Este martes, el Sindicato Único de Trabajadoras y Trabajadores del INAU y del Inisa (Suinau) emitió un comunicado en el que rechazó la postulación de la expresidenta del Instituto Nacional de Inclusión Social (Inisa) Gabriela Fulco, por parte del diputado del Partido Nacional Álvaro Viviano, para integrar el Consejo Directivo de la Institución de la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH).

Según el Suinau, la candidatura de Fulco implica una violación al artículo 46 de la Ley 18.446 -la que creó al organismo-, que dispone, en su inciso A, que los aspirantes a integrar el Consejo Directivo son “incompatibles” con el cargo cuando realicen “actividades que pudieran afectar su independencia, su imparcialidad o la dignidad o prestigio de la INDDHH.

“Las credenciales de la psicóloga Fulco ya son muy conocidas por parte de nuestro sindicato y, con respeto, pero también con meridiana claridad, decimos que su accionar en el Inisa con el personal y con los sujetos de atención fue calamitoso, por lo que la sola propuesta del legislador Viviano significa una afrenta para nosotros como sindicato”, manifestó el Suinau.

El sindicato recordó que Fulco declaró estar a favor de instalar el servicio militar para mayores de 18 años como “una medida de inclusión social”. En ese sentido, cuestionó: “Sería bueno saber cuál sería el prestigio que le puede aportar a la INDDHH”. EL Suinau también lamentó que “pese a todo el daño que le causó a la Institución y a las personas vinculadas a ella, el gobierno -en ese entonces del Frente Amplio-, la hubiese mantenido en el cargo”.

En octubre de 2019, durante una rueda de prensa, Fulco dijo que estaba de acuerdo con el servicio militar a partir de los 18 años, ya que “los países que lo tienen están evaluados con buenos resultados y es una medida de inclusión importante para todas las capas de la sociedad”. Sin embargo, aclaró que Uruguay no cuenta con la “infraestructura para sostener algo así”, pero que se puede “pensar para el futuro”.

El sindicato indicó que durante la última instancia de postulación de candidatos, que cerró este lunes con 27 aspirantes, se han infringido al menos cuatro artículos de la Ley 18.446, que refieren a la autonomía de la institución (artículo 2), a su alcance (artículo 5), a la integración del Consejo Directivo (artículo 36) y a la propuesta para la integración (artículo 39).

“Nos preguntamos si podrá trabajar con autonomía un integrante propuesto por un político -de cualquier partido- y si eso no sería una limitante subjetiva teniendo en cuenta que el alcance de la INDDHH incluye al Poder Legislativo”, planteó el sindicato, y señaló que la ley establece que son las organizaciones sociales quienes deben proponer a postulantes, mientras que el Parlamento deberá ordenar la lista de los candidatos y considerarlos en el régimen de Asamblea General.

“Nunca antes había sido necesario tener que señalar que esta es tarea exclusiva de las organizaciones sociales. Un entramado tan delicado de tareas como las que llevan adelante en la INDDHH no puede convertirse en un asunto de disputa político partidaria”, expresó el Suinau.