Si bien estaba esperando el juicio bajo prisión domiciliaria, el productor de Soriano cuyo alambrado electrificado causó la muerte de un adolescente de 15 años el 1º de febrero deberá contar los días desde la cárcel. Así lo decidió el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º turno, que revocó la medida preventiva de prisión domiciliaria, luego de que se interpusiera un recurso de apelación, informó Subrayado.

El hecho se produjo el 1º de febrero en la localidad de Paso de Ramos, cuando el joven, por razones que se desconocen, intentó cruzar un alambrado que el productor había electrificado a 220 voltios y sin habilitación del Ministerio del Interior (MI).

El director general de Fiscalización de Empresas del MI, Juan Rodríguez, había dicho a la diaria que “no cualquiera” puede establecer la conexión eléctrica, sino sólo las empresas autorizadas por esa cartera. En Uruguay la regulación de instalación y venta de los elementos de seguridad energizados están dispuestas en el Decreto 537, de 2008. El Registro Nacional de Empresas de Seguridad y Afines exige que las empresas “recurran a organismos de certificación con presencia en el país” para asegurar que “el elemento presentado para su homologación es inocuo para la salud humana o animal”.

El imputado había declarado que el campo posee pastores eléctricos con el fin de resguardar papas y semillas y a los animales que están en la propiedad. Por su parte, el ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, Carlos María Uriarte, había sostenido que la muerte del joven es consecuencia de la “falta de protección” que el Estado brinda a los productores, ante lo cual “la gente está recurriendo a defenderse por sí sola”.

La resolución judicial responde a la apelación de la fiscal Viviana Maqueira, que en primera instancia había solicitado la prisión preventiva por 60 días para el imputado, a lo que la Justicia no había dado lugar. Ahora, el Tribunal de Apelaciones dio la razón a la fiscal, y el productor de 71 años de edad deberá esperar el juicio en prisión.