su contenido con contundencia pero sin semejante exposición”, agregó.

En opinión del abogado, Álvarez “carecía de derecho a realizar una publicación de la grabación en sí misma”, agregó. Si bien prefirió no expresarse en cuanto a si la conducta califica en un tipo penal, por no ser penalista, defendió la constitucionalidad del artículo 92 de la Ley 19.580 en lo que refiere a su comisión por periodistas. “No se afecta el núcleo de la libertad de prensa; aunque se trate de una libertad en general preferida y crucial para el desarrollo de una sociedad democrática, hay ciertos límites”, expresó.

El dolor como castigo y el aumento de penas

La abogada Gianella Bardazano, profesora efectiva de Teoría General y Filosofía del Derecho en la Universidad de la República (Udelar), analizó el vínculo entre la Justicia penal y los medios de comunicación desde el punto de vista del ejercicio del poder y subrayó que el derecho penal es el campo del derecho en el que el Estado se hace sentir con más violencia. Bardazano reflexionó sobre cómo se presenta y es recibido por la comunidad lo que los propios actores del sistema penal deciden comunicar respecto de la forma en que están ejerciendo el poder de investigar, juzgar y castigar.

“El hecho de que el Estado monopolice los medios de la fuerza legítima y el castigo, y de que el castigo sea una imposición deliberada de dolor [hace que] los que justifican la privación de libertad como algo que beneficia de algún modo al destinatario de la pena tengan la carga de probar empíricamente que eso ocurre, que hay algún beneficio cuando las personas reciben como castigo la cárcel”.

En esa línea, la abogada planteó que el centro de la discusión pública sobre el tema “tiene que ver con cuánta cárcel y cuánta policía”, y recordó que el llamado “problema de la seguridad” está situado desde la década de 1990 entre las principales preocupaciones de los uruguayos. Bardazano advirtió que la agenda de seguridad implica cuestiones vinculadas a la facultad de la Policía, la incorporación de nuevos delitos a la legislación, la eliminación de atenuantes, la incorporación de agravantes, el aumento de penas y la eliminación de institutos liberatorios.

“Medios de comunicación y redes son parte de esa cadena de actores que contribuye a fortalecer esa perspectiva del abordaje del problema al que hace décadas se le llama el problema de la seguridad pública, que de por sí es una denominación bastante vidriosa”, agregó.

“Ni los jueces, ni los fiscales, ni los periodistas, que son trabajadores de medios de comunicación, actúan en forma autónoma en el sentido de [hacerlo] sin ninguna conexión o interferencia en las tensiones internas o externas de cada uno de sus espacios de comunicación”, añadió la abogada.

Para Bardazano, “el derecho a la información y a la libertad de expresión que implica, entre otras cosas, tener elementos suficientes y confiables para comprender el funcionamiento de las instituciones que nos hemos dado a través de las leyes –y especialmente de aquellas en las que le permitimos al Estado que nos trate con la mayor violencia– puede estar afectando el comportamiento históricamente endogámico, secretista, corporativo y elitista del sistema de Justicia”.

Una institución estancada

El abogado Florencio Macedo, profesor adjunto de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Udelar, dijo que desde hace décadas la institución del Poder Judicial “ha quedado estancada en una organización jerárquica” y se ha perdido el interés de las personas por el ejercicio de la carrera judicial. Agregó que el nuevo Código de Proceso Penal (CPP) significó para la Fiscalía un crecimiento en poder y en tareas.

“La Fiscalía ha logrado influir en las decisiones judiciales. Como son cuestiones de poder, el que tiene mayor poder es el que ejerce el poder sobre el otro, una institución que pierde poder se puede ver más afectada y puede estar más influida tanto por el poder de la Fiscalía como parte en la persecución criminal, como por los medios de comunicación, que son un poder que también influye en la institución Poder Judicial”, expresó.

Macedo sostuvo que uno de los puntos en los que se ve esa influencia es en la aplicación abusiva de la prisión preventiva, pese a que el CPP establece garantías en ese sentido. Subrayó que uno de los elementos que elevan el nivel de acuerdos abreviados es justamente la amenaza de la prisión preventiva. “Los jueces no se dan cuenta de que los fiscales abusan del poder para lograr su objetivo, que es lograr sentencias de condena, y los únicos que nos pueden proteger de eso son los jueces [...] Todos los abogados que estamos litigando llevamos cuestiones a los juzgados en las que se llega a una duda razonable sobre cuál de las partes tiene razón, y todos los abogados penalistas sabemos que en caso de duda se tiene que fallar a favor del imputado y generalmente se falla a favor de la fiscalía”, señaló.

Macedo considera que los jueces “están perdiendo una oportunidad muy importante de ejercer el poder que tienen”, y llamó a “volver a otorgarle el poder a la institución judicial para que empiece a ejercer y hacer cumplir mejor las garantías”.

Por su parte, la abogada y exjueza Beatriz Scapusio se refirió al caso de violación grupal en el Cordón y señaló que el caso “tuvo la enorme virtud de dejar en evidencia lo que está ocurriendo en la aplicación del sistema penal”, planteando, entre otras cosas, la violación por parte de la Fiscalía del artículo 259 del CPP, que establece que la investigación preliminar es secreta. Lamentó que la Fiscalía haya dado información acerca de que los indagados se habían negado a realizar la prueba de ADN, algo que luego fue desmentido. A su vez, planteó la existencia de lo que calificó como “disfunciones de la Ley de Género (19.850) que hacen que se vulnere en forma notoria el estado de inocencia”. Scapusio planteó que la reserva de la fuente no protege al periodista, sino al derecho de la sociedad a estar informada.

Trampas al solitario

El abogado penalista Gustavo Bordes reconoció que la cobertura periodística de los casos en los que trabajan afecta el desarrollo de las causas. “A todos nos influye más o menos que el caso se esté ventilando y de forma tan fuerte en los medios de comunicación [...] Influyen sí los medios de comunicación en nuestras sedes judiciales y en nosotros también. Si nosotros tenemos un caso que está en la prensa, todos los días lo tomamos con mucho más cuidado, es verdad, no nos hagamos trampa al solitario”, expresó.

Bordes hizo referencia al incumplimiento de la Convención Americana de Derechos Humanos, ratificada por Uruguay en 1985, y a la Convención de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidas, de 1966, que establece que la prisión preventiva no puede ser la regla general. Además, recordó que el artículo 4 del CPP establece que “ninguna persona a quien se le atribuya un delito debe ser tratada como culpable mientras no se establezca su responsabilidad por sentencia ejecutoriada”.

El abogado afirmó que existe incumplimiento del CPP respecto de la objetividad de la investigación fiscal y señaló que el artículo 144 obliga a la Fiscalía a actuar “bajo los principios de objetividad y buena fe”. Puso como ejemplo otros códigos, como el peruano, que establece que la Fiscalía no puede ignorar las evidencias que eximen de responsabilidad al indagado.

Estigmatización, prejuicios y polarización

El abogado Ignacio Soba, profesor adjunto de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho de la Udelar, planteó que la interacción del proceso judicial con el juicio mediático se da tanto en el proceso penal como en procesos civiles, y puso como ejemplo desalojos, procesos ambientales o de acceso a medicamentos. Señaló que si bien los abogados intuyen que uno influye sobre otro, no hay estudios que comprueben esa influencia.

Por otra parte, el abogado destacó las diferencias entre el juicio institucional y el juicio mediático, y dijo que una de las características del juicio mediático es la estigmatización, los prejuicios y la polarización de las opiniones y la prominencia de las emociones por sobre la racionalidad. En esa línea, planteó que en el ámbito de las redes “somos tolerantes con determinado grupo de personas que más o menos piensan similar a nosotros”.