La comisión de asuntos electorales de la Corte Electoral consideró ayer que los precandidatos Juan Sartori (Partido Nacional) y Edgardo Novick (Partido de la Gente) violaron la veda electoral, al emitir publicidad en radio y televisión con fines electorales por fuera del período habilitado por la ley.

Según fuentes de la Corte, los ministros que integran esa comisión coincidieron por unanimidad en que ambos candidatos habían infringido la normativa, y ahora una subcomisión de ministros se encargará de la redacción de la sentencia, que será presentada mañana a la sesión de la Corte, donde se dirimirá definitivamente el tema. Se espera, no obstante, que la sentencia sea aprobada sin mayores reparos, dado que la comisión electoral es integrada por cinco de los nueve ministros del cuerpo, y que allí hay integración de los tres partidos representados en la dirección del organismo (Frente Amplio, Partido Colorado y Partido Nacional).

La Corte estaba analizando el caso a raíz de una denuncia presentada por el dirigente colorado Pablo Ferrari. Cuando el organismo notificó a los precandidatos, Sartori presentó una serie de descargos, mientras que Novick optó por no hacer ninguna consideración sobre la denuncia. En su descargo, Sartori alegó que su publicidad no era de tipo electoral, debido a que en ella no se hacía mención al partido al que pertenece ni a que se quiere postular a la presidencia, y además sostuvo que la denuncia presentada por Ferrari no desarrollaba cuál era la presunta violación de las normas legales.

La ley establece que la publicidad electoral en medios radiales, televisivos o impresos sólo puede hacerse a partir de 30 días antes de la contienda interna. No obstante, la sentencia de la Corte no dispondrá sanciones a los precandidatos, informaron desde el organismo, porque la propia normativa no le permite aplicarlas.