María Camiño, fiscal de la causa que investiga el homicidio del maestro Julio Castro en 1977, opinó que se trata de un delito de lesa humanidad y por lo tanto es imprescriptible. Por este motivo se pronunció en contra de la excarcelación del policía retirado Ricardo Zabala, procesado por el homicidio de Castro, aunque la decisión final le corresponde al juez Juan Carlos Fernández Lecchini. 
El magistrado aclaró a la diaria que la decisión de la fiscal “es un elemento necesario al proceso” pero “no es vinculante”. “El juez tiene que fallar de acuerdo a derecho”, apuntó. Por otra parte, evitó opinar sobre el fondo del asunto y alegó que el expediente aún no llegó al juzgado.

En diálogo con Subrayado, la fiscal explicó que su decisión se funda en la normativa internacional, y específicamente en el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Gelman.

Declaró que no tuvo en cuenta en su decisión el fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que consideró parcialmente inconstitucional la norma interpretativa de la Ley de Caducidad. Este fallo de la SCJ fue la razón por la que la defensa de Zabala solicitó su excarcelación. La opinión mayoritaria de la SCJ es que los delitos cometidos en la última dictadura cívico-militar son delitos comunes y por tanto prescribieron en noviembre de 2011.

Castro fue educador y periodista, fundador del semanario Marcha. Fue secuestrado por la dictadura en agosto de 1977 y asesinado pocos días después, presumiblemente de un disparo en la cabeza. Los militares declararon a la Comisión para la Paz que sus restos fueron arrojados al Río de la Plata, pero la falsedad de la versión se confirmó en 2011. Los restos de Castro fueron hallados en el batallón 14 de Toledo. En marzo de 2012 se procesó a Zabala por el homicidio del maestro.