Hace pocos días el Poder Ejecutivo emitió el decreto que reglamenta las modificaciones previstas en la ley de presupuesto de 2020, por el cual se crea, en el marco del Instituto Nacional de Bienestar Animal, el Programa de Control Reproductivo canino y felino. Este decreto instituye la obligatoriedad de los tenedores de animales de compañía, únicamente caninos y felinos, de esterilizar a sus animales.

Me gustaría analizar algunos conceptos relacionados con esta nueva normativa, de manera de poner otros elementos arriba de la mesa para el análisis de los y las ciudadanas y no dejar que únicamente se escuche una campana que valoriza esta imposición como parte de una aparente única solución al “problema de la sobrepoblación de perros” que supuestamente sufre el país.

En primer lugar, en sus “resultandos”, el decreto manifiesta que Uruguay se encuentra en una situación “crítica” en cuanto a la población de canes y felinos, y que se estima que en Uruguay habría una relación mayor a la recomendada por la Organización Mundial de la Salud, la que no debería ser aparentemente superior a una relación de un animal de compañía cada diez habitantes. Agrega además que esta sería la causa principal del abandono, y el incremento de las problemáticas relacionadas con los animales, tanto el riesgo sanitario como el “impacto” económico.

En relación con este apartado, tenemos que tener en cuenta que el único dato estadístico que se maneja acerca de la población de caninos y felinos en nuestro país es el resultado de una encuesta telefónica realizada en 2016, sobre la base de 1.600 hogares aproximadamente y que arrojó una estimación de que habría 1.750.000 caninos y 670.000 felinos en los hogares uruguayos. Esto daría una relación de una mascota por cada 1,23 habitantes aproximadamente. Claramente esta relación se incrementaría si agregáramos los animales que se encuentran en situación de calle y que no tienen hogar, o los animales que se encuentran en los cientos o miles de albergues, refugios, etcétera, llegando probablemente a una relación de 1:1 teniendo en cuenta ambas especies.

Así presentado, el tema parece grave. Pero cambiemos la forma de análisis de esta información. Uruguay tiene casi 70% de hogares donde hay animales de compañía; ¿eso quiere decir que el tema está descontrolado? Pues la verdad que no, no está “descontrolado” porque, en la enorme mayoría de los casos, esos animales están en el marco de una familia que los cuida, los alimenta y los contiene; claramente, la relación entre los humanos y los animales es de beneficio mutuo y por ello en nuestro país hay tantos hogares con mascotas.

Este decreto establece la obligatoriedad de la esterilización de caninos y felinos, exceptuando aquellos destinados a la reproducción, que deberán estar inscriptos como “criadores” en el registro correspondiente, y de aquellos animales que por motivos médicos no puedan ser intervenidos quirúrgicamente. Esto, en resumen, significa que todos los animales de compañía deben estar esterilizados. Si tenemos en cuenta que, en realidad, los animales aún en el derecho uruguayo son jurídicamente un bien, es decir, algo que tiene una propiedad, este decreto claramente interpone un supuesto interés mayor al derecho que tienen los ciudadanos y ciudadanas de disponer de sus bienes. Si bien hay ejemplos de obligatoriedades sobre los bienes, en este caso en particular el bien tutelado por el derecho de propiedad es una vida, por lo que directamente el Estado, con este decreto, se inmiscuye en la vida de los animales propiedad de las familias uruguayas, determinando, en última instancia, la obligatoriedad de correr un riesgo, obligando a una intervención quirúrgica que requiere una intervención anestésica.

El fin del decreto parece ser mitigar el impacto de la “reproducción incontrolada” de caninos y felinos, pero parte de una base meramente estimada, es decir, de una percepción. En la actualidad, desde nuestros consultorios, vemos cada vez más una mayor conciencia de los tutores de mascotas, tanto perros como gatos, en relación con las vinculaciones sanas con ellos. Son cada día más integrantes afectivamente activos en las familias, en muchos casos, soporte afectivo único en hogares donde este vínculo es más que esencial para la salud pública, entendiendo la salud como un todo y donde la salud afectivo-emocional está incluida.

Nosotros como médicos y médicas veterinarias no podemos dejar que esto se banalice, como si intervenir quirúrgicamente a un animal fuera similar a llevarlo a la peluquería.

Nosotros, como médicos y médicas veterinarias, vinculados sin dudas tanto con la salud animal como con la salud pública y el cuidado de estas relaciones vínculo-afectivas, no podemos asumir que, en todos los casos, lo más adecuado sea esterilizar a un animal sin tener en cuenta las circunstancias, partiendo de la base de que cada familia es un mundo y así lo es también el vínculo que cada familia establece con sus animales de compañía. Esta relación afectiva claramente merece respeto y, al mismo tiempo, defensa. Nuestra actividad, cada día más parecida a la de un pediatra, médico de familia, incluso de agentes promotores de salud, se centra en este vínculo y por ello no podemos dejar de ver este decreto como una intromisión del Estado en esta vinculación.

Claramente, el enfoque está equivocado. El enfoque, que debería centrar la política pública en la educación y en la difusión de las normas de cuidado y convivencia responsables, que ayude a mejorar la calidad de vida de las familias, incluyendo a sus integrantes de cuatro patas, equivocadamente se centra en esta resolución de corte estalinista, que obliga a someter a actos quirúrgicos a animales que, en las condiciones en las que actualmente viven y conviven con los seres humanos, no representan para nada un riesgo para la salud y al mismo tiempo no participan en el supuesto “crecimiento desproporcionado” de la población de perros y gatos en el país.

Por otro lado, este decreto asemeja de esta forma el tramitar un seguro obligatorio automotor a una intervención quirúrgica. La ovariectomía u orquiectomía (castración en la hembra y en el macho, respectivamente) es una cirugía de realización frecuente, pero eso no significa que no tenga riesgos. En primer lugar, es una cirugía que requiere anestesia general, con la necesaria evaluación previa del medio interno del paciente que será intervenido, la necesaria valoración de su estado de salud o enfermedad antes de disponer de un procedimiento anestésico; por otro lado, además de la anestesia, el acto quirúrgico en sí mismo no puede ser realizado por cualquier veterinario, claramente requiere que se trate de un médico veterinario o médica veterinaria con el suficiente entrenamiento para la intervención. Este decreto maneja esta obligatoriedad con el concepto de un “trámite”, cuando claramente este tipo de intervenciones no lo son.

Una castración requiere preparación, requiere conversar con los tutores responsables de cada animal que se encuentra integrado a una familia y definir para cada caso los riesgos, ventajas y desventajas de la indicación de la cirugía. No podemos dejar que se contribuya a creer que este tipo de intervenciones quirúrgicas son como ir a cortarle las uñas a un animal. Sin dudas, no en todos los casos la castración está indicada, dado que ya está más que demostrado por la ciencia veterinaria que para ambas especies el eliminar el efecto hormonal significa el incremento de la probabilidad de desarrollo de algunos tipos de cáncer en estos animales, así como no hacerlo incrementa el riesgo para el desarrollo de otros tipos de enfermedades. Claramente, cada caso requiere análisis médico, en conjunto con los tutores, con los integrantes de la familia, y nosotros como médicos y médicas veterinarias no podemos dejar que esto se banalice, como si intervenir quirúrgicamente a un animal fuera similar a llevarlo a la peluquería.

En definitiva, este tipo de resoluciones deberían contemplar lo heterogéneo y contar con un consenso más amplio, que sin dudas debería involucrar a los tutores y las tutoras responsables y sus médicos de cabecera.

Manejamos la pandemia de coronavirus, con los impactos que esta tuvo, con el concepto de la “libertad responsable” pero creemos que vamos a controlar la población de caninos y felinos imponiendo a los tutores a ir a un centro de esterilización; en fin, como siempre, la realidad y el sentido común superarán a las decisiones de escritorio. Este decreto no cambia por sí solo la realidad; la realidad la vamos a cambiar cuando logremos el cambio cultural, como ya hicimos en relación con otras conductas que requieren responsabilidad; basta ver el ejemplo del trabajo de la Unidad Nacional de Seguridad Vial desde 2005 y de cómo hemos cambiado nuestra conducta en el tránsito.

Sebastián Fernández Barrios es diplomado en Medicina Felina y Oncología Clínica, y vicepresidente de la Sociedad Uruguaya de Veterinarios Especialistas en Pequeños Animales.