Secom presentó un petitorio ante el Poder Ejecutivo para que impida que la Asociación Española utilice los fondos del Fonasa [Fondo Nacional de Salud] para financiar Española Móvil y el servicio de acompañantes Familia, lo que entienden como una competencia desleal.

Según el escrito al que accedió la diaria, la empresa de servicio de acompañantes acusa a la Asociación Española de utilizar fondos provenientes de la emisión de deuda con garantías del Estado y la cuota social de la mutualista para financiar Española Móvil y Familia. También reclama que se instale una comisión de seguimiento para controlar el uso que hace esa prestadora de salud de los fondos que obtiene a partir de su emisión de deuda.

La Ley 18.439 prevé el mecanismo de emisión de deuda con garantías del Estado para que las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva puedan revertir su situación financiera como prestadores de servicios en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS). Los denunciantes alegan que los fondos que se generen de esa operación financiera no deben utilizarse en otras empresas del grupo. Este mecanismo fue utilizado por la Asociación Española en 2011 y en 2016, por un total de 550 millones de unidades indexadas, unos 2.568 millones de pesos.

Además, los denunciantes señalan que no fue controlado el plan de reestructura que presentó la Asociación Española y autorizó el Poder Ejecutivo para habilitar la financiación que tiene como objetivo reducir el pasivo de la mutualista, ni tampoco se designó un veedor o una comisión de seguimiento, lo que en opinión de Secom evidencia un trato preferencial.

Según el estudio de la calificadora de riesgo Care, adjunto en el escrito, la Asociación Española acumula un pasivo de 177 millones de dólares y tuvo en 2019 un resultado operativo negativo de cuatro millones de dólares, sin contar otros dos millones por pago de intereses bancarios.

Si bien la calificadora otorgó el grado inversor para la emisión de deuda, aclaró que “el elemento sustantivo de la calificación es la garantía del Estado no sólo en su monto y su definición política, sino en el modo que se previó para hacerla eficaz en el caso de incumplimiento”. La mayoría de los compradores de deuda de la Asociación Española son las AFAP, dado que por ley estas sólo pueden comprar títulos de deuda de entidades con grado inversor.

El servicio de acompañantes Familia inició sus actividades en 2015, cerró sus dos primeros ejercicios con pérdidas y habría recibido tres millones de dólares de inversión mediante los fondos de garantía y el Fonasa. “El Poder Ejecutivo, en el ejercicio de sus competencias de contralor sobre los prestadores del SNIS, debería haber impedido que la Asociación Española utilizara los beneficios, económicos, financieros y fiscales, que le otorga el Estado –con la finalidad de cumplir con sus cometidos específicos–, para competir deslealmente con empresas privadas que prestan sus servicios sin subsidios de especie alguna”, señala el escrito presentado ante el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Salud Pública.

Por otra parte, los denunciantes señalan que el Estado tampoco controló el cumplimiento del Decreto 267/2019, que prevé que el dinero obtenido por la cuota recibida por el Fonasa no pueda ser destinado a publicidad y obliga a presentar una Rendición de Cuentas de los gastos en publicidad, que requieren una autorización expresa del Ejecutivo.

Según consta en el escrito, la Asociación Española enfrenta 32 juicios civiles y 41 juicios laborales. Uno de ellos fue abierto por Secom en 2018 en el juzgado civil de 4º turno, en el que busca que la Asociación Española devuelva el dinero obtenido a partir de las emisiones de deuda con garantía estatal, que fue destinado a Familia.

Además, piden la nulidad de los contratos de socios VIP, que incluye el servicio de compañía. Se trata de unas 5.000 personas que accedieron al servicio de compañía, a partir de contratos de un pago único de 6.500 dólares. El fundamento para la nulidad de esta modalidad de socio es que viola el principio de no discriminación por razones económicas con el que se creó el SNIS.

La causa se encuentra en manos del Tribunal de Apelaciones, que debe resolver un aspecto vinculado a la forma de notificación del proceso judicial a los socios VIP, pero aún no ha habido –en el juzgado de primera instancia– un pronunciamiento sobre el tema de fondo.