Uruguay tiene actualmente casi 15.500 personas privadas de libertad. En un informe especial, el comisionado parlamentario Juan Miguel Petit recomienda crear dispositivos de prisión domiciliaria con asistencia integral de redes de protección social. Para justificarlo, comienza planteando que es “sorprendente” que Uruguay tenga 4,3 presos por cada 1.000 personas, cifra que ubica al país en los primeros ocho lugares del mundo. Petit resalta además que el aumento del número de mujeres presas del año 2022 duplica al de varones, lo que podría estar indicando “un fenómeno social en proceso”.

Petit considera que es necesaria una reformulación “con cambios legales que fortalezcan las medidas alternativas y afinen la dosimetría penal de varias figuras, con normas y acciones que favorezcan el trabajo pospenitenciario, que intensifiquen la intervención técnica dentro del sistema y que reformen la institucionalidad de su administración, dotando de autonomía, recursos y nueva estructura al Instituto Nacional de Rehabilitación (INR), con articulación sustantiva con los otros agentes efectores de políticas sociales. Sólo así “podrá llegarse a un sistema eficiente y de un tamaño manejable –técnica y presupuestalmente– que permita la rehabilitación en mayores resultados y la posibilidad de ofrecer al público un descenso importante de la reincidencia”.

En un documento que representa uno de los planes de acción de 2024 para la Oficina del Comisionado Parlamentario Penitenciario, al que accedió la diaria, se indica que esto no es nada nuevo y que es “el dilema” que “tuvieron buena parte de los países desarrollados, los que ante las limitaciones del sistema de privación de libertad para generar rehabilitación, en muchos casos fortalecieron sus redes sociales de protección comunitaria con servicios integrales de asistencia a la familia y a los riesgos asociados a la vulnerabilidad y también impulsaron un sistema de medidas alternativas con alta capacidad de contención y políticas pospenitenciarias amplias y con capacidad de seguimiento individual caso por caso”.

A la vez, “con un sistema penitenciario más chico, lograron más transparencia y eficiencia, centrándose en los delitos violentos y con mayor necesidad de control para la rehabilitación, volcando en los centros penitenciarios una intervención técnica intensiva y variada, muchas veces sostenida en intervenciones de la sociedad civil mediante acuerdos de trabajo pautados por metas y resultados”.

Una población objetivo: las mujeres privadas de libertad junto a sus hijas e hijos

En diciembre de 2023 había 67 niñas y niños viviendo con sus madres en las cárceles. Es una cifra récord desde que se tiene registro. Anteriormente el promedio oscilaba entre 40 y 55 niñas y niños. “Este aumento representa una tensión para las posibilidades de convivencia y de crianza, en tanto no hay nuevos espacios de alojamiento y funcionarios suficientes para hacer frente a este crecimiento”, indicó Petit. Los delitos que cometen sus madres se mantienen: 75% están presas por delitos de drogas.

Son mujeres que “no han cometido delitos con violencia y en las evaluaciones no representan riesgos serios de criminalidad”. “En el relevamiento de 2021 se observaba además que el 45% de estas mujeres fueron diagnosticadas con un riesgo bajo de reincidencia, 48% con un riesgo medio y tan sólo el 7% con riesgo alto”, según el Informe Anual 2021 del comisionado parlamentario. También se observaba que 57% tenía un riesgo bajo de conflictividad, el 38% un riesgo medio y el 2% (un solo caso) tenía un riesgo alto.

Para el comisionado, la situación de las mujeres que están presas junto a sus hijas e hijos se “inscriben en este dilema” y significan un “área tan estratégica como sensible, porque refiere a mujeres que están criando a sus hijos dentro de una institución total [cárcel], siendo eso, pese a las buenas condiciones que puedan existir para esos niños, una adversidad importante para los primeros meses de vida por las limitaciones intrínsecas que tiene una convivencia institucional”.

Según Petit, hay algo “inquietante” en esta situación y es que se trata mayoritariamente de mujeres que cometieron delitos asociados a estupefacientes, que registraban altos niveles de vulnerabilidad y serias dificultades de inserción sociolaboral previos a la cárcel. “Además, los relevamientos hechos muestran que son mujeres que en alta proporción sufrieron violencia doméstica, abandono temprano, pobreza e incluso explotación sexual, o realizaron tareas de riesgo para su salud e integridad para solventarse o sostener a sus hijos”, explicó.

Aunque evidentemente ante la comisión de un delito se requiere que haya una pena, “la evidencia muestra que la privación de libertad de estas mujeres con hijos, al menos en buena parte de los casos, no es ni la mejor ni la única alternativa posible”. Además, “la vuelta a la comunidad sin más no asegura rehabilitación y volvería a colocar a la persona vulnerable sociopenalmente ante la cercanía o inminencia de nuevas transgresiones como estrategia de supervivencia, por lo que son necesarias redes de contención y asistencia fuertes que aseguren el cumplimiento de la sanción penal con rehabilitación e integración social, en esos casos en que es humana y estratégicamente pertinente evitar la prisión y la institucionalización del hijo y donde las características del delito cometido no inhiban de alternativas no prisionales”.

Para el comisionado y su equipo, “la internación penal de estas mujeres con sus hijos deja en evidencia fisuras y vacíos en el tejido social, abandonos y violencias de larga gestión, ante los cuales los efectores de políticas sociales no lograron introducir mecanismos de compensación, apoyo o empoderamiento que impidieran que esas mujeres, con familia e hijos a cargo, terminaran con ellos en la cárcel”.

A pesar de los esfuerzos institucionales del INR, siguen siendo cárceles: “Deben forzosamente tener alambrados, controles, vigilancia policial, cercanía de otros pabellones o celdarios, masividad, falta de intimidad, etcétera”, y estos “son factores de adversidad severa en esos primeros meses y años de vida en que el cerebro de los niños tiene una enorme capacidad de absorción de estímulos que influirán en su vida”.

Por eso, “teniendo presente que la amplia mayoría de esas mujeres no son un riesgo para la sociedad sino expresión de situaciones de exclusión y vulnerabilidad que no pudieron ser resueltas, es necesario tomar la sanción penal, creemos, como una oportunidad para una intervención de protección e integración, que en muchos casos debe ser superadora de la privación de libertad y expresarse en otros mecanismos de rendición de cuentas por la transgresión realizada”, subrayó Petit.

Juan Miguel Petit. (archivo, febrero de 2023)

Juan Miguel Petit. (archivo, febrero de 2023)

Foto: Mara Quintero

La normativa que habilita la aplicación de medidas alternativas y la necesidad de protección social

“Tanto la normativa internacional ratificada por Uruguay como la normativa nacional prevén la posibilidad de otorgar medidas alternativas a la prisión para las mujeres en etapa de gestación y durante el primer año de lactancia materna”, expresó el comisionado. “Si bien la convivencia de las niñas y niños con sus madres durante el período de lactancia y la primera infancia posibilita mantener el vínculo y forma parte de las acciones del Estado en pos de proteger los derechos de los niños, así como de contemplar la normativa internacional que apunta a la protección y desarrollo de la familia como núcleo fundamental en el bienestar de los mismos, el encarcelamiento de las mujeres por delitos de microtráfico continúa siendo un tema que trasciende los efectos que el mismo genera sobre la vida de las mismas”, agregó, y acotó que “las consecuencias de su privación de libertad afectan directamente a las personas que dependen de ellas, tanto afectiva como materialmente, y debe ser abordada desde una perspectiva de género que contemple el contexto socioeconómico y cultural”.

Según Petit, “tanto el encarcelamiento de las mujeres en estas circunstancias como el cumplimiento de la pena en prisión domiciliaria requiere de una intervención a nivel familiar y social de manera integral y, por tanto, multidisciplinaria e interinstitucional”. “Es necesaria la generación de información sobre las necesidades de estas familias y la creación de planes de intervención social que articulen las acciones del Estado para proteger los derechos de las y los niños al mismo tiempo que generen posibilidades para realizar proyectos de vida que acompañen los procesos de integración social y el abandono del delito como medio de subsistencia”, enfatizó.

“Las particularidades de la reclusión, vida y crianza de niños y niñas en contexto de encierro requiere un abordaje especializado y delicado”, resaltó, y añadió que “una perspectiva de género permite observar el impacto de las normas y proponer estrategias legales para prevenir y erradicar el trato discriminatorio y evitar o atenuar el impacto negativo que puede generar la aplicación descontextualizada de las normas jurídicas”.

“Pensar en medidas no privativas de la libertad para delitos menores, pero no concebidas como meros mecanismos para evitar la cárcel sino como dispositivos de sanción penal sólidos y con sentido puede reducir significativamente estos costos sociales, además de reducir la población penitenciaria y con planes adecuados, contribuir en la reducción de la reincidencia”, según el comisionado.

En este sentido, “creemos que empezar a avanzar con este enfoque en particular con la población de mujeres privadas de libertad con sus hijos a cargo puede permitir avances e innovaciones capaces de ser luego ampliadas”.

Para terminar con el documento que pretende poner este tema nuevamente en debate, el comisionado cita algunos principios orientadores, que refieren al interés superior de las niñas y niños, al derecho de no ser separados de sus referentes y a que la pena no debe trascender y generar daños colaterales.

Por otra parte, en este documento se cita una inmensa lista de normativa nacional vigente e internacional a la que Uruguay adhiere, que podría permitir estos cambios sin hacer modificaciones legislativas y aprovechando el marco actual que habilita que en el sistema penitenciario se asuman este tipo de desafíos.