El proyecto de ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA) que el Poder Ejecutivo envió esta semana al Parlamento promete un largo debate. La iniciativa está a estudio de la Comisión de Industria de la Cámara de Representantes. El Frente Amplio todavía no ha resuelto si acompañará la conformación de una comisión multipartidaria para estudiar el tema, dijo a la diaria el senador socialista Daniel Martínez. Éste fue un pedido del Partido Nacional al que se sumaron el Partido Colorado y el Partido Independiente.

De hecho, los contenidos del proyecto enviado al Parlamento fueron largamente debatidos en el Comité Técnico Consultivo que sesionó en 2010, conformado por representantes académicos, empresariales, sociales y gubernamentales. El proyecto tiene 122 páginas, y por eso ayer los parlamentarios evitaron comentar los contenidos.

Uno de los capítulos más importantes es el referido a los límites a la concentración para evitar la conformación de monopolios que, según entiende el Ejecutivo, “conspiran contra la democracia al restringir la pluralidad y la diversidad”. Allí se establece que no se podrá ser titular, ni total ni parcialmente, de más de tres medios audiovisuales, ni de dos medios en una misma banda (dos radios AM, dos radios FM o dos canales de televisión, por ejemplo).

Si se toman los datos recabados por la investigación realizada en 2011 por Edison Lanza y Gustavo Buquet, “La televisión privada comercial en Uruguay”, con esta ley, dos de los tres grupos económicos dueños de los canales abiertos uruguayos deberían transferir frecuencias. El grupo Cardoso-Pombo Scheck, dueño de Canal 12, es el único que cumple con los requisitos exigidos por el proyecto ley. En cambio, el grupo Romay es dueño de seis canales de televisión abierta (Canal 4, Canal 4 de Dolores, Canal 3 de Colonia, Canal 8 de Rosario, Canal 11 de Punta del Este y Canal 12 de Fray Bentos) y sólo podría tener uno. También es dueño de cuatro radios (Radio Cero Punta, Radio Montecarlo, Radio Cero y FM del Río) y sólo podría serlo de dos, una AM y otra FM.

En una situación similar, aunque con menor nivel de concentración, está el grupo económico Fontaina-De Feo, dueño de Canal 10. También es titular de Canal 7 de Pan de Azúcar y de Canal 9 de Rocha. Además, es dueño de las radios Carve y Nuevo Tiempo.

El proyecto da un plazo de cinco años a las personas o grupos que exceden los niveles de concentración para transferir las frecuencias. Además, establece prohibiciones a la denominada “propiedad cruzada”: los titulares de frecuencias de SCA no podrán prestar servicios de telefonía, de transmisión de datos ni de televisión satelital.

Contenidos y cuotas

En materia de regulación de contenidos sólo se dispone que los medios no deberán incitar a la discriminación y que deberán respetar los derechos de los niños y los adolescentes. En este sentido, no se podrá difundir en el horario de protección al menor contenidos violentos, pornográficos o vinculados a la drogadicción. Tampoco se podrá “difundir nombre, seudónimo, imagen, domicilio, identidad de sus padres o del centro educativo al que pertenece” un menor de edad, o cualquier otro dato que pueda dar lugar a su 
individuación.

El proyecto también establece un mínimo de porcentaje de producción nacional: 60% en televisión y 30% de música nacional en la programación de las radios. Se dispone también que dos horas por semana como mínimo deberán ocuparse en estrenos de ficción televisiva o de películas cinematográficas y que dos horas como mínimo deberán destinarse a programas de agenda cultural.

Hay otras disposiciones novedosas. Se establece la obligatoriedad de que los partidos de las selecciones de fútbol y básquetbol en instancias clasificatorias y en torneos internacionales sean transmitidos por televisión abierta. También será obligatorio incorporar el lenguaje de señas a los programas informativos, educativos y culturales.

En materia institucional, el proyecto crea un Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA) encargado de controlar el cumplimiento de la ley y una Comisión Honoraria Asesora de los Servicios de Comunicación Audiovisual que tendrá como cometido asesorar en la elaboración de pliegos y en la adjudicación de frecuencias. El CCA estará integrado por un representante del Ministerio de Educación y Cultura, otro del Ministerio de Industria, Energía y Minería y tres miembros designados por el presidente, con venia de la Cámara de Senadores.

La Institución Nacional de Derechos Humanos será ombudsman de la audiencia, para promover y defender los derechos de los usuarios de los medios. Se establece un régimen de sanciones en caso de incumplimiento de las obligaciones por parte de los titulares, que van desde una observación hasta la revocación de la licencia, y se crea un sistema nacional de radio y televisión públicas dirigido por un consejo cuyos integrantes deben contar con la venia del Senado.

Además de destinar 15 minutos gratuitos a campañas de bien público, los titulares de frecuencias deberán pagar mensualmente por uso del espectro cerca de 11.500 dólares en el caso de las frecuencias de Montevideo, y menos si éstas son del interior. Los titulares de frecuencias de televisión para abonados deberán pagar adicionalmente la renovación de la licencia en función del número de abonados, que puede llegar, en el caso de las empresas con mayor número de abonados, a 300.000 dólares anuales. Las licencias de televisión se otorgan por 15 años y las de radio por diez, con una eventual prórroga por diez años más.