A través de una resolución, Presidencia de la República aprobó un “Protocolo para la prevención y detección del consumo de alcohol, cannabis y otras drogas” que regirá para todos sus funcionarios, sin importar su modalidad contractual o su rango jerárquico.

El protocolo se propone “detectar situaciones de consumo, establecer las acciones destinadas a la prevención del consumo y detección precoz a efectos de facilitar intervenciones tempranas”. “La determinación del uso, consumo y /o tenencia de alcohol, cannabis y otras drogas en el ámbito laboral se debe aplicar apuntando a proteger la salud de los trabajadores y garantizar la seguridad en determinados puestos de trabajo”, dice el texto.

El protocolo extiende el mecanismo no solo a los funcionarios públicos de Presidencia, sino también a trabajadores tercerizados que desempeñen tareas para Presidencia.

Se establece que Presidencia “podrá realizar controles para la detección de consumo de alcohol, cannabis y otras drogas en el ámbito laboral y/o en ocasión del trabajo”, que a su vez podrán ser “sorpresivos” o “aleatorios”, o a sugerencia de otro funcionario. Para este último caso, se establece que si “un compañero presenta evidencia de no estar en condiciones de desempeñar su labor y con indicadores conductuales que podrían corresponderse con el consumo de alcohol, cannabis y otras drogas”, “podrá transmitirle su inquietud al Jefe o superior o quien haga sus veces, al Servicio Médico o quien haga sus veces o a la Comisión de Salud y Seguridad Laboral de la Presidencia”.

Los funcionarios, no obstante, podrán negarse hasta dos veces al año a realizarse el test, y su negativa “no se considerará presunción de consumo”. En esos casos, no obstante, deberán certificar que se encuentra en condiciones para desempeñar su labor a través de una prueba en un centro de salud habilitado o un certificado de aptitud expedido por un médico. En caso de que el test resultara positivo, el trabajador deberá retirarse de la oficina “y no podrá retornar hasta tanto presente certificado de aptitud”.

Por último, el protocolo establece que ante un segundo resultado positivo, “la Comisión de Salud y Seguridad Laboral de Presidencia -mediante un equipo designado a tal fin-, convocará al trabajador y lo derivará para su evaluación y diagnóstico a la Unidad de Asesoramiento Integral de la Universidad de la República [Udelar] en área metropolitana” y en el interior, a una “Red de Profesionales Referentes de Salud Mental y Salud Ocupacional” supervisados por la Unidad de la Udelar. “En caso de que no asista a la convocatoria de la Comisión y/o a la Unidad de Asesoramiento mencionado, será pasible del proceso disciplinario correspondiente”, sostiene el protocolo.