Una de las áreas en que el gobierno de Luis Lacalle Pou se ha mostrado más activo en términos legislativos refiere a los beneficios fiscales para las inversiones. Entre otras medidas, en junio se emitió un decreto que amplió la exoneración y redujo los requisitos para que extranjeros que hagan una inversión o compren un inmueble accedan a la residencia fiscal, y como complemento el gobierno envió un proyecto al Parlamento para ampliar la llamada “vacación fiscal”.
Esto último refiere a un período de exoneración impositiva para los extranjeros que llegan a Uruguay, que pueden optar por no pagar por un lapso de tiempo el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por los rendimientos de capital mobiliario en el exterior —como los intereses por colocaciones bancarias, bonos, títulos o acciones—. Esto se creó a partir de una ley aprobada en 2011, que fijó el plazo de la exoneración en cinco años, y con la norma aprobada en setiembre a iniciativa del gobierno se amplió a diez años.
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Pero ese proyecto que surgió del Poder Ejecutivo sufrió modificaciones en el paso por el Parlamento. “El proyecto original determinaba que las personas que ya habían adquirido la residencia fiscal [accediendo a este beneficio] puedan extender el plazo por diez años, pero finalmente no se terminó incluyendo dicha disposición”, repasó un informe del estudio FBM Advisory, al que accedió la diaria. Es decir que se amplió al doble los años de exoneración para los nuevos residentes, pero no para aquellos que ya hicieron uso de la opción.
Desde el Frente Amplio (FA) se cuestionó que la medida para las personas que habían adquirido la residencia tiempo atrás daba beneficios extras sin hacer ninguna exigencia adicional. En virtud de ese planteo, ahora cuatro senadores de la coalición gobernante —los blancos Jorge Gandini, Sergio Botana y Amín Niffouri, junto al colorado Tabaré Viera— presentaron un nuevo proyecto de ley, que será estudiado por la Comisión de Hacienda del Senado.
“El presente proyecto propone permitir a aquellas personas físicas que hubieran hecho uso del régimen de residencia fiscal por cinco ejercicios fiscales ya concluidos o que estuvieran en curso, ampararse en el nuevo régimen para completar los diez ejercicios fiscales, aunque agregando las exigencias del Decreto 163/020 [el emitido en junio]”, dice la exposición de motivos.
¿Cuáles son los requisitos? Que realice una inversión en inmuebles por un valor superior a 3,5 millones de Unidades Indexadas, unos 380.000 dólares, y que permanezca “al menos 60 días con presencia física efectiva en territorio uruguayo”.
Los senadores de la coalición indican que “de este modo se contempla la equidad de tratamiento a todas aquellas personas físicas que hayan obtenido u obtengan la residencia fiscal, con idénticas exigencias de inversión y permanencia en territorio nacional”. Meses atrás, cuando estos temas fueron discutidos en el Senado, el ex jerarca frenteamplista y actual legislador Mario Bergara dijo que las medidas del gobierno buscan ofrecer a Uruguay como “una plaza tributaria benévola”, una reputación que “costó muchos años desterrar” y a la que “no debemos volver”.