El Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) resolvió recomendar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) que reglamente “el trabajo rural al aire libre durante las alertas meteorológicas” decretadas por el Instituto Uruguayo de Meteorología (Inumet), según el documento al que accedió la diaria.

La institución expresó que el Estado uruguayo “al no adecuar la normativa vigente” sobre el tema “no ha cumplido con su deber de prevención, generándose así un riesgo serio de afectación del derecho a la integridad física, psíquica y moral de los trabajadores asalariados rurales”. La INDDHH recomienda que el MTSS haga la reglamentación en un plazo máximo de 60 días y pidió al organismo que en diez días “manifieste su conformidad” con esta recomendación, según lo dispuesto por el artículo 28 de la ley de creación de la institución, que establece que se dará publicidad a los incumplimientos de las recomendaciones. Según la fecha de la resolución, el MTSS deberá comunicar su conformidad antes del viernes 14 de agosto.

La resolución fue tomada tras una investigación de oficio que inició la INDDHH el 17 de setiembre de 2019, referida a fallecimiento de trabajadores rurales ocurridos ese año durante alertas naranjas declaradas por Inumet. Según el documento, el último fallecimiento fue el 9 de setiembre, en el departamento de Cerro Largo, “cuando un trabajador rural se ahogó en una cañada afluente del arroyo Fraile Muerto, mientras recorría solo el establecimiento bajo una alerta meteorológica color naranja por un fenómeno de persistencia de tormentas y lluvias”. El otro fallecimiento ocurrió el 7 de enero de 2019, cuando en tareas de rescate de ovejas, un trabajador murió ahogado “debido a la crecida del arroyo Averías Grande (Paso de los Mellizos, departamento de Río Negro)”.

El documento establece que el 24 de setiembre de 2019 se pidió un informe al MTSS y el 7 de octubre llegó desde la Inspección General de Trabajo y la Seguridad Social (IGTSS), señalando que en las reglamentaciones sobre seguridad y salud laboral del sector no hay artículos específicos referidos a las tareas rurales al aire libre durante alertas meteorológicas.

En abril de 2020, la INDDHH pidió un informe sobre los avances en la reglamentación y en la negociación colectiva, y en la “difusión o implementación de tareas educativas para prevenir” estas situaciones, pero el 6 de mayo, el MTSS informó que “no se han producido cambios en la reglamentación que regula el sector rural”, aunque se destaca que a partir de noviembre de este año entran en vigor “los Servicios de Prevención y Salud” para todos los sectores, “que tienen entre sus funciones la identificación y evaluación de los riesgos, así como la participación en el desarrollo de programas para el mejoramiento de las condiciones y prácticas de trabajo”.

La INDDHH sostiene que existen normas que obligan al Estado a garantizar “condiciones mínimas de seguridad en el trabajo, y resultan de convenios” de la Organización Internacional del Trabajo incorporados a la legislación uruguaya. Pero si bien se han dictado varios decretos en relación con esta normativa internacional, en ninguno se asegura “que ante condiciones climáticas adversas y que pongan en riesgo la vida del trabajador, este pueda excusarse sin faltar a sus deberes como empleado”.