Dentro del cambio de sistema para la fijación de las tarifas de los combustibles que estableció la ley de urgente consideración (LUC) aprobada en julio, la Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua (URSEA) pasó a tener un rol preponderante, ya que el precio de paridad de importación (PPI) que calcula será lo que tomará en cuenta el Poder Ejecutivo para el ajuste de los precios. De cara a ese proceso, la URSEA está actualizando la metodología de cálculo y recibió críticas de ANCAP por lo considerado como costos financieros, por cobertura de stock y por la mezcla obligatoria de biocombustibles.
El PPI es un cálculo teórico que establece el valor al que un potencial importador podría abastecer a los distribuidores, y la nueva regulación que lo asocia al valor de las tarifas busca que ANCAP mejore su eficiencia. Tras la aprobación de la LUC, el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) publicó un decreto donde dictó “los criterios rectores que deberá seguir la URSEA para la revisión” de la metodología.
El mes pasado la Ursea informó que puso a consulta pública un anteproyecto “relativo a la metodología para la determinación de los precios de paridad de importación de productos derivados del petróleo”. ANCAP divulgó el viernes la respuesta que hizo llegar a la URSEA, con base en un informe del ingeniero Carlos Zegers, a quien se lo presenta como “consultor con experiencia en los mercados de petróleo y gas”.
El informe repasa diversos números e indicadores de la operativa de importación y procesamiento del crudo que hace ANCAP, haciendo foco en algunos criterios que tomó la URSEA y que la empresa considera equivocados. Uno refiere a los costos financieros que se tienen entre que se compra el petróleo y se vende al mercado minorista, que incluye el transporte marítimo, el mantenimiento del stock y el crédito dado a los distribuidores (el eslabón siguiente a ANCAP en la cadena).
“La propuesta del regulador [la URSEA] corresponde a tasas propias de mercados financieros, muy por debajo a las tasas de financiación nacional que accede ANCAP o cualquier actor del mercado”, señaló el informe de la empresa estatal. Por ejemplo, se menciona que “un cambio de esta naturaleza (en los días de financiación a clientes), eventualmente obligaría a ANCAP a revisar sus políticas de créditos a estos”.
Otro cuestionamiento es que se redujo a 30 días el requerimiento de seguridad de suministro, que obliga a mantener un nivel de stock para garantizar la producción. “Internacionalmente se recomienda mantener 61 días de inventarios (de crudo y/o derivados) cuando existe operaciones de refinación propia” y ANCAP el año pasado tuvo 68 días en promedio, explicó el informe. “Contar únicamente con 30 días de inventario compromete a niveles no aceptables (probabilidad de quiebre de suministro) la seguridad de suministro del país”, es decir que el cambio legal no permitiría “garantizar un suministro confiable y oportuno”.
Por otra parte, también hay críticas sobre la incorporación al PPI de los biocombustibles (etanol y biodiesel), que deben mezclarse en un porcentaje fijado por ley con las naftas y el gasoil. Estos deben ser de producción nacional y ANCAP los compra a su subsidiaria Alcoholes del Uruguay (Alur). El MIEM, en el reciente decreto, estableció que la URSEA deberá tomar “el precio medio ponderado del agrocombustible (biocombustible) disponible en territorio nacional”.
Sin embargo, ANCAP no comparte la fórmula para el “cálculo del sobrecosto” por utilizar biocombustibles de producción nacional, ya que “no representa la operación de mezcla ni es dimensionalmente correcta”. Por ejemplo, plantea que se utilizará bioetanol en “el mínimo exigible previsto por la ley” y la producción será menos, variando los costos, por lo que pierde sentido “relacionar el precio ponderado a la producción histórica”.
Lo que propone la petrolera estatal es que “los precios de los agrocombustibles se calculen tomando volúmenes de producción reales brindadas por Alur”. Además, pide que se contemple dentro del cálculo de costos “el movimiento de bioetanol a las plantas de distribución”.
Al final del informe que elaboró ANCAP, se subrayó que lo divulgado por la URSEA “no especifica cuál va a ser la frecuencia de ajuste de tarifas, ni en referencia a qué período”, así como tampoco “establece lineamientos sobre coberturas de riesgo, y por lo tanto no se incluyen los costos vinculados a su gestión: precio de petróleo crudo y dólar”.