Este miércoles ingresará al Senado el proyecto para crear el Fondo Coronavirus, cuyos recursos se destinarán a hacer frente a las erogaciones provenientes de la emergencia sanitaria. En el texto, al que accedió la diaria, se crea el “Impuesto Emergencia Sanitaria Covid-19” que se aplicará mensualmente y gravará los salarios de los funcionarios públicos del Estado, de las intendencias, de los entes autónomos y servicios descentralizados. Este impuesto se aplicará en los meses de abril y mayo y el monto de la rebaja irá de 5% a 20%, tal como había anunciado el gobierno.
Los sueldos públicos por encima de los 120.000 pesos nominales tendrán el descuento. El texto establece que, tras la deducción de la seguridad social, el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas, el Fondo de Reconversión Laboral, el aporte al sistema de salud y el impuesto, el funcionario no podrá ganar menos de 80.000 pesos líquidos.
En el inciso II, del artículo 6, se detalla que en “ningún caso” el monto luego de las deducciones podrá ser menor al “líquido resultante del mayor ingreso de la franja anterior conforme a la liquidación de una persona física sin dependientes ni otros familiares a cargo, que liquida bajo el régimen individual a efecto del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas y del aporte al Fondo Nacional de Salud”. Por otra parte, en el proyecto se excluye el sueldo anual complementario y el salario vacacional.
Escala | Más de | Hasta | Tasa |
---|---|---|---|
120.000 | 0% | ||
1 | 120.000 | 130.000 | 5% |
2 | 130.000 | 150.000 | 10% |
3 | 150.000 | 180.000 | 15% |
4 | 180.000 | 20% |
También tendrán el mismo descuento las personas físicas que mantengan contratos con el Estado y los “beneficiarios de los subsidios otorgados por ley a quienes hubieran ocupado cargos públicos o de particular confianza”, excluyendo al personal de la salud (médicos y no médicos) que participan “directa o indirectamente” en el proceso asistencial.
Además, el impuesto abarcará a los salarios nominales del presidente, de la vicepresidenta, legisladores, ministros, subsecretarios, intendentes y cargos de confianza. En estos casos el impuesto será de 20%.
En el caso de las jubilaciones, pensiones y prestaciones de pasividades similares, se aplicará un impuesto adicional al Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social a jubilaciones públicas y privadas mayores de 100.000 pesos líquidos. A los jubilados y pensionistas que perciban más de 120.000 pesos nominales se los gravará de la misma manera que a los funcionarios públicos.
Además de los impuestos, con los que, según anunció en la conferencia de prensa del viernes 27 la ministra de Economía y Finanzas, Azucena Arbeleche, se recaudarán seis millones de dólares mensuales, el fondo estará nutrido de las utilidades del ejercicio del año pasado del Banco República; utilidades acumuladas de la Corporación Nacional para el Desarrollo; donaciones nacionales e internacionales, y préstamos de organismos internacionales y multilaterales de créditos.
Finalmente, el proyecto otorga al Poder Ejecutivo la facultad de prorrogar estos impuestos hasta por un período máximo de tres meses.
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