Al cabo de varios meses analizando diferentes vías legales para frenar el proyecto residencial de 29 bloques con 300 apartamentos, que se ubicaría a ambos lados del lomo de la Ballena, la Red Unión de la Costa definió dos iniciativas que ya están en marcha y que dependen exclusivamente de la voluntad de la población.

Esta segunda etapa de movilizaciones, tras la desplegada durante la puesta de manifiesto del proyecto, consiste en una campaña de firmas que ya comenzó y se basa en dos recursos de la sociedad civil previstos en las leyes uruguayas.

El objetivo es “definir un estatus formal, obligatorio, de Punta Ballena, que no permita la ejecución del proyecto inmobiliario propuesto ni de ningún otro en el futuro”, expresa un documento con los aspectos legales de las iniciativas, al que accedió la diaria.

Por un lado, pedirán al presidente de la República y los ministros de Ambiente y de Ordenamiento Territorial la declaración de Punta Ballena como Área Natural Protegida.

“La petición nacional puede ser firmada por cualquier persona del país e incluso por extranjeros, ya que el sentido de las firmas es mostrar el alto grado de apoyo a esa propuesta”, explica el texto.

El derecho de petición de todo habitante ante cualquier autoridad de la República está garantizado por el artículo 30 de la Constitución. A su vez, el artículo 318 establece que la autoridad tiene un plazo de 120 días desde su presentación para decidir sobre la petición. Si en ese plazo no se pronunciara, es considerado como un rechazo de la petición.

25.000 firmas en el departamento

La otra solicitud apunta al legislativo departamental. Se trata de aprobar un proyecto de decreto que se complementa con la petición nacional y propone que Punta Ballena sea declarada área de conservación o reserva departamental, prohibiendo las edificaciones.

“La peculiaridad de esta iniciativa es que la Junta Departamental tiene un plazo de 60 días para pronunciarse. Si la aprueba, la iniciativa se convierte en ley y si la rechaza, se lo debe comunicar al intendente. El jefe comunal quedará obligado a convocar un plebiscito dentro de los 60 días siguientes a la recepción de la iniciativa. O sea que, si la Junta rechaza la propuesta, la decisión final es de la gente”, explican.

Para habilitar esta propuesta deberá firmar el 15% de los inscriptos residentes en el departamento (unos 25.000 electores de Maldonado), según el artículo 305 de la Constitución. Esta disposición se encuentra también en el artículo 78 de la Ley 9.515 y en el artículo 16 de la Ley 19.272 de creación de los municipios, sancionada en 2014.

“La iniciativa departamental sólo deben firmarla los electores del departamento de Maldonado. Por eso, se requiere que las firmas vayan acompañadas de la credencial cívica”, acotan. Una vez que se alcancen las voluntades necesarias, se presenta la propuesta a la Junta Departamental. Las firmas son enviadas a la Corte Electoral para verificar que es el 15% de los electores, y luego vuelve a la Junta para su consideración.

Lanzamiento en Las Grutas

Los detalles sobre cómo sumarse a estas causas y sobre el alcance de ambas propuestas serán presentados el jueves 22 a las 17.00 con una conferencia de lanzamiento en el Galpón de La Casona (calle Francisco Antonio Aime, Las Grutas).

Para la instancia también hay una convocatoria a la población: “¡Vení con tus pancartas y carteles! Sigamos mostrando que somos muchos y queremos Punta Ballena protegida”, dice el aviso del colectivo No al Proyecto Punta Ballena en Instagram.

Considerando que sólo en la etapa de puesta de manifiesto se registraron 13.545, “una cifra sin precedentes en este tipo de procesos”, la Red Unión de la Costa y demás colectivos confían en alcanzar la cantidad de firmas necesarias.