La defensa de Sebastián Marset, quien cumple prisión preventiva en el Centro de Detención William G. Truesdale de Alexandría, presentó una moción para que sea anulada la incautación de cuatro cuentas de criptomonedas que el narcotraficante uruguayo tenía radicadas en El Salvador.
El documento, al que accedió la diaria, plantea al tribunal que el proceso fue nulo porque no se cumplieron con los requisitos exigidos por la ley estadounidense para la incautación, por lo que reclama la liberación de las cuentas retenidas por la Justicia estadounidense.
Los abogados Sandi S. Rhee, Robert Feitel y Joseph King, que son coordinados por Santiago Moratorio, señalaron que las cuentas se encontraban bajo el control de Tether, una empresa que mantiene su sede en El Salvador. Además, dijeron que fueron incautadas por un agente especial de la DEA, quien presentó una orden de incautación que refiere a la persecución de un delito de narcoterrorismo, para justificar la incautación y la extraterritorialidad que implicaba la operación, al hacerlo fuera de Estados Unidos.
Según señalaron los abogados al momento de la orden, el 23 de abril, la acusación de la Fiscalía no había incluido ese delito y la investigación solo se dirige a esclarecer un presunto delito de conspiración para el lavado de activos, por lo que entiende que la incautación debe anularse.
En otro documento en el que los agentes presentan información sobre la investigación en la que enmarcan el pedido de incautación señalan que Marset es “un importante narcotraficante transnacional radicado en América del Sur, líder de una organización de narcotráfico a gran escala que distribuía miles de kilogramos de cocaína, incluyendo hasta 10 toneladas de cocaína a la vez, desde América del Sur hacia Europa”. También señalan que estaba en comunicación directa con el uruguayo Federico Santoro Vasallo, quien se desempeñaba como “lavador de dinero transnacional para la organización de narcotráfico de Marset” y “facilitó el traslado de millones de dólares de las ganancias de la droga de Marset desde varios países de Europa hacia América del Sur y otros lugares del extranjero”.
Los abogados de Marset destacaron que ese documento “no incluye una sola referencia a alguna actividad terrorista o acto de terrorismo”. En ese sentido, señalaron que la cuarta enmienda de la Constitución estadounidense “prohíbe expresamente los registros e incautaciones irrazonables y establece que no se emitirá ninguna orden” salvo que esté debidamente fundada. “Para justificar la incautación de las billeteras de criptomonedas en este caso, la Fiscalía debe demostrar causa probable para creer: que el acusado ha cometido un delito que permite el decomiso” y que “el bien en cuestión tiene la conexión requerida con dicho delito”, agregaron.
Además, plantearon que en la incautación de las cuentas de Marset “la presunta justificación de causa probable para la orden no está relacionada con el delito imputado”, y agregaron que “no se trata de un mero error técnico, sino de una falla fundamental de prueba”. En ese sentido, citan jurisprudencia de un caso de 2019 en el que un tribunal rechazó las órdenes de incautación de un teléfono celular porque no tenían relación con el delito que se estaba persiguiendo y agregan que es “irrelevante” que la fiscalía entienda que puede ser útil para la persecución de otro delito que no figure en la orden.
En cuanto a la extraterritorialidad, la defensa de Marset sostiene que la orden de incautación “no contiene referencia alguna a la ubicación de las cuentas de criptomonedas”. “Tether tiene su sede en El Salvador y no había nada” en la solicitud presentada al juez “que sugiriera que sus servidores estuvieran ubicados en el Distrito Este de Virginia, ni siquiera en los Estados Unidos. La declaración jurada no aborda los límites de la jurisdicción territorial ni sugiere que aplicará ninguna de las excepciones a la limitación geográfica”, señala el texto en referencia a la Regla 41, que plantea una serie de excepciones sobre la jurisdicción, como el hecho de que la persona o el bien se encuentre dentro del distrito al momento de emitirse la orden, una investigación de terrorismo nacional o internacional, entre otros.
