El asiduo espectador de MasterChef seguramente se haya percatado de que el programa cuenta con largas tandas publicitarias. Los excesos de publicidad, sin embargo, son moneda corriente en varios programas de la televisión uruguaya. Entre enero y diciembre del año pasado, las emisoras de televisión excedieron unas 370 veces el máximo de publicidad permitido. La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), vigente desde diciembre de 2014, establece que los canales pueden emitir un máximo de 15 minutos de publicidad por cada hora de transmisión.

la diaria pudo acceder a los datos de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (Ursec), que se encarga de fiscalizar semanalmente si los medios cumplen o no con este límite, a partir del pedido de acceso a la información pública realizado por Gustavo Gómez, director ejecutivo del Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia. El análisis de los datos muestra que si bien existe una disminución de las infracciones con respecto a 2015 y 2016, los canales de televisión todavía siguen excediendo el límite de publicidad paga que pueden emitir.

De todos los canales de televisión de Montevideo, Canal 10 es el que sistemáticamente incumple las reglas establecidas en materia de publicidad; del total de esas 370 infracciones, este medio cometió 300 excesos, es decir que es responsable de 81% del total de los incumplimientos cometidos por los cuatro canales analizados. El reality culinario fue el que cometió la mayor cantidad de infracciones (57); le siguen la novela turca ¿Quién se robó mi vida? (33), Cerro rural (28) y La tarde en casa (24). Asimismo, durante la semana del 3 al 9 de noviembre se registró un máximo de 13 minutos de incumplimiento semanal de publicidad.

Los excesos de las tandas también se pueden medir en relación al beneficio económico que obtiene el canal. Tomando en cuenta las distintas franjas horarias y la cotización del minuto de publicidad en cada uno de estos tramos, el canal recibió unos seis millones de pesos por el total de excesos cometidos en el correr de ese año. En particular, sólo por las infracciones acumuladas en el horario prime time, que fueron 126, el canal obtuvo cerca de 3,4 millones de pesos.

A diferencia de años anteriores, en los que Televisión Nacional de Uruguay (TNU), el canal público, se ubicó en el último lugar de la lista de canales que sobrepasaron los límites de la publicidad permitida, el año pasado TNU cometió un total de 30 infracciones, por lo que quedó en segundo lugar en la lista de los canales que más infracciones cometieron. De esas 30 infracciones, 24 corresponden al programa semanal Buscadores. Durante la semana del 10 al 16 de febrero se registró el mayor exceso semanal acumulado, que fue de 15 minutos. El programa encabezado por Sergio Gorzy se pasó del límite de publicidad admitida seis veces durante esa semana; le siguió el programa Agroinforme, que se pasó una vez, y la transmisión del desfile de llamadas.

Canal 4 (Monte Carlo TV) y Canal 12 se encuentran empatados en relación a la cantidad de infracciones cometidas en el correr del año pasado: ambos tuvieron 20. Más de la mitad de los excesos que acumuló Monte Carlo se desarrollaron durante la transmisión del informativo Teledía (11 casos). En particular, la máxima infracción se registró durante el programa Algo contigo y fue de ocho minutos con diez segundos. En el Canal 12, el programa que se excedió la mayor cantidad de veces fue Este es el show (5) y le siguió Sonríe, te estamos grabando (4).

En reiteración real

En 2015, cuando la Ursec quedó encargada de fiscalizar el cumplimiento de los máximos de las tandas de publicidad, los números que se hicieron públicos fueron alarmantes. De enero de 2015 a setiembre de 2016 se constataron 3.500 infracciones, según la investigación realizada el 5 de diciembre de 2016 por el semanario Brecha. El boom de excesos de las tandas publicitarias se dio mayoritariamente en 2015; durante el período de nueve meses de 2016 analizado por el semanario se constató que Canal 12 incurrió en 453 infracciones, Canal 10 en 427, TNU en 21 y Canal 4 en 5. Actualmente, el número de incumplimientos ha disminuido significativamente.

El director de la Ursec, Nicolás Cendoya, aseguró que el número disminuyó porque existe un “mayor acatamiento” por parte de los canales. Para él, eso responde a que el organismo “endureció la fiscalización”. Por aquellos años, relató, la Ursec pedía las mediciones en fechas claves, como en los días previos al Día de la Madre, la Navidad o las elecciones. Desde principios de 2017, se empezó a generar un expediente por cada semana en que se registró un incumplimiento. Cendoya explicó que el proceso para que efectivamente se logre sancionar a los medios de comunicación es bastante largo. Primero se le avisa al canal para que este tenga la oportunidad de indicar, antes de borrar la emisión de esa semana, si existe algún tipo de error en lo señalado por el organismo. Después de esa instancia, se envía la información al departamento jurídico de la Ursec. Allí, el departamento le sugiere al directorio una multa. “Nosotros controlamos que la multa sea razonable y le damos nuevamente vista al operador de televisión. En ese momento, el canal hace el descargo y, finalmente, vemos si lo compartimos o lo descartamos”.

A partir de 2017, también se comenzó a aplicar el “criterio de proporcionalidad de la sanción”, en el que se toman dos elementos: la cantidad de minutos excedidos y las reiteraciones de las conductas del canal. “La ley dice que al momento de dosificar la sanción tenemos que ver el perjuicio que causa al tercero, en este caso, a la audiencia”, ya que “no es lo mismo que te pases 31 segundos a que te pases 3 minutos. Asimismo, la Ursec también tiene en cuenta “el beneficio económico que obtienen” cuando se pasan del límite establecido y el avisador les paga por ese exceso.

Al momento, parece ser redituable el beneficio económico que reciben los canales por cometer la infracción, pese a tener que pagar la multa que les impone la Ursec. Cendoya, no obstante, aseguró que “cuando se junten muchos expedientes, con el criterio de reiteración va a dejar de ser redituable” para los canales violar la ley. De todos modos, indicó que “es un proceso” y “lleva tiempo” porque es un tema que “ha saturado a nuestro servicio jurídico”, y aclaró que el organismo no sólo se encuentra trabajando sobre los límites de los avisos publicitarios, sino también en otras cosas. Por otro lado, Cendoya señaló que el acatamiento de los canales es heterogéneo: “Hay canales que acatan y otros que no. Por ejemplo, no me parece que esté de vivo un tipo que se pasa 49 segundos en una semana, ahora si me decís que son diez minutos por semana...”.

Para el total de infracciones que los canales han cometido desde que está en marcha la LSCA, la cantidad de multas es llamativamente pequeña: hasta el día de hoy tan sólo se han aplicado 11 multas. En total Canal 10 recibió cinco; Canal 4, tres; Canal 12, dos y Canal 5, una.

Según las resoluciones de la Ursec, el 7 de mayo de 2015 el organismo multó a Canal 10 por extenderse en sus pautas publicitarias en cuatro oportunidades mientras corrían los años 2013 y 2014. El organismo le exigió 60 Unidades Reajustables (UR), aproximadamente unos 48.562 pesos a esa fecha. La siguiente multa, en diciembre de ese mismo año, fue por constatar más de 100 excesos de tandas publicitarias durante 2014 y 2015, y se le cobró 280 UR (aproximadamente 236.166 pesos).

En julio de 2016 se multó a Monte Carlo TV por excederse en el límite de la publicidad “sin contar con la debida autorización” de la Ursec, por tanto se le puso una multa de 60 UR (54.432 pesos). En noviembre se volvió a sancionar a Canal 10, esta vez con 70 UR (unos 64.400 pesos), por reiteración de incumplimientos realizados a principios de 2016. El mismo mes, además, se sancionó a Canal 12 por un monto de 60 UR (55.000 pesos) por infracciones cometidas durante 2015.

Durante 2017, se multó dos veces a Canal 10: una vez por 200 UR (189.000 pesos) y la otra por 90 UR (89.000 pesos), primero por excederse el 10 de mayo de 2015, durante las elecciones municipales; el canal argumentó que habían incumplido con la ley porque se trataba de un “acto eleccionario” cuya difusión era importante para “la defensa de la democracia”, pero el organismo rechazó la explicación. La otra multa fue por un exceso de 12 minutos con 25 segundos. Asimismo, en junio se sancionó a Canal 12 con 20 UR (unos 19.000 pesos).

Por otro lado, los canales 4 y 5 recibieron en diciembre del año pasado multas de 10 UR (10.000 pesos). Por el momento, Canal 4 es el único multado durante 2018, por un monto de 71 UR (75.000 pesos), por un exceso de 3 minutos y 30 segundos durante 2016.

Cendoya argumentó que el bajo número de multas responde a que el procedimiento es largo y que luego el organismo “tiene que respaldar” lo argumentado ante “la defensa de los canales”. Según relató, cada vez que se reúne el consejo directivo de la Ursec, en el orden del día figuran por lo menos dos o tres casos de excesos de avisos publicitarios. Al momento, explicó, cuentan con 100 expedientes abiertos. De ese total, aproximadamente 60 de las infracciones pertenecen a Canal 10. Asimismo, aseguró que los canales están al día con el pago de las multas y comenzaron a recurrir ante las sanciones al Tribunal de lo Contencioso Administrativo. “Obviamente, a nadie le gusta que lo sancionen y eso puede generar algún descontento de ambas partes, pero nosotros con Andebu [Asociación Nacional de Broadcasters Uruguayos] tenemos una mesa de diálogo cada dos meses, ahora hicimos las Jornadas de Telecomunicaciones y ellos participaron sin ningún problema”. De todas formas, señaló que “hicieron llegar una mirada crítica a lo que nosotros hacemos, pero bueno, son cosas dentro de las reglas de juego”.