Para José Luis Falero, intendente de San José, las denuncias contra Nelson Petre (ex presidente de la Junta Departamental) y Alexis Bonahón (ex secretario de esa institución) fueron parte de un operativo político para desprestigiarlo. Pero según la justicia, la investigación de los gastos en la Junta durante 2013 y 2014 dejó en claro la responsabilidad de Petre y Bonahón en una administración “desprolija, descuidada o displicente”, aunque no se encontró mérito para tipificarles delito.

Para Petre, “fue una campaña de desprestigio solventada por la Junta Departamental con los dineros públicos”. Lo cierto es que un Tribunal de Apelaciones confirmó el archivo del caso y el intendente dijo que eso “nos confirma una tranquilidad que ya teníamos de que los compañeros habían actuado correctamente”. De paso, abrió el paraguas: “Nos da la tranquilidad de que en el gobierno departamental, y en este caso en la Junta, se podrán tener errores pero no actitudes delictivas”.

Las numerosas irregularidades constatadas y a las que el herrerismo considera “errores”, serían admisibles en tanto prácticas habituales. Para el Tribunal de Apelaciones: “Es cierto que las malas prácticas consuetudinarias estrictamente no transforman en lícitas conductas que no lo son, pero no es menos cierto que impiden concluir que ha existido por parte de los indagados desviación o abuso en el ejercicio del cargo”. Curiosa tesis: si es costumbre, ¿no es delito?

La política usa los tribunales para amplificar las denuncias contra los adversarios, aumentando la confusión y el desprestigio de todo el sistema, sin medir consecuencias para la convivencia. Si la justicia no condena, se argumenta sin más trámites “salió limpito”, cuando en realidad tienen barro hasta en el pelo. Si el derecho penal no sanciona conductas altamente inconvenientes –porque no están tipificadas como delitos–, la opinión pública debería juzgar con severidad el apartamiento de la ética, la probidad o la austeridad republicana.

Es cierto, el Tribunal de Apelaciones de Primer Turno en lo Penal confirmó el archivo de la denuncia contra Petre y Bonahón, y desestimó el pedido fiscal de procesamiento. Para la fiscal Renée Primiceri, había reiterados delitos de abuso de funciones en la actuación de los ex funcionarios.

Para la ministra Graciela Gatti, pese a [...] “las efectivas desprolijidades constatadas no existen en autos elementos de convicción suficientes respecto de la comisión del delito por el que se solicitó el enjuiciamiento”. Considera que “la administración llevada por los imputados resultó “desprolija, descuidada o displicente”, pero ello “no significa sin más que se haya verificado un delito”.

Por ejemplo, si la Junta Departamental de San José paga la cena –generalmente siempre en el mismo comercio– para un número elevado de comensales que no se sabe quiénes son, si integran el organismo ni la razón que justifica el gasto, como esa es la costumbre y siempre se hizo así, está todo bien. Es un escándalo, y si fue siempre así, es peor todavía. ¿Debemos suponer que sigue y seguirá sucediendo?

Este final legal para la dudosa actuación Petre-Bonahón se produce en momentos en que crecen los cuestionamientos al diputado Ruben Bacigalupe, también herrerista. Durante el último año y medio, una comisión investigadora revisó la actuación del gobierno de Falero en la Intendencia de San José en relación con las deudas de la funeraria propiedad de la familia Bacigalupe. Concluyó que hubo irregularidades y pasó el informe en mayoría a la justicia y a la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep).

Hasta los ediles oficialistas de Sumate que integran la comisión investigadora, Juan Martín Álvarez y Manuel Larrea, apoyaron que todo fuera elevado a la Jutep. En el informe firmado por Ana Gabriela Fernández y Pablo García, del Frente Amplio, y Susana Gasperi, de Alianza Nacional, se concluye que hubo “un trato preferencial” de la comuna. La empresa de Bacigalupe firmó e incumplió tres convenios por su deuda con la Intendencia de San José: en 2014, por 523.019 pesos; en 2016, por 1.597.856 pesos; y en 2017, por 2.761.030 pesos. Las empresas fúnebres son agentes de retención de una tasa de cementerios que se cobra a las familias y cuyo monto debe volcarse mensualmente. Algunas no lo hacen en tiempo y forma; la situación más grave es la del diputado blanco. Los convenios no tendrían las firmas correspondientes, pero igual habrían estado vigentes.

Todos los integrantes de la comisión coincidieron en la necesidad de un marco que regule el funcionamiento de las empresas fúnebres. Hoy prácticamente no existe. También estuvieron de acuerdo en que la intendencia debe “utilizar todos los mecanismos legales [...] a los efectos de la recaudación de tributos”. Los ediles oficialistas argumentaron que “ante una situación de incumplimiento tributario por parte de la empresa Etchemendy se procedió por idénticos carriles, exclusivamente administrativos”.

Es hora de señalar en la política a quienes ven la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio.

David Rabinovich es periodista de San José.