El lunes se llevó a cabo en Roma una nueva audiencia del proceso de apelación en el juicio sobre el Plan Cóndor. El tribunal, presidido por la jueza Agatella Ciuffrida, examinó tres documentos presentados por el abogado Fabio Maria Galiani, representante de las familias Dossetti, Gambaro y Artigas, cuya traducción había sido solicitada en la audiencia anterior, y decidió no incorporarlos como pruebas, pero el abogado piensa que en realidad eso puede ser una señal positiva.
Uno de esos documentos se refería a la declaración en 2017, ante el tribunal de Carmelo, del ex marinero Rubí Baltasar Véliz Galeano, que en aquella ocasión afirmó que había presenciado el desembarco de prisioneros en febrero de 1978 y que había reconocido al acusado Jorge Néstor Tróccoli como responsable y organizador del traslado.
El segundo documento era un archivo de audio de uno de los testigos en el juicio en primera instancia, Wilson Falero, quien informó a Galiani que, durante una cena en Roma en ocasión del juicio, Véliz Galeano había ratificado que presenció aquel traslado de prisioneros, y había agregado que un soldado que estaba con él en ese momento fue encontrado muerto más adelante. Véliz comentó, según Falero, que en su opinión el soldado fue asesinado, porque solía emborracharse y hablar del hecho, pero cuando dio testimonio, al día siguiente, no reiteró ese comentario ante la corte de primera instancia.
El tercer documento citaba pasajes de algunas cartas a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos escritas por el periodista Carlos Varela, de la agencia de noticias italiana ANSA, en papel membretado de esa empresa. En una de esas cartas, fechada el 29 de mayo de 1978, Varela se refería a la desaparición de Raúl Gambaro y afirmaba, “con base en una versión confiable pero de difícil confirmación”, que este, luego de ser secuestrado en Buenos Aires, “habría sido trasladado a Montevideo y se encontraría detenido en un cuartel del cuerpo de Fusileros de la Marina”, es decir, en el Fusna.
El tribunal decidió no incorporar esos documentos al proceso, con el argumento de que no le parecieron relevantes en relación con el compendio probatorio ya adquirido en primera instancia. Además, señaló que, en términos procesales, no estaba debidamente documentado lo referido al modo de recopilación del testimonio de Véliz Galeano, y no había constancia de que la defensa de Tróccoli hubiera participado, en su momento, en esa recopilación, según lo previsto en los párrafos 1 y 2 bis del artículo 283 del Código de Procedimiento Penal.
la diaria se comunicó por teléfono con Galiani para que comentara esta decisión, y el abogado dijo: “Quiero especificar que no quise usar esos documentos como evidencia, sino como una manera de motivar al tribunal para que convocara a Véliz Galeano, a fin de que testifique de nuevo. Véliz Galeano es el único capaz de dar testimonio directo sobre el hecho de que Tróccoli fue el responsable y coordinador del equipo que trasladó en febrero de 1978 a los prisioneros desaparecidos. Para el caso de Tróccoli, el testimonio de Véliz Galeano habría sido decisivo, y por lo tanto creo que la Corte de Apelación debería haberlo escuchado nuevamente”.
“Por otro lado, la no admisión de los documentos presentados, con el fundamento de que se refieren a un compendio probatorio ya adquirido, me hace pensar que la Corte ya considera probado que Tróccoli es responsable del traslado de 1978, y que Gambaro, después del secuestro en Buenos Aires, fue llevado al Fusna. Esa convicción de la Corte sería algo novedoso y de mucha importancia”, agregó Galiani.
La proxima audiencia está fijada para el 18 de febrero.