Tras la aprobación de la ley modificatoria de la Judicatura y la Organización de los Tribunales, la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU) espera su reglamentación para que se lleve adelante parte de su aplicación. El presidente del gremio, Alberto Reyes, explicó que la norma atiende varios reclamos de los jueces, en especial respecto de los ascensos y traslados de los magistrados, al introducir procedimientos más “transparentes”.
Algunos otros aspectos de la norma, en cambio, ya son ejecutables. Por ejemplo, el 11, que hace una interpretación de los artículos 23, 24 y 25 de la Constitución para los casos de “responsabilidad civil de los jueces por actos propios de su función”. En esos casos, establece el artículo, los reclamos se deberán dirigir directamente a la “administración de Justicia”. Sólo cuando los daños y perjuicios provengan de “dolo o culpa grave”, el Estado podrá redirigirlos hacia el magistrado “para el reembolso respectivo”. Según Reyes se trata de un cambio apoyado por la AMU, “en líneas con recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas”.
En cambio, el gremio espera que se concrete la reglamentación para que se efectivicen los cambios en la carrera judicial. Reyes explicó que el “proceso calificatorio se complejiza para bien”: al sistema de evaluación de desempeño de los jueces se le suma una prueba de conocimiento, “como existe en Fiscalía y en los poderes judiciales del mundo”.
Además, la ley incluyó, a propuesta de AMU, una capacitación continua para los magistrados. “Todos los integrantes de la carrera judicial realizarán cursos de capacitación continua según las modalidades y el número de horas que la Suprema Corte de Justicia reglamente”, dice la norma.
Otro de los puntos más importantes de la norma es el que reglamenta los traslados de los jueces. La finalidad del artículo es evitar casos como el que ocurrió con la ex jueza y actual integrante de la Institución Nacional de Derechos Humanos Mariana Mota. La magistrada tenía a su cargo varios casos de violaciones de derechos humanos en el pasado reciente, pero la Suprema Corte de Justicia (SCJ) decidió trasladarla en febrero de 2013 a la órbita civil. La decisión causó malestar en organizaciones de la sociedad civil (además de una denuncia que hizo la propia corporación por el delito de “asonada” en el momento de concretarse su traslado, aunque luego fue declarada inconstitucional por una SCJ ad hoc), y la propia Mota pidió la nulidad de su traslado meses después, pero el Tribunal de lo Contencioso Administrativo rechazó el recurso.
Por eso, la ley dice que si bien “por razones de buen servicio” la SCJ podrá trasladar a los jueces en cualquier tiempo de cargo o de lugar, los traslados deberán estar “fundados”, e incluso, “antes de dictarse el acto administrativo que lo dispone, se le otorgará al magistrado una vista previa de 5 días hábiles, para que manifieste su consentimiento o exprese las razones de su negativa”. “Ningún juez será trasladado de materia sin su consentimiento. No obstante, cuando ese o cualquier traslado sea previsible con antelación suficiente porque responde a un plan general del Poder Judicial, o a una reforma legislativa, ningún juez denegará injustificadamente su consentimiento”, establece el proyecto. Según Reyes, “se trata de dar transparencia y seguridad en los traslados para que no sean inconsultos y se atienda el consentimiento del juez”.
Reyes consideró que la norma aprobada implica una “gran conquista” para los jueces y un “cambio sustancial”. “Siempre fue un reclamo de la AMU tratar de acordar que en el sistema hubiera reglas claras”, expresó.
Sin unanimidades
El proyecto de ley fue ingresado al Parlamento por la bancada de senadores del Frente Amplio (FA). Tras ser analizado en la Comisión de Constitución y Legislación, fue votado por unanimidad en la cámara alta, y pasó a su análisis en Diputados. Allí no tuvo el mismo apoyo.
Se le dio sentencia definitiva en la cámara baja el 12 de setiembre, pocos días antes del receso parlamentario, junto a otros 19 puntos en el orden del día, y contó con el respaldo del FA y el Partido Independiente. Ese día, el diputado colorado Ope Pasquet –quien aclaró antes de argumentar que es el marido de una de las ministras de la SCJ, Elena Martínez– dijo que el proyecto “no ha tenido el tratamiento y el estudio necesarios para abordar un tema de tanta importancia” y tampoco se estaba ante una “situación de urgencia”, por lo que no había “por qué incluirlo en esta maratón legislativa”.
En tanto, el diputado nacionalista Pablo Abdala dijo que votar la ley era una “enorme imprudencia”: “Se parte del supuesto erróneo, se postula el concurso partiendo del supuesto de que en las designaciones y decisiones referidas a la promoción de los magistrados no hay transparencia, y esto no es así”. Además, sostuvo que la ley podría ser inconstitucional, ya que la carta magna establece que la mayoría absoluta de la SCJ basta para designar los jueces letrados. La norma establece, no obstante, que en los casos en que el traslado implique disminución de grado o remuneración se requerirá votos de cuatro de los cinco ministros de la SCJ. En efecto, el ministro de la corporación, Eduardo Turell, deslizó durante una visita a la Comisión de Constitución y Legislación del Senado que “posiblemente” pudiera incurrirse “en alguna inconstitucionalidad”, aunque no detalló por qué.