La comisión de asuntos electorales de la Corte Electoral será la encargada de estudiar la denuncia hecha por el dirigente colorado Pablo Ferrari contra los precandidatos Juan Sartori (Partido Nacional) y Edgardo Novick (Partido de la Gente), a los que acusó de violar la veda electoral en publicidad televisiva y radial.

Ayer la Corte derivó el tema a ese cuerpo asesor, luego de que llegara el descargo de Sartori sobre la denuncia presentada por Ferrari. Si bien el organismo había decidido darles vista a ambos de la denuncia del dirigente colorado, sólo el nacionalista respondió. Novick, en cambio, ya no podrá hacerlo, porque venció el plazo de 48 horas que la Corte les había dado para presentar eventuales descargos.

Según pudo saber la diaria, el documento presentado por Sartori sostiene, a grandes rasgos, que lo pautado en medios de televisión y radio no puede considerarse publicidad electoral. El texto, explicaron desde la Corte Electoral a este medio, contiene incluso críticas a la agrupación de Ferrari, Compromiso desde el Vamos, por haber hecho la denuncia.

Además, la Corte recibió un informe de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, que detalla las pautas publicitarias emitidas por ambos candidatos, en qué medios aparecieron y con qué frecuencia.

Según informaron fuentes de la Corte a la diaria, el tema posiblemente sea tratado en la próxima sesión del organismo, el miércoles 6 de febrero, cuando se espera que haya una resolución de sus ministros. No obstante, desde la propia Corte advirtieron que no podrán sancionar a los precandidatos, en la medida en que la normativa que legisla sobre las vedas electorales no le otorga potestades sancionatorias.

El 20 de enero, Ferrari se apersonó ante la Corte Electoral para denunciar que ambos candidatos habían violentado la Ley 17.045 y su modificativa, la 17.818, que establece los plazos para la publicidad electoral en los medios de comunicación masivos. “Hemos observado en los últimos días con profunda preocupación cómo ambos candidatos, fuera del plazo mínimo anterior al acto eleccionario que marcan las normas citadas, han pautado publicidad electoral en diarios de circulación nacional, así como en radio y en televisión mediante piezas elaboradas especializadamente, todas ellas con criterios profesionales y comerciales en clara ilegalidad”, decía un comunicado de la agrupación emitido en ese entonces.

La normativa citada por el dirigente colorado establece que el período habilitado para hacer publicidad en medios masivos (la norma no incluye la publicidad en la vía pública) empieza 30 días antes de las elecciones.