A la reunión entre el presidente Luis Lacalle Pou y el PIT-CNT, la central sindical también llevó un reclamo de la organización de expresos políticos Crysol sobre el incumplimiento de la Ley 18.033, de 2006, que estableció una reparación para las víctimas del terrorismo de Estado durante la dictadura. El mandatario se comprometió a dar solución al tema, según informó Crysol en un comunicado.
“No se está pudiendo efectivizar los beneficios establecidos en la ley debido a los atrasos en los pagos a proveedores por parte del Ministerio de Salud Pública [MSP]”, explicó a la diaria Gastón Grisoni, integrante de la asociación. Esta situación se arrastra desde hace un año e impide que los expresos políticos, así como sus hijos y nietos, accedan a los servicios médicos de odontología, farmacología y psiquiatría.
Según transmitió a Crysol la delegación del PIT-CNT, Lacalle Pou dijo no estar enterado de este asunto y que iba a hablar con las autoridades del MSP. Grisoni señaló que la organización de expresos políticos solicitó “en reiteradas oportunidades” una reunión por este tema con el ministro de Salud Pública, Daniel Salinas, pero no tuvo éxito.
La ley de 2006 estableció pensiones reparatorias como indemnización para aquellas personas que por motivos políticos, ideológicos o gremiales fueron obligadas a abandonar el país, fueron detenidas o despedidas de su trabajo entre febrero de 1973 y febrero de 1985. Grisoni explicó que la atención médica “gratuita y vitalicia” en la Administración de los Servicios de Salud del Estado se extiende a los hijos y nietos de los expresos políticos.
Por otra parte, el integrante de Crysol cuestionó que haya dentro de la coalición de gobierno “sectores militares vinculados a Cabildo Abierto” que pretendan derogar la ley reparatoria. Esto, según le transmitieron desde el PIT-CNT, fue mencionado por Lacalle Pou en el encuentro. “Queda claro que la ley es justa. Fue aprobada a 21 años del retorno de la democracia y aún tiene carencias e insuficiencias”, sostuvo. Uno de los puntos que marcó es que los beneficiarios deben renunciar a su jubilación para acceder a la indemnización, “lo cual denigra [a los beneficiarios] y le quita el carácter reparatorio”.