“Limítase transitoriamente, y por razones de interés general, el derecho de reunión consagrado por el artículo 38 de la Constitución”, comienza señalando el artículo 1° del proyecto de ley que envió el gobierno al Parlamento, tal como había adelantado el presidente Luis Lacalle Pou en la conferencia del miércoles.
Sin definir cuántas personas supone una aglomeración, el proyecto habilita al Poder Ejecutivo, a través de sus ministerios, y también a los gobiernos departamentales, “a disponer el cese de aglomeraciones de personas que generen un notorio riesgo sanitario y de las reuniones que se realicen en contravención de las medidas sanitarias y protocolos dispuestos por la autoridad competente”.
Estas aglomeraciones serán las que “generen un notorio riesgo sanitario” y se entiende como tales “la concentración, permanencia o circulación de personas en espacios públicos o privados de uso público en las que no se respeten las medidas de distanciamiento social sanitario, ni se utilicen los elementos de protección personal adecuados, tales como tapabocas, mascarillas y protectores faciales, etc. según el caso”. La reglamentación durará 60 días y se podrá prorrogar por 30 días más.
Además, el proyecto dispone que quien infrinja las normas “será advertido por la autoridad competente a desistir de su actitud”. El Poder Ejecutivo “podrá aplicar sanciones por los incumplimientos” que irán desde un simple “apercibimiento”, hasta multas de hasta 1000 Unidades Reajustables (1.291.400 pesos), “sin perjuicio de las acciones penales que pudieren corresponder”. Lo recaudado por las multas será destinado al Fondo Solidario Covid-19.
A su vez, el proyecto prohíbe el ingreso de personas al país por fronteras terrestres, marítimas, fluviales y áereas hasta el 10 de enero, inclusive, aunque la medida puede ser prorrogada por el tiempo que el Poder Ejecutivo lo considere pertinente. Como se explicó durante la conferencia, se exceptúa de esta medida a los transportistas de mercaderías o la ayuda humana y sanitaria, y a los uruguayos que hayan adquirido su pasaje para ingresar al país hasta antes del 16 de diciembre.
El coordinador de la bancada del Senado del Partido Nacional, Gustavo Penadés, sostuvo que el criterio que debe imperar es el de disuadir “toda concentración de determinada cantidad de público que se entienda que pone en riesgo la salud de la población”, y subrayó: “Todos sabemos claramente a lo que se refiere”. “La idea del Poder Ejecutivo no es que este proyecto ni las sanciones previstas tengan que ser aplicadas, sino que sirva como un elemento más en la toma de conciencia que todos tenemos que tener frente al crecimiento exponencial de los contagios”, agregó.
En cuanto a la falta de un número concreto de personas para establecer qué significa “aglomeración”, Penadés dijo que la definición está vinculada esencialmente a lo que se entiende que “pone en riesgo a la salud pública”. Puso como ejemplo que la propia rueda de prensa en la que estaba, junto con varios periodistas, era una aglomeración, y aclaró que si no estuvieran usando tapabocas se estaría “ante un problema de salud pública”. “Lo que pretendemos con este tema, y no lo veamos por el lado de la represión ni nada que se le parezca, es que sea una herramienta más que desestimule el nivel de contagio. Es un proyecto muy sensato”, finalizó Penadés.
“Es impreciso”
Por otro lado, legisladores de ambas bancadas del Frente Amplio (FA) se reunieron este jueves de tarde para analizar el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo. El senador Charles Carrera sostuvo en una rueda de prensa que el FA, “como oposición responsable y constructiva”, este viernes habilitará a que se dé tratamiento en forma urgente al proyecto de ley, pero no comparte la propuesta del Poder Ejecutivo.
Señaló que creen que no hay que ir por el artículo 38 de la Constitución, ya que en el proyecto “hay una serie definiciones imprecisas”, y se deben defender “las garantías individuales” de los habitantes. Según dijo, la solución está en el artículo 44 de la Constitución, que establece: “El Estado legislará en todas las cuestiones relacionadas con la salud e higiene públicas, procurando el perfeccionamiento físico, moral y social de todos los habitantes del país”.
Por lo tanto, este viernes el FA presentará un proyecto de ley alternativo para “convocar el respeto y el cuidado de la salud de todos los habitantes”, que establezca que en las situaciones en donde haya aglomeraciones, “quien debe intervenir es el Ministerio de Salud Pública, que es la policía sanitaria”. “Y luego de haber agotado todos los pasos, puede llegar a convocar el auxilio de la fuerza pública, que es el Ministerio del Interior y la Policía”, agregó el senador. Por último, Carrera insistió en que el proyecto del gobierno “no establece la definición de aglomeraciones”, por lo tanto, “es impreciso”, y además “no establece cuál es el ministerio competente”.
El tercer artículo del proyecto que presentará el FA establece que mientras se mantenga el estado de emergencia sanitaria “sólo se permitirá la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social en espacios públicos hasta un número máximo de 30 personas, salvo aquellas situaciones que tengan un protocolo específico al respecto, debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria”.