Una revisación no muy exhaustiva de los avisos clasificados de trabajo de El Gallito Luis permite detectar que existe una cantidad considerable de mensajes relativamente similares en su redacción y que además comparten los mismos números teléfonicos. Aparecen estratégicamente alternados, ofreciendo los empleos más buscados por carecer de exigencias de calificación o experiencia. Por ejemplo: “Aprendices, etiquetadoras, empaquetadoras. Tel.: 22000189” en trabajo femenino o “Cadete, reponedor, fiambrero, atención, supermercado general. Tel.: 22007334” en la sección masculina. Pero se piden auxiliares, cocineras, limpiadoras, guardias, jardineros, peones, mecánicos y vendedores, entre otros, y hay que llamar a seis teléfonos fijos que se van cambiando según el aviso, todos con la característica 220.
Pero lo que podría significar el acceso rápido a un trabajo resulta una experiencia abrumadoramente costosa. Al discar uno de los números, la persona interesada en encontrar trabajo se encuentra con la voz de un entrenado telemarketer que dice: “Éste es un servicio de solicitud de personal y las empresas nos exigen una verificación de los datos curriculares. Para aportarlos tenés que llamar al 09001086”. Si uno pregunta cuánto puede costar esta llamada de valor agregado, la respuesta es 29,8 pesos más IVA el minuto y la entrevista telefónica dura entre ocho y diez minutos. Según los números a los que se llame, también aparece otra combinación, el 09001982. En este caso atiende una voz que dice: “Servicios laborales, buenos días”, proponiendo una tarifa de 36,5 más IVA el minuto por una entrevista que dura “aproximadamente” 10 minutos.
Luego de pasar los datos por teléfono, el postulante, además de haber gastado unos 400 pesos que se le cobrarán con la siguiente factura de Antel, recibe un día y un horario para realizar consultas sobre el estado de su solicitud, eso sí, “sin costos extras, llamando al mismo teléfono fijo que la primera vez”. Pero esto es relativo. Un relevamiento de los clasificados desde enero de 2011 revela que este tipo de avisos, con el mismo texto, se publican sistemáticamente cada domingo. En la edición del 30 de enero al 5 de febrero del año pasado aparecen las mismas ofertas, pero con otros números fijos para llamar, que comienzan todos con la característica 240. Pero los que recibieron estos números como referencia para consultar si fueron tenidos en cuenta por algún empleador ya no tienen la posibilidad de hacerlo, porque todos esos teléfonos fueron cambiados. Los números que actualmente aparecen en los avisos comenzaron a aparecer en las ediciones de octubre.
Consultado por la diaria sobre este tipo de servicios laborales, el director nacional de Empleo, Eduardo Pereyra, dijo que hace algunos años hubo una “situación parecida” con agencias de colocación que “trabajaban de manera irregular”.
En 1997 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó el Convenio N° 181 y la Recomendación N° 188 sobre Agencias de Empleo Privadas, que fue ratificado por el Parlamento uruguayo en 2003 y entró en vigencia 12 meses después. Esta normativa regula a las agencias: deben estar registradas en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) en la Unidad de Administración y Registros, contar con una licencia habilitante y enviar en forma trimestral un informe sobre la demanda y colocación tanto efectiva como temporaria. Con esos datos el MTSS elabora un informe anual sobre Agencias Privadas de Colocación, pero en su página web figuran enlaces solamente con los informes desde 1998 hasta 2004, que no se pueden visualizar.
Según Pereyra, en este tipo de servicios hay un “incumplimiento” del convenio 181 porque “les están cobrando a las personas por servicios de intermediación laboral”, lo que está prohibido por esa norma. Quienes deben pagar estos servicios son las empresas contratantes y no los beneficiados con un empleo, como era habitual hace algunos años.
A partir de esta información la Dirección Nacional de Empleo iniciará una investigación que podría ser derivada a la Inspección General de Trabajo. La idea es determinar si existe delito al “inducir a un servicio que no debe ser cobrado” y evaluar las responsabilidades de la supuesta agencia, sus titulares y hasta de los medios de prensa en que se publican, porque “se prestan para ser usados de manera irregular al inducir a engaño a las personas”, dijo Pereyra.
Ayer por la tarde, ninguno de los teléfonos de línea actuales contestaba. Los titulares de los 0900 pueden ser fácilmente ubicables porque están registrados en Antel, que además controla el nombre y la descripción del servicio, la cantidad de líneas, la dirección, los días y horarios de atención y la tarifa. No están regulados los costos, por lo que Antel factura a los usuarios lo que el titular del servicio propone y luego se le abona. Según la página web del ente, si el servicio 0900 es de oferta y demanda de trabajo, deberá presentar la Licencia Habilitante emitida por el MTSS.
Este tipo de avisos aparece en la prensa desde hace años, por lo que además de identificar responsabilidades, cabe preguntarse qué pasa con aquellos que debieron pagar por un servicio que no debe cobrarse y que ni siquiera se sabe si efectivamente cumple con lo que ofrece.