-¿Se puede negociar un convenio sin la participación del Estado?

-En Uruguay vos podés negociar colectivamente por rama de actividad en lo que es un sistema centralizado, que es la matriz de la negociación colectiva en el país. Es uno de los pocos países donde se puede hacer eso y el sistema protege a los sectores más relegados o más débiles. Desde 1943 se estableció la Ley de Consejos de Salarios, el Estado jugó un papel de promotor de la negociación colectiva y siempre estuvo mirando por el interés general. Dentro del interés general, la primera 
preocupación es la inflación. Había un mecanismo paralelo a la ley que establecía la moderación para evitar que los acuerdos superaran presupuestos inflacionarios. La inflación destruye el salario real, entonces podemos tener un convenio magnífico, pero si nos agarra la inflación, nos come lo que ganamos en el convenio. Pero se puede hacer una negociación sin la tutela del Estado, fuera del ámbito de los Consejos de Salarios. Sería una negociación bilateral que puede ser entre una empresa, varias o una organización de empresas y un sindicato. Éste es el modelo general que existe en la mayoría de los países. La ley en Uruguay habilita ese tipo de negociaciones si las hacen organizaciones que sean suficientemente representativas de trabajadores y empresarios, y pueden firmar un acuerdo para todos sin la participación del Estado.

-¿Pero éste no es el caso de la bebida?

-Ellos piden que el acuerdo se celebre en el ámbito de los Consejos de Salarios y ahí es que nosotros les decimos que en este ámbito el ajuste que prevén sale fuera de los lineamientos del Poder Ejecutivo, algo que se hace para proteger el fenómeno inflacionario, que afecta siempre a los más pobres. Entonces no podemos votar ese convenio con ellos. Tienen la posibilidad de tener un convenio bilateral sin involucrar al gobierno.