La formación del archivo está en ejecución desde el mes pasado, y se espera que esté pronto en marzo de 2012. La iniciativa, coordinada por la SCJ y la Universidad de la República (Udelar) con fondos de la Unión Europea, apunta a la preservación de los documentos identificándolos, registrándolos y digitalizándolos, lo cual permitirá realizar “consultas ilimitadas sin riesgo de deterioro” de los originales.

Chediak subrayó que en los mencionados expedientes “consta el sometimiento de civiles a la justicia militar” durante la dictadura y que fueron entregados al Poder Judicial tras el retorno de la democracia y en cumplimiento de la ley 15.737 de Amnistía. La información que contienen los documentos, explicó el representante del Poder Judicial, “está siendo utilizada para corroborar la veracidad de relatos y la aplicación” de leyes de reparación (18.033 y 18.596), así como “constituyen pruebas fundamentales en muchas de las acciones penales que se están tramitando por denuncias de violaciones a los derechos humanos”.

El financiamiento incluye la adquisición de tecnologías para el escaneo y el archivo de éstos y otros expedientes. La directora del proyecto, Elba Rama, representante de la Udelar, señaló que el objetivo final es “identificar y cuantificar” la totalidad de los expedientes y las personas en ellos involucradas para “poder brindar la información” en una “estructura que permita la consulta en soporte informático”. En ese sentido, añadió que la sostenibilidad de la iniciativa en el futuro “está asegurada” por el Poder Judicial que tendrá la custodia de esa información con fondos presupuestales. “Estamos trabajando para preservar la memoria como vía para construir el futuro”, resumió el rector de la Udelar, Rodrigo Arocena.

¿Archívese?

“El Poder Legislativo [PL], en nuestra Constitución, tiene competencia para aprobar y derogar. En nuestro marco constitucional no está prevista la anulación”, opinó Chediak en diálogo con la diaria. En ese sentido ilustró que “jurídicamente la anulación significa retrotraer el descaecimiento de la norma hasta el momento en que fue dictada”, mientras que “la derogación opera exclusivamente para el futuro”.

Consultado específicamente sobre los caminos legales que deberían adoptarse con respecto a la Ley de Caducidad, aclaró: “En el caso concreto no le voy a hacer ninguna consideración, pero el mecanismo normal, el utilizado cuando en otras oportunidades la SCJ ha declarado, una vez o en forma reiterada, inconstitucionales leyes o artículos de leyes, es que el PL ha tomado nota y ha derogado. Eso es lo que ha pasado en la tradición armónica de los pueblos y en la democracia uruguaya”.

Sobre las expectativas que le genera el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en cuanto a que abra caminos a la justicia para investigar violaciones a los derechos humanos cometidos en dictadura, señaló que “en general” los argumentos que ha manejado la Corte “son coincidentes” con los de la SCJ para el caso de Nibia Sabalsagaray.

“¿Y qué plantea sobre los delitos de lesa humanidad e imprescriptibilidad? La derogación sigue amparando los delitos cometidos en dictadura porque, por ejemplo, no permitiría la reapertura de los que están archivados para dar paso a la justicia”, subrayó Puig en diálogo con la diaria. El diputado entiende que el argumento del presidente de la Suprema Corte cae en un “círculo vicioso” porque la sentencia de inconstitucionalidad para el caso Sabalsagaray establece que el Estado debe atender los tratados internacionales y que la única forma de darle cumplimiento a ese punto es “removiendo” o declarando la inexistencia de la Ley de Caducidad. “El planteo [de Chediak] cumple con lo formal pero no a nivel de contenidos”, añadió.

El constitucionalista y ex senador socialista José Korzeniak declaró hace dos semanas al diario La República en una línea similar a Chediak, pero con base en argumentos distintos: “El Parlamento no tiene facultades para anular ni derogar disposiciones que fueron aprobadas por el cuerpo electoral” en el referéndum de 1989 y el plebiscito de 2009. Para Korzeniak el camino es que “cada denunciante que considere que esta ley es un obstáculo para que se realicen las investigaciones inicie una acción de inconstitucionalidad” ante la SCJ, mientras que para Puig las opciones son tres: “Una reforma constitucional, la conformación de una asamblea nacional constituyente -que está en el programa del Frente Amplio- o una ley interpretativa”.

“Todavía no hemos tomado ningún camino, no nos hemos inclinado por ninguno. Tendremos que esperar que se instale la comisión para definir la estrategia política y el camino jurídicamente más adecuado. Pero, antes, apostamos a la discusión interna”, sostuvo, en alusión al grupo que el FA pondrá en funcionamiento después del 9 de mayo con intención de adoptar un criterio común antes de instalar el tema en el ámbito legislativo.