El vecino de Alicia

En la indagatoria judicial que culminó con el procesamiento de Alicia Castilla también se procesó a AQ por encubrimiento. Según surge del auto de procesamiento, AQ vivía en un apartamento al fondo de la casa de Alicia, y en su dormitorio se incautaron elementos que luego se utilizarían como pruebas. También según el texto judicial, AQ negó tener conocimiento del plantío; en cambio, Alicia aseguró que existía un acuerdo entre ella y AQ para mantener ocultas las actividades vinculadas con la marihuana. En la vivienda de Alicia se encontraron 29 macetas con plantas, “balanza de precisión, juguera y licuadora con restos de sustancia vegetal, cajas de hojillas, diversas pipas, tubos de ensayo, frascos de diferentes tamaños para el secado de la sustancia, pequeñas bolsas de plástico, varios morteros, varios productos químicos, semillas varias de marihuana, un frasco y dos envoltorios conteniendo sustancia vegetal”. Raúl Oxandabarat, vocero de la Suprema Corte de Justicia, dijo a la diaria que la legislación actual prohíbe cualquier tipo de producción o cultivo, sea de una planta o de 29. “No se trata de una discusión de cantidades ni de finalidad, lo que se castiga es la producción clandestina”, precisó Oxandabarat. El artículo 30 del Decreto Ley 14.294 dispone: “El que, sin autorización legal, produjere de cualquier manera las materias primas o las sustancias, según los casos, capaces de producir dependencia síquica o física [...] será castigado con pena de 20 meses de prisión a 10 de penitenciaría”. La tenencia para consumo está autorizada, pero queda a criterio del juez qué se considera uso personal y qué comercialización. “No hay cantidad estipulada para la tenencia, depende de las circunstancias del caso, eso queda a criterio del juez”, afirmó el vocero de la SCJ.

El señor X tiene 21 años. Está en el Penal de Libertad hace un año y tres meses, y todavía le faltan 13 meses para completar su pena. Lo procesaron porque la Policía allanó su casa y encontró un poco menos de diez gramos de marihuana, plantas y semillas. X era primario hasta que lo encarcelaron por presunción de producción y su padre estuvo ocho meses en prisión por encubrimiento. Su hermana emigró y la casa fue robada cuando ambos estaban entre rejas.

“Yo no me considero un delincuente; estoy acá por gil, por haber dicho la verdad, y soy un banana por haberme expuesto tanto con el tema. Ya cuando me procesaron no lo podía creer. Pensé que me iban a mandar trabajo comunitario, prisión domiciliaria [...] Y cuando me procesan me mandan al Penal de Libertad. Creí que me iban a poner en el Centro Nacional de Rehabilitación (CNR)”, testimonió X, quien admitió haberle vendido marihuana de su quinta a conocidos para “irse de vacaciones a la playa”.

Las palabras de X, y de otros similares, están incluidas en el artículo “Cárceles y drogas en Uruguay”, que Garibotto publicó en un libro Sistemas sobrecargados. Leyes de drogas y cárceles en América Latina, de las organizaciones Washington Office on Latin America (WOLA) y el Transnational Institute (TNI).

Además de los relatos, los datos que compiló la socióloga en base a estadísticas de la JND y del Ministerio del Interior resultan llamativos. En el período 2006-2009 se efectuaron 3.371 procedimientos policiales relacionados con drogas y en casi la mitad de ellos (1.574) se encontró marihuana.

En el 43,3% de estas acciones la cantidad de marihuana incautada era menor a los nueve gramos, mientras que en 434 casos (27,6% ) se encontraron cantidades que iban de los diez a los 49 gramos. En la otra punta del cuadro encontramos seis procedimientos con requisas de cuatro a cinco kilos (0,4%) y 13 entre cinco y diez kilos (0,8%). La tendencia de que la mayoría de los operativos termina con pequeñas incautaciones se mantiene para la pasta base (55,2% para menos de diez gramos), las hojas de coca, la cocaína, las plantas de cannabis y el éxtasis.

No tiene lógica

“Calculamos que en las cárceles uruguayas hay unas 350 personas que están adentro por pequeñas cantidades de marihuana, que pueden ser para consumo o para menudeo. Hablar de narcotraficantes con estas cantidades es un disparate y la ley tiene que contemplar estas situaciones, que involucran, sobre todo, a menores de 35 años que no pueden pagarse un abogado”, señaló el diputado oficialista Sebastián Sabini (Espacio 609).

Sabini elaboró un proyecto para legalizar el autocultivo de marihuana (que modifica el artículo 31 de la ley 17.016, estableciendo un mínimo de 25 gramos para porte y ocho plantas para el cultivo de plantas psicotrópicas), pero tiene previsto impulsar otro para contemplar la situación de los que ya están detenidos. El legislador informó que ya inició los contactos en el Ministerio del Interior para intercambiar información y opiniones al respecto. En el caso de la despenalización del cultivo, también tienen iniciativas los diputados Luis Lacalle Pou (Partido Nacional), Nicolás Núñez (Partido Socialista) y Fernando Amado (Partido Colorado).

Gritos y prudencia

El director de la JND considera que los procesamientos por cultivo que tomaron estado público hace una semana son “absurdos”. “No parece prudente y desprestigia a las políticas de drogas que una mujer de 66 años, que claramente no representa un peligro para la seguridad ciudadana, esté en prisión. Hay otros jueces que han actuado con otros criterios ante casos similares, recuerdo uno en Salto, que un juez decidió no procesar a un muchacho que tenía unas plantas en la quinta del abuelo”, comparó Romani. A su entender, el sistema político uruguayo no ha sido capaz de agendar estos temas “en toda su complejidad”. “Siempre respondemos al grito, ahora el grito es una situación injusta, bueno entonces aprovechemos eso para legislar”, propuso.