El ministro de Defensa Nacional, José Bayardi, confirmó este lunes, a la salida del Consejo de Ministros, que el Poder Ejecutivo finalmente reglamentó la ley que habilita a las Fuerzas Armadas a patrullar los territorios del país que se encuentren en un perímetro de 20 kilómetros de distancia con las fronteras del país. Bayardi explicó que el decreto reglamentario trata de explicar “cómo hacer” ese patrullaje y define “todas las operaciones que se pueden hacer en la frontera para cumplir con una misión”. El decreto, dijo, cuenta con el aval del fiscal de Corte, Jorge Díaz, y brinda “garantías” tanto a las personas que circulan en esos territorios como al personal militar que va a cumplir las funciones. “Si cumplen las misiones en el marco estipulado, cuentan con las garantías suficientes para no tener ningún tipo de responsabilidades a la hora de responder”, aseguró respecto de los efectivos castrenses.

Los militares podrán actuar en caso de encontrar personas cometiendo un delito de forma in fraganti, si están huyendo luego de haber cometido un delito, o “cuando por los niveles de coordinación e inteligencia en la frontera, exista la eventualidad de que en la zona fronteriza se esté siendo parte de una actividad delictiva”, expresó Bayardi.

Pero, ¿qué pasaría si quienes están siendo perseguidos cruzan el perímetro en el que pueden actuar los militares e ingresan en el resto del territorio nacional? En ese caso, los efectivos castrenses no podrán actuar si no existe una autorización expresa de las autoridades competentes, dijo el ministro. “Si la persecución pasara los 20 kilómetros habrá que estar en contacto con las autoridades competentes, que los podrán seguir para la detención”, explicó. “Está claro, a partir de las conversaciones con el fiscal de Corte, que fuera de esa distancia son las autoridades del Ministerio del Interior o eventualmente la Fiscalía quienes definen la forma de proceder”, agregó.

Según informó el ministro, los efectivos estarán “ceñidos a una lógica racional” en cuanto a su defensa ante posibles agresiones, y en esos casos deberán responder de forma “proporcional” a las agresiones sufridas.

Saludos y demoras

El actual senador nacionalista Javier García, quien ocupará la cartera de Defensa en el futuro gobierno que encabezará el nacionalista Luis Lacalle Pou, sostuvo que si bien aún no había visto el decreto –todavía no fue publicado en el sitio de Presidencia–, el anuncio de la reglamentación de la norma es una buena noticia. “Lo que queríamos era que se aplicara la ley, y en ese sentido el anuncio al menos es algo positivo”, expresó el legislador, que dijo que a su entender la norma no se había reglamentado “por problemas políticos a la interna del Frente Amplio [FA]”: “No quisieron llevar adelante esa ley porque significaba poner a los militares a patrullar la zona fronteriza, cuando el FA tenía que hacer campaña contra la reforma constitucional que promovía Jorge Larrañaga”, aseguró García. El senador reclamó varias veces durante la campaña –al igual que lo hizo el propio Lacalle Pou– y sostuvo que existen más de 500 efectivos militares en condiciones de salir a patrullar un territorio que en total es de casi 30.000 kilómetros cuadrados, más de un sexto del territorio nacional.

En diálogo con la diaria, Bayardi dijo que se encontró con la ley después de que asumió en el ministerio, en abril de este año, y que hubo “varios niveles de intercambio” para poder hacer que su reglamentación fuera lo más precisa posible. El proceso, aseguró, implicó, entre otras cosas, que la reglamentación fuera revisada por el fiscal de Corte, el Estado Mayor de la Defensa y Presidencia, para que “tenga la menor cantidad de errores posible”, dado que además se trataba de una ley “muy genérica”. El ministro evitó responder si está de acuerdo con la norma o no: “Soy ministro de Estado y no me corresponde hacer consideraciones una vez que el gobierno mandó la ley”.

La norma, aprobada en noviembre de 2018, encomienda a las Fuerzas Armadas tareas de “vigilancia” y “apoyo a los organismos con jurisdicción y competencia” en la “zona fronteriza”: un territorio de 20 kilómetros de ancho hacia dentro del territorio nacional a partir de la frontera, “quedando excluidos los centros poblados”. Allí podrán hacer tareas de patrullaje, “identificación de personas y control de vehículos”, así como “detención” de personas “en caso de flagrante delito”. En todos los casos deberán comunicar su actuación al fiscal correspondiente. Según la norma, si el personal militar “se viera obligado a utilizar medios materiales de coacción, deberá hacerlo de forma racional, progresiva y proporcional, agotando previamente los mecanismos de disuasión que estén a su alcance, según cada caso”.