El juez Guzmán López Montemurro condenó al Banco República (BROU) a retribuir al empresario Juan Carlos López Mena, propietario de Buquebus, “las sumas dinerarias abonadas” por el aval para la presentación de la empresa Cosmo al remate de aviones de PLUNA en 2012, que antes el banco había intentado, sin éxito, cobrarle a la aseguradora argentina Boston. La sentencia en primera instancia deja sin efecto el acuerdo previo al respecto entre el BROU y López Mena, y establece que “no corresponde el pago de saldo que pueda estar pendiente”.

Por otra parte, el juez dispuso que el banco entregue a López Mena 15.000 dólares para resarcirlo del “daño moral” que implicó la “afectación de su reputación personal y comercial”, cuando el BROU publicó en su sitio de internet la “recategorización como deudor categoría 3” del empresario, cuando dejó de pagar las cuotas del aval “sabiendo que dicho hecho tendría trascendencia pública”. López Mena había reclamado por ese motivo un millón de dólares.

Por otra parte, el juez desestimó por falta de pruebas la solicitud de López Mena de una indemnización por concepto de lucro cesante. El empresario alegó que “se vio imposibilitado de usar el dinero con que abonó cada una de las cuotas al BROU”, que le habría generado una ganancia de 775.105 dólares “si lo hubiera aplicado a cualquier colocación financiera”.

En octubre de 2012 el BROU le otorgó a la empresa Cosmo un aval de 13.885.156 dólares para que se presentara al remate de los aviones de PLUNA, detalla la sentencia. En marzo de 2013, López Mena firmó un contrato con el banco en el que se comprometió a pagar ese aval, “parte al contado y parte financiado”. Sin embargo, luego de que la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la ley de cierre de PLUNA, López Mena entendió que la dicha resolución implicó “la nulidad de la subasta y del aval” y demandó al BROU.