La Suprema Corte de Justicia (SCJ) definió iniciar una investigación administrativa por la actuación de la jueza Dina Salim para estudiar si hubo faltas en su actuación en las denuncias realizadas por Valentina Cancela, según informó El Observador y confirmó la diaria con fuentes judiciales.

La decisión fue tomada en la tarde del jueves en el acuerdo de ministros, luego de que cada uno analizara un informe con todas las actuaciones del caso.

El informe inicial determinó que tras recibir la denuncia de la situación en el juzgado de Familia, no se determinaron medidas cautelares ni se convocó a audiencia a las partes.

La semana pasada la SCJ emitió una circular en la que calificó de “falta grave” y un “error inexcusable” no convocar a audiencia a las partes tras definir medidas cautelares, tal como está previsto en la acordada 7.884, del 21 de diciembre de 2016.

Además, señalaron que los jueces que estén subrogando durante la feria judicial –como fue el caso de Salim– deben “fijar las audiencias en la agenda del titular, dentro de los plazos legales, aunque su designación finalice en forma previa”.

El femicidio de Valentina Cancela generó versiones encontradas entre el Ministerio del Interior y la Asociación de Magistrados del Uruguay sobre el uso de tobilleras electrónicas en el caso de menores agresores. El ministro Luis Alberto Heber dijo que había más de 100 tobilleras disponibles y planteó que existía responsabilidad de todo el sistema de Justicia por no haber previsto la situación.

Sin embargo, desde la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU) plantearon que hay una acordada de la SCJ, que fue elaborada en conjunto con el Ministerio del Interior, que dispone expresamente que las tobilleras deben ser colocadas a mayores de 18 años, entre otros requisitos, por lo que cuando un juez determina la colocación de una tobillera a un adolescente agresor, la Dirección de Monitoreo Electrónico, que es la oficina encargada justamente de la colocación y monitoreo de estos dispositivos, “se niega a colocarlos” en función de esta disposición.

Además, señalaron que el Ministerio del Interior no está cumpliendo con su obligación de informar tanto al Juzgado de Familia como a la Fiscalía de una denuncia por violencia doméstica, algo que está establecido en los artículos 59 y 60 de la Ley 19.580.

En conversación con la diaria, el presidente de la AMU, Leonardo Méndez, señaló que el juez cuenta con pocas herramientas para evaluar los riesgos de una situación, porque no tiene un equipo de técnicos sociales en la sede y debe apelar a su experiencia y a un análisis jurídico de la situación. “Al no tener en tiempo los informes técnicos, la parte gruesa y potente de la evaluación del riesgo a los jueces se nos dificulta mucho. Por algo hay gente que estudió esas carreras y sabe mucho más que alguien que estudió Derecho y que tiene el roce del trabajo constante; muchas veces es más a base de experiencia”, explicó.

En cuanto al cumplimiento del artículo 11 de la Ley 17.514, que establece la obligación de convocar a audiencia a las partes luego de tomar medidas cautelares, Méndez dijo que su incumplimiento es “poco habitual”, pero señaló que muchas veces se atrasa la convocatoria por la cantidad de casos que se deben atender. “Son contados los casos donde se dispongan medidas cautelares y no haya audiencia”, expresó.

Méndez aclaró que en los casos en los que se toman medidas de seguimiento -0de menor entidad que las cautelares previstas en el artículo 10 de la Ley 17.514 no es necesario convocar a audiencia a las partes.

Consultado sobre cuáles son las acciones que puede realizar la SCJ para evitar que el sistema tenga este tipo de carencias, respondió que hay una “limitación presupuestal monumental” y calificó de “ejemplar” la administración del Poder Judicial, que desde hace más de una década no percibe incrementos presupuestales.

A todo esto, la familia de la víctima prepara una demanda contra el Estado, ya que entiende que la situación debió haberse comunicado a la Justicia penal. En diálogo con la diaria, el abogado de la familia Cancela, Martín Etcheverry, explicó que hubo dos denuncias ante la Policía, una el 29 de junio, cuando la madre de Valentina informó a la Policía de una situación en la que su hija fue víctima de privación de libertad y de la destrucción de su celular, que culminó, durante la feria, en una resolución en la que se instaba a los padres a intervenir en la situación. Unos meses antes, la Policía había actuado de oficio ante una situación en la calle, en la que el adolescente denunció por golpes a Valentina, mientras que ella planteó que había respondido a insultos de su pareja.

La defensa de la víctima de femicidio está cooperando con la Fiscalía de San Carlos de tercer turno para reunir la mayor cantidad de evidencia posible para la acusación, en la que el fiscal Jorge Vaz pedirá la máxima condena para el femicida de 17 años, que podría recibir una condena de diez años en el juicio. El plazo para acusar vence el próximo 15 de setiembre.