“La LUC empodera a la policía y refuerza la privación de libertad sin que queden claros los motivos ni los datos empíricos que sustentan las medidas”, concluyó un grupo de académicos que participó este martes en una conferencia virtual organizada por el proyecto “Castigo, delito y proceso penal en Uruguay”.
En esa instancia estuvieron Ana Vigna y Clara Musto, docentes de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de la República e investigadoras del Núcleo de Análisis de la Criminalidad y la Violencia, y los abogados integrantes del Observatorio Justicia y Legislación de la Facultad de Derecho de la Udelar Henry Trujillo, Daniel Zubillaga y Lucía Giudice. Los cinco académicos emitieron posteriormente un documento en el que plantean sus conclusiones acerca de los cambios que introduce la LUC al código penal.
El grupo de expertos indica que la LUC introduce cambios en el rol de la policía, pero apunta que “no queda claro por qué se entiende necesario incluir estas modificaciones” y señala que no está probado que un mayor control de identidad y registros personales, y una mayor presencia policial, se traduzca en una disminución de delitos.
El proyecto de ley de urgencia contiene una serie de modificaciones que van a repercutir en “el incremento de la tasa de prisionización”, cuando la de Uruguay es la segunda en América del Sur, “el uso de la prisión como forma de castigo privilegiada”, al desmotivar las penas alternativas, y “la distorsión del principio de progresividad en el régimen carcelario”, porque limita los beneficios como salidas transitorias y las liberaciones anticipadas, indican los académicos. De esta forma, se hace énfasis en “la finalidad custodial y securitaria de la cárcel, por sobre la de rehabilitación y reinserción social”.
En cuanto a la terminación anticipada del proceso judicial, también habrá cambios que implicarán “necesariamente, un incremento en la utilización del juicio oral, con diversos impactos negativos en términos de eficiencia y celeridad del proceso”. Los académicos se refieren en particular a la derogación de la suspensión condicional del proceso, con el cual el fiscal puede solicitar al tribunal la suspensión del proceso a cambio de ciertas condiciones y obligaciones. Señalan que “la derogación de este instrumento alternativo afectaría particularmente a la justicia penal juvenil, en la que opera como uno de los pocos mecanismos de desjudicialización disponibles, yendo en contra de importantes estándares consagrados en la Convención de los Derechos del Niño”. Con respecto a estas modificaciones, los académicos reiteran que “no queda claro el motivo de hacerlas”.
Como conclusión, los expertos plantean que las reformas incluidas en la LUC “pueden afectar la gestión de la justicia penal por distintas vías” de forma tal que se podría “generar una sobrecarga de casos que no sería compensada por la introducción del proceso simplificado”. Además, “se afectaría la forma de gestión política de la persecución penal”, que en los sistemas acusatorios corresponde a la Fiscalía, “lo que se desprende de la mayor injerencia que la LUC le otorga a la policía en materia de investigación criminal y de política criminal”.