Los senadores del oficialismo que integran la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda que estudia la Rendición de Cuentas manejaban una propuesta para modificar el artículo 365 del Código del Proceso Penal, que pauta la forma en que se procesan las apelaciones de las diferentes decisiones tomadas por el juez de garantía y los plazos que tiene el tribunal para expedirse.

La propuesta, que finalmente fue retirada, planteaba postergar para después de realizado el juicio el pronunciamiento del tribunal sobre los recursos de apelación presentados por las defensas sobre las pruebas que llevan a esa instancia.

La iniciativa fue rechazada tanto por la oposición como por varios actores vinculados al sistema de justicia, entre ellos, la Asociación de Abogados Penalistas del Uruguay, que emitió un comunicado expresando su “más enérgico rechazo al proyecto”, al que catalogó como “contrario a los principios que inspiran nuestro sistema y, sobre todo, al sentido común”.

Con el sistema vigente se discuten en la audiencia de control de acusación las evidencias que van a ingresar como prueba al juicio y, en la medida en que las decisiones de la jueza de garantías son apeladas por la defensa de alguna de las partes o por la Fiscalía, se espera la resolución del tribunal para saber si la evidencia en cuestión puede efectivamente formar parte del juicio.

“La esencia de esta etapa intermedia, que integra la audiencia de control de acusación y su sistema recursivo, es depurar y seleccionar las pruebas admisibles para que el juez de juicio tenga claro el material que las partes van a usar en audiencia para determinar si existe un delito y, en caso afirmativo, la responsabilidad del acusado”, señalaron.

Los abogados advirtieron también que el hecho de que no haya recursos pendientes de resolución “permite que al juicio oral ingresen las pruebas que fueron admitidas, con la tranquilidad de que un juez y, eventualmente, un Tribunal de Apelaciones, han determinado que las pruebas son lícitas, admisibles, pertinentes o conducentes para el objeto del juicio”.

“Resulta un sinsentido que el juicio oral, que debe ser la etapa del proceso con mayores certezas, garantías y pruebas para determinar la verdad de los hechos que se juzgan, se realice con o sin pruebas que potencialmente puedan ser rechazadas o admitidas luego de la sentencia definitiva de primera instancia, de absolución o condena, por el Tribunal de Apelaciones”, agregaron.

Finalmente, los senadores definieron el retiro definitivo de la iniciativa y consideraron que no debió incluirse como aditivo. El senador del Frente Amplio Charles Carrera cuestionó desde su cuenta de X la forma en que se hacen modificaciones al proceso penal por medio proyectos de rendición de cuentas.

“Aviso: primó la coherencia y recién se retiró la propuesta de modificación al artículo 365 del Código [del] Proceso Penal. Sería interesante conocer la mente brillante que lo propuso. Por favor, no más [cambios] al CPP en una Rendición sin discusión! Dejen de improvisar!”, publicó Carrera en su cuenta de X.