Siempre creí que la verdadera capacidad de los partidos políticos quedaba de manifiesto a la hora de asumir tareas ejecutivas en los diferentes ámbitos del Estado. Sin desconocer nuestra función legislativa, que resulta fundamental, entiendo que gran parte del éxito o fracaso de un partido político se juega a la hora de demostrar cómo se administra el Estado, ya sea desde el Poder Ejecutivo como desde los gobiernos departamentales, los entes autónomos, los servicios descentralizados, etcétera.

El precandidato del Partido Nacional Luis Lacalle Pou expresó la necesidad de promover auditorías en caso de ganar las elecciones. Si bien compartimos su inquietud, resulta llamativo que esta provenga de alguien cuyo partido no ha sido precisamente un ejemplo en materia de gestión pública. Alguno dirá que nos estamos remitiendo al pasado y a los notorios hechos de corrupción sucedidos durante el gobierno de Luis Alberto Lacalle. Ni siquiera eso: estamos hablando de hoy y de lo que ha sido un estilo de gestión de parte de algunas de las intendencias blancas. Al igual que ayer, el hoy vuelve a ser demostrativo de cómo se administra el Estado.

Tenemos la certeza de que los políticos deben ser los principales promotores de las buenas prácticas a la hora de gestionar los dineros públicos. Por suerte, hoy tenemos mejores medios para saber cómo se administra. Con la aprobación de la Ley 18.381 sobre el derecho de acceso a la información pública, la ciudadanía puede acceder a la información de manera directa. Esta se ha vuelto más accesible y habilita un factor de empoderamiento para la población en general. Un país que apuesta a la transparencia de la gestión permite consolidar una democracia sana.

Pero, además, nuestro sistema cuenta con otro tipo de controles. Es sabido que el Parlamento Nacional, además de su función legislativa, ejerce un control directo sobre la gestión del Poder Ejecutivo, al tener la posibilidad de hacer pedidos de informes, interpelar a ministros e incluso solicitar la censura de ellos por causa fundada. Con respecto a los gobiernos departamentales, esta función es realizada por la Junta Departamental, con algunas limitaciones, ya que la propia Constitución le asegura una mayoría al intendente electo.

Asimismo, dentro del Estado uruguayo está el Tribunal de Cuentas, que tiene como misión general el control de la hacienda pública en beneficio directo de la sociedad. El control ejercido por el Tribunal de Cuentas permite, entre otras cosas, vigilar los procedimientos de contratación, que se llevan a cabo mediante licitaciones, compras directas y otras modalidades. El Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) establece las modalidades de contratación y la potestad del Tribunal de Cuentas para observar el gasto cuando este no se ajuste a la normativa.

Estos son algunos de los mecanismos con los que contamos hoy para garantizar los controles. Igualmente, debemos seguir avanzando, ya que, como expusimos hace un tiempo desde el Movimiento de Participación Popular (MPP), debemos trabajar en la reconstrucción de la frontera ética en el ejercicio de la actividad política. Para ello esbozamos 16 medidas a desarrollar en el corto plazo, que incluían, entre otras, una ley general de sueldos para el Estado uruguayo, la generalización del concurso como medio para ingresar a la administración pública, y la modificación del sistema de pases en comisión. Pero más allá de las propuestas, lo que prevalece es la idea que está detrás, que consiste en la defensa de la política y en reforzar la ética en la función pública.

El desafío que estamos planteando apunta a incrementar la transparencia de la gestión, los controles y el combate a la corrupción. Además, buscamos terminar con ciertos privilegios y acercar a la ciudadanía la administración del Estado. Para ello, resulta fundamental que quienes piden auditorías para la administración central se hagan cargo de cómo gestionan el Estado en las intendencias. Vayamos a los casos concretos.

La Intendencia de Maldonado, según los datos del Tribunal de Cuentas correspondientes a 2017, muestra los índices más altos en materia de observaciones a los procedimientos de contratación. En este sentido, la información relativa a licitaciones públicas muestra que de un total de 42 procedimientos de contratación, 37 fueron observados (apenas cinco de ellos no lo fueron). De esta manera, en 2017, 88% de las licitaciones fueron observadas por el Tribunal de Cuentas. Si se lo compara con otros gobiernos departamentales de dimensiones similares, Maldonado lleva la delantera en cantidad de procedimientos observados.

Es fundamental, además, tener en cuenta los motivos por los que se puede llegar a observar un procedimiento de contratación. Estos pueden ser diversos y muchas veces son por principio de ejecución, es decir, cuando se comienza a ejecutar o pagar un servicio sin que el proceso se complete. Esto podría llegar a suceder, pero en definitiva, en este caso la observación apunta a una mera formalidad.

Lo grave es cuando la observación tiene como motivo la vulneración de las normas relativas a la forma de contratación, como es el caso de Maldonado. Al problema de las licitaciones en Maldonado se suman las irregularidades emergentes de las contrataciones directas, muchas de ellas sin invocar las razones de urgencia no previsibles o los motivos para no instrumentar una licitación pública. Pero más allá de eso, los resultados económicos tampoco parecen ser demasiado alentadores. Sin ir más lejos, la Intendencia de Maldonado adquirió 1.200 cámaras (por contratación directa), por la suma de 20 millones de dólares, una compra que fue observada por el Tribunal de Cuentas. Si se lo compara con el Ministerio del Interior, este lo hizo mediante una licitación pública internacional y el costo de las 3.200 cámaras instaladas fue de 19,5 millones de dólares. Procedimientos y costos notoriamente dispares.

Otro de los gobiernos departamentales del que emergen serias irregularidades administrativas es la Intendencia de Lavalleja. El 20 de marzo de 2019, el Tribunal de Cuentas hizo una auditoría en la que analizó el período comprendido entre julio de 2014 y noviembre de 2016, y que abarcó diferentes aspectos que hacen a la gestión de sus recursos humanos y materiales. Se detectaron irregularidades en el consumo de diluidos asfálticos, en el inventario de maquinarias destinadas a la Dirección de Vialidad y Obras, en el consumo de combustible (cargas que no fueron registradas en el Sistema de Control Vehicular) y en el cobro de compensaciones (no previstas en el presupuesto, por lo que se vulneró el artículo 86 de la Constitución de la República). A esto se suman las irregularidades en los procedimientos de contratación: licitaciones en las que no se exigió efectivamente la totalidad de los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones y se incluyó otras exigencias que no correspondían. Además, en varias compras directas no se dejó constancia de los fundamentos y la conveniencia de los fraccionamientos del servicio contratado.

Otras intendencias, como las de Florida, Flores, Colonia, Soriano y Artigas, son ejemplos de manejos irregulares en los procedimientos de contratación. En Florida, 80% de las licitaciones fueron observadas. En Flores, Colonia, Artigas y Soriano, el porcentaje se eleva a 100%. Debemos tener en cuenta que los gobiernos departamentales tienen menos controles en los procedimientos de contratación. En la administración central, quienes hacen la intervención preventiva (contadores delegados) son funcionarios del Tribunal de Cuentas, mientras que en los gobiernos departamentales pertenecen a la Intendencia. Esta situación genera que quienes deben hacer el control previo tengan “una doble camiseta”, ya que estos no dejan de ser parte de la estructura del gobierno departamental. Esto debería reformarse en el corto plazo.

Otro asunto que hace también a la dimensión ética de la función pública apunta al accionar personal de quienes la ejercen. El accionar ético de un dirigente político no sólo debe abarcar la órbita de su gestión pública, sino que debe manifestarse también en sus acciones privadas, más aun cuando estas invaden la órbita pública y terminan constituyendo un delito.

En el caso del edil blanco de Maldonado Rodrigo Blas, denunciado por el delito de defraudación tributaria, el fiscal de Crimen Organizado entendió acreditada la veracidad de la denuncia presentada y la comisión de hechos con apariencia delictiva. Sin embargo, como esa conducta no estaba incluida en la Instrucción General Nº 11 de la Fiscalía General de la Nación y no había interés público en la persecución del delito, se archivó la causa. Discrepamos con la decisión y con el criterio adoptado por la Instrucción General Nº 11, que excluyó el delito de defraudación tributaria. Una defraudación tributaria afecta directamente al Estado, ya que este no percibe dichos montos que se destinan justamente a políticas públicas, como son la educación, la salud, la seguridad, etcétera.

Además de la conducta y las consecuencias punitivas que debieron suceder, están las cuestiones éticas que debieran ser propias de un dirigente político. Por tanto, este asunto fue abordado como parte de las 16 medidas del MPP en Defensa de la Política. En este sentido, propusimos como obligación que a los cargos políticos y de particular confianza no se les aplique el secreto bancario y tributario, y que tengan que presentar una declaración y certificación de la Dirección General Impositiva y del Banco de Previsión Social de estar al día con sus obligaciones tributarias. La defensa del Estado debe demostrarse con hechos y acciones.

Podríamos mencionar también el caso del ex intendente de Soriano Agustín Bascou, quien hizo compras desde la Intendencia a estaciones de servicio que eran de su propiedad. Sin duda, esto también hace a la dimensión ética de la función pública. Así lo reconoció en su momento la Junta de Transparencia y Ética Pública, que manifestó que Bascou violó varias normas del Decreto 30/2003, en materia de rectitud, probidad, legalidad, implicancias, transparencia y publicidad, prohibición de relaciones con actividad vinculada y declaración jurada de implicancias. Este caso daría para escribir otra columna, pero por razones de espacio nos limitaremos a esta referencia.

Estamos convencidos de que debemos actuar en defensa de la política y enaltecer nuestra función de servidores públicos. A partir de eso, hemos propuesto 16 medidas concretas. Sería positivo que el ímpetu que tiene el precandidato Lacalle Pou por hacer auditorías empezara por las intendencias que hoy administra su propio partido. Debemos apostar a una reforma que uniformice los criterios de control y transparencia en todo el Estado. No puede ser que en el siglo XXI algunos gobiernos departamentales estén excluidos de muchos controles y se administren como si fueran un negocio particular. Modernizar al Estado es responsabilidad de todos.

Charles Carrera Leal es abogado y senador del MPP-Espacio 609, Frente Amplio.