El juez en lo penal de 35° turno, Matías Porciúncula, sobreseyó al exsubdirector ejecutivo de la Policía Jorge Berriel, que había sido imputado en febrero por tres delitos de revelación de secreto, según informaron a la diaria fuentes judiciales.

En la sentencia, a la que accedió la diaria, Porciúncula aceptó el pedido de la fiscal de Flagrancia de 12° turno, Sabrina Flores, que llegado el plazo para acusar consideró que no había elementos para continuar con la investigación penal.

La defensa de Berriel, llevada adelante por Juan Fagúndez, había hecho hincapié en que Berriel había actuado en función de la cadena de mando, al entregar información a Alejandro Astesiano que le reclamaba el presidente Luis Lacalle Pou.

Los tres casos por los que Berriel había sido imputado fueron la entrega de información sobre la denuncia de violación grupal en una fiesta del Partido Nacional, que luego fue archivada; informar sobre una rapiña en la que tuvo participación un integrante del Servicio de Seguridad Presidencial, y sobre otra rapiña de la que el hijo de Astesiano fue víctima de robo de una moto, que a su vez era robada.

Entre los argumentos dados por la fiscal Flores para no acusar a Berriel se encuentra la naturaleza del vínculo entre Astesiano y Berriel y el hecho de que en los tres casos el exsubdirector ejecutivo de la Policía entregó los partes policiales a pedido de Astesiano.

Flores hace referencia a la reunión que al inicio del gobierno mantuvieron el entonces ministro del Interior, Jorge Larrañaga, el secretario general del ministerio, Luis Calabria, Berriel y Astesiano, en la que le indicaron a Berriel que colaborara con Astesiano, responsable de la seguridad del presidente Lacalle y su familia.

En diciembre de 2022, cuando Lacalle Pou fue consultado por la Fiscalía sobre si estaba enterado de que Astesiano acostumbraba a comunicarse con autoridades del Ministerio del Interior y requerir información en su nombre y si dio alguna indicación concreta a Larrañaga sobre qué tipo de información debían brindarle, respondió: “No, indicaciones concretas no, puedo asumir de que se entendía que si llamaba Astesiano, era como si la hubiera pedido yo la información”.

En esa línea, la fiscal agregó que el decreto que regula las funciones del jefe de seguridad presidencial habilita a coordinar “todo lo referente con la seguridad del presidente de la República, sus familiares directos y aquello que se disponga, asesorado por el jefe de seguridad presidencial, teniendo a efectos del cumplimiento de sus cometidos enlace directo con el Ministerio del Interior”.

A su vez, señala que “las instituciones del sector público están obligadas a suministrar la colaboración directa, el apoyo y la información que le fuera solicitada con la premura y/o las prioridades que el jefe de seguridad presidencial determine”.

La fiscal dice que de la normativa no se desprende que Berriel tuviera que chequear la pertinencia de la entrega de esa información. “Es más, de una lectura pormenorizada del mismo surge que esa responsabilidad recaía sobre el propio solicitante, quien era en puridad el que estaba en condiciones de determinar si esa documentación o esa información que iba a solicitar era necesaria o imprescindible para preservar o garantizar la seguridad del presidente, sus familiares o quien este determinara”, señala el pedido de sobreseimiento.

Flores señala que si bien Berriel “podía conocer quién era el presidente y sus familiares, desconocía quiénes eran los otros sujetos a quien el presidente determinara como sujetos pasivos de protección, y el cargo jerárquico de Berriel en el organigrama del Ministerio del Interior lo inhibía de pedir explicaciones o efectuar controles a su superior”.

“¿Qué se pretendía de Berriel? ¿Que negara información que ya estaba al alcance de los solicitantes, que analizara la pertinencia de estas solicitudes, que estudiara si el presidente, sus familiares o quien este designara se encontraban en riesgo? Aun así, si todo esto le fuera exigible, resta cuestionarse: ¿cómo era posible que Berriel conociera quiénes eran estos terceros que había designado? Parece bastante claro, por lo menos para esta parte, que Berriel no estaba en condiciones 'estatutarias' de ponerse a cuestionar órdenes de sus superiores”, agrega Flores.

La fiscal reflexionó sobre el hecho de que uno de los partes pedidos fue relativo a la denuncia de violación que realizó una adolescente contra dos hombres durante una fiesta del Partido Nacional. “Teniendo presente que uno de los partes policiales refiere a una cuestión de género, que se entiende correspondería armonizar la normativa vigente de forma tal que los derechos que se consagran a las víctimas de violencia basada en género se vean efectivamente tutelados, evitando que datos sensibles que hacen a su privacidad e intimidad, y que las protegen de eventuales riesgos materiales y procesales, se vean expuestos por razones que parecerían no guardar relación con la seguridad del presidente de la República, estableciendo limitaciones al acceso a la información por parte de determinadas personas”.