El domingo pueden votar las personas inscriptas en el Registro Cívico Nacional, habilitadas a sufragar y que tengan 18 años cumplidos al 27 de octubre. A diferencia de las elecciones internas de junio, estos comicios son de carácter obligatorio. “En el caso de no cumplir con la obligatoriedad del voto, el ciudadano deberá justificar el motivo que le impidió ejercer su obligación (a partir del 29 de octubre), o pagar la multa correspondiente (ley 16.017, capítulo II). Si hubiese Segunda Vuelta, las justificaciones se efectuarán a partir del 26 de noviembre”, informó la Corte Electoral.

¿Qué se vota? La fórmula presidencial (presidente y vicepresidente), 30 senadores y 99 diputados titulares, sus suplentes y los integrantes de las Juntas Electorales de cada departamento, también con sus suplentes. Esto se hace introduciendo en el sobre de votación una única lista, que debe contener el nombre del lema partidario, un número (arriba a la derecha) que identifica a la hoja de votación, y debajo de este debe figurar el departamento al que pertenece. Esto último es muy importante porque el voto será válido solamente si la lista pertenece al departamento donde se efectúa el sufragio. De lo contrario, el voto será anulado.

Encabezando la nómina de candidatos al Senado, aparece en cada lista el nombre del sublema con el que acumula para esa cámara y se especifica el sistema de suplentes elegido (preferencial de suplentes, de suplentes ordinales, de suplentes respectivos, y mixto de suplentes preferenciales y respectivos). Por su parte, encabezando la lista de candidatos a la Cámara de Representantes, aparece sólo el sistema de suplentes elegido, ya que para la elección de diputados no hay acumulación por sublemas.

Finalmente, en la hoja de votación figura la nómina de candidatos a la Junta Electoral, que está encabezada por el sublema correspondiente y el sistema de suplentes elegido.

El domingo también se pone a consideración de la ciudadanía la reforma constitucional impulsada por el senador nacionalista Jorge Larrañaga, que establece la creación de una Guardia Nacional de 2.000 efectivos “como cuerpo especial de las Fuerzas Armadas, con atribuciones y cometidos en materia de Seguridad Pública”, que dependerá del Ministerio de Defensa y coordinará con el Ministerio del Interior, la posibilidad de legislar para regular el allanamiento nocturno, y la imposibilidad de reducir las penas para determinados delitos, entre otras disposiciones. Quienes estén de acuerdo con la aprobación de esta reforma deben colocar en el sobre de votación la papeleta que dice “Voto por Sí”. No existe papeleta por el No. Se considerará a todos los votos que no contengan la papeleta por el Sí como contrarios a la reforma.

Como se han detectado papeletas apócrifas por el No a la reforma, la Corte Electoral resolvió que si las Comisiones Receptoras de Votos encuentran alguna papeleta de este tipo en algún sobre de votación, “pese a constituir objeto extraño, no deberán anular la o las hojas de votación correspondientes a las Elecciones Nacionales”.

Otra disposición de la Corte es que los electores no ciudadanos “no podrán votar la reforma constitucional propuesta”, y a los efectos “de controlar dicho extremo deberán emitir su sufragio como voto observado simple”. Los electores no ciudadanos son aquellos extranjeros que obtuvieron el derecho al sufragio sin tener previamente ciudadanía legal, según establece el artículo 78 de la Constitución.

En el escrutinio, todo sobre de votación vacío se considerará un voto en blanco. Todo sobre (con listas o sin listas) que contenga objetos extraños será considerado un voto anulado. También serán anulados los votos con listas marcadas, rayadas, rotas o con cualquier alteración que la Comisión Receptora de Votos entienda que se hizo para identificar el sufragio.

Horario y accesibilidad

Los circuitos urbanos tendrán 400 habilitados a votar y los rurales, 300. Las personas deben votar en el circuito que les corresponde según el Padrón Electoral emitido por la Corte Electoral, que puede consultarse en www.corteelectoral.gub.uy. El documento con el que se vota es la credencial cívica; sin embargo, si el elector no tiene el documento, pero recuerda la serie y el número, puede efectuar el sufragio en el circuito que le corresponde si figura en el padrón. Si no recuerda serie y número, también se pueden buscar en la página de la Corte seleccionando la opción “Por nombres”. Los circuitos abrirán sus puertas a las 8.00 y cerrarán a las 19.30, con posibilidad de prórroga del cierre de una hora. “Si al llegar la hora de finalización la Comisión Receptora de Votos comprobara que aún hay electores en el interior del local, habilitará una prórroga del horario de votación de hasta una hora, período durante el cual sólo votarán aquellos electores que se encontraban dentro del local al momento del cierre”, según la Corte Electoral.

En estas elecciones se estrena la ley que garantiza el voto accesible para las personas con discapacidad motriz. La norma establece que se deberá garantizar que cada serie tenga al menos un local de votación accesible en el que podrán votar las personas con discapacidad motriz. Si ese local tiene habilitada para votar allí su serie, pero no su número, el voto será observado. En Montevideo hay 2.614 circuitos, de los cuales 268 estarán dispuestos en 81 locales accesibles.