El doctor Luis Lacalle Pou, candidato a la presidencia de la República, elevó a consideración de los grupos que apoyarán su candidatura un documento titulado “Compromiso por el país”, que fue firmado por todos ellos (en una versión algo modificada) y dado a conocer el 5 de noviembre. Comento aquí algunos puntos referidos a la parte número 8, “Transformar la educación”, que dejan serias dudas y preocupaciones.

Tomo en cuenta ambas versiones (que reproduzco en notas al pie) porque la primera propone cambios más radicales o profundos, mientras que la segunda presenta una visión más edulcorada. Esto sugiere las posibilidades de que los cambios obedezcan a meros cálculos electorales (sin abandonar las ambiciones anteriores) o a la incidencia de una mayor sensatez de los demás firmantes. Esta última ha de haber sido la razón del acertado retiro de la propuesta de generalizar los liceos militares a todo el país, y por eso no me referiré a ese asunto.

La propuesta de “fortalecer” el rol del MEC1

La segunda versión no es expresamente inconstitucional, como lo era la primera; esta daba al Ministerio de Educación y Cultura (MEC) la función rectora de la educación, que la Constitución reserva a los entes autónomos de la educación. La versión definitiva habla de la “responsabilidad” del MEC, sin perjuicio de los cometidos de los entes autónomos de la educación.

Sin embargo, subsisten dudas que pueden expresarse así:

  • ¿En qué consiste exactamente “fortalecer” el rol del MEC? Porque al MEC le corresponde “facilitar la coordinación de las políticas educativas nacionales” y “articular” esas políticas con otras.3
  • ¿Serán convocados, como manda la ley, los órganos de coordinación, orientación y asesoramiento del Sistema Nacional De Educación Pública (Comisión Nacional de Educación, Congreso Nacional de Educación, Comisión Coordinadora del SNEP, que el documento ni siquiera menciona). ¿Serán fortalecidos o ignorados?
  • ¿No se trata de un “compromiso” con tendencia a un autoritarismo centralista del Poder Ejecutivo, contrario a la Constitución y tradiciones de nuestra república?

Propuesta de cambios en los órganos de la ANEP2

Se pasa de una versión original (que sustituía los Consejos de los subsistemas de ANEP por direcciones unipersonales, eliminaba la representación de los docentes en ellos, y dejaba sin voto a sus representantes en el Codicen), a una versión más suavizada, que conserva con voz y voto a los delegados docentes e incorpora al Codicen a los “directores generales de los subsistemas”.

Algunas preguntas:

  • Conviene aclarar algo que el texto no expresa: ¿las autoridades descentralizadas seguirán siendo Consejos, como actualmente, o direcciones unipersonales y sin representantes docentes?
  • La integración al Codicen con los directores generales de los subsistemas, ¿no será excesiva carga para esos directores? ¿No afectará el funcionamiento de toda la administración?
  • Una integración tan numerosa del Codicen (ocho miembros), ¿no será una traba innecesaria para la agilidad de este?

“Sistema” universitario

El documento plantea la sustitución de la formación pública en educación por un “sistema” universitario con “diversidad de instituciones formadoras”.4 Este punto es igual en ambas versiones. Elimina el sistema actual de instituciones dependientes del Consejo de Formación en Educación (CFE) (no habla de la posibilidad de una Universidad de la Educación), y lo sustituye por un “sistema” de múltiples “prestadores” universitarios (lo que es inconstitucional, art. 202). Como la formación pública de docentes no es “universitaria”, no podrá actuar en este “sistema”.

Sería un fuerte descenso de la calidad de la formación docente, puesto que no existen “prestadores” públicos o privados capaces de sustituir el sistema público de formación docente de la ANEP. Además, sería inconstitucional, pues establece que la formación pública de docentes debe ser regida por un consejo autónomo.

Algunas preguntas:

  • ¿Por qué este sistema sería superior al actual?
  • No hay instituciones universitarias nacionales en condiciones de sustituir al actual sistema de formación pública de docentes. ¿Quedará en manos de prestadores privados o extranjeros?
  • ¿Por qué este sistema sería superior a la creación de una Universidad de Educación (como lo piden las Asambleas Técnico Docentes, como resolvió el Consejo Nacional de Educación, y como lo apoya la Comisión Nacional de Educación)?
  • Si presentara un proyecto de reforma constitucional, ¿en qué consistiría?
  • Si la formación docente fuera mejor con un “sistema” competitivo entre diversos prestadores, cabe pensar que sería mejor hacer lo mismo en todos los niveles de la enseñanza pública que se rigen actualmente por entes autónomos. ¿Es esta la orientación a largo plazo?

Mauricio Langon es profesor de Filosofía.


  1. Texto original: “Fortalecimiento del Ministerio de Educación y Cultura como institución rectora de la política educativa nacional”; texto modificado: “Fortalecimiento del rol de Ministerio de Educación y Cultura como institución responsable de la política educativa nacional, sin perjuicio de los cometidos de la ANEP, la Udelar y la Utec”. 

  2. Versión original: “Modificación de la gobernanza de ANEP: sustitución de los actuales consejos desconcentrados por direcciones generales unipersonales integradas al Codicen; los representantes docentes se mantendrán en el Codicen, con voz y sin voto”. Versión modificada: “Fortalecer el rol director del Codicen de la ANEP, al que se incorporarán los directores generales de los subsistemas, manteniéndose los consejeros electos por los docentes”. 

  3. Ley 18.437, art. 51, literales B y C. 

  4. Se mantiene la versión original “Plan nacional de fortalecimiento de la profesión docente, que incluya un sistema de formación universitaria con un marco común y diversidad de instituciones formadoras”.