La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) presentó este miércoles un informe preliminar sobre envejecimiento y derechos humanos, que hace énfasis en la situación de los establecimientos de larga estadía para personas mayores (Elepem). En el documento, que fue aprobado por unanimidad en el directorio, la institución hace una serie de recomendaciones vinculadas a las políticas públicas, como la necesidad de agilizar los trámites de habilitación de estos establecimientos, reforzar los mecanismos de contralor y fiscalización y ampliar el alcance de las prestaciones de cuidados para la población mayor.

La abogada Gabriela Brunetto, que fue la encargada de dar a conocer las principales conclusiones del trabajo, indicó que la INDDHH entiende necesario ir hacia una concepción en la que los residenciales u hogares de ancianos “sean lugares de residencia”, desde una perspectiva contraria a la “óptica sanitarista o de paternalismo médico”. “[Es necesario] Que sea un lugar donde la persona va a vivir, que lo pueda considerar realmente su hogar”, aseveró.

Entre otros puntos, la INDDHH recomienda modificar el trámite de habilitación de los Elepem, en el entendido de que el mecanismo actual es “muy largo, muy burocrático” y “de difícil cumplimiento para los establecimientos, sean residenciales u hogares”, explicó Brunetto. “Se necesita un trámite de habilitación bastante más ágil. A la prueba está que la gran mayoría de los Elepem no culminan este trámite de habilitación”, añadió.

También se hace un llamado a reforzar los mecanismos de contralor y fiscalización de este tipo de establecimientos, y se advierte que “la capacidad de recursos humanos para llevar a cabo la labor de fiscalización es bastante escasa, principalmente en el interior, pero también en Montevideo”. Sobre este punto, una de las aristas más preocupantes tiene que ver con los denominados servicios de inserción familiar, que según la reglamentación vigente son ofrecidos por un grupo familiar que alberga en su vivienda a un máximo de tres personas mayores autoválidas, como forma alternativa a la institucionalización.

Brunetto explicó que en la realidad “se ha dado que viven allí más de las personas habilitadas e incluso personas que no son autoválidas. También se da el caso de servicios de inserción familiar que no están visibilizados y no pueden ser objeto de fiscalización”. Sostuvo que si bien “el espíritu de su creación fue bueno”, en la práctica “es allí donde se pueden dar los mayores casos de vulneración de derechos humanos”.

La INDDHH también incluyó algunas sugerencias relativas a los instrumentos jurídicos para esta población, y propuso la creación de mecanismos que regulen la permanencia, el ingreso y el egreso de los Elepem ante casos de confusión mental o discapacidad de los usuarios, debido a las dificultades encontradas ante este tipo de situaciones. Y fue un paso más allá al sugerir que es necesaria una reforma legislativa en relación al instituto de la interdicción –curatela–.

Brunetto señaló que a juicio de la institución “tenemos un instituto añejo que regula la declaración de incapacidad de las personas”, por lo que se debería “modificar la forma en que se llega a declarar a la persona incapaz y también el contralor posterior por parte de la Justicia”. En ese sentido, afirmó que “es un instituto que protege más los bienes del declarado incapaz que a la propia persona”, por lo que se lo debe “reformar con una perspectiva de derechos humanos y en consonancia con los instrumentos internacionales que hemos ratificado” como país. También se propone la elaboración de instrumentos jurídicos específicos de protección de las personas mayores.

Finalmente, se hicieron algunas consideraciones respecto de la importancia de los cuidados y los funcionarios que trabajan con la población adulta. Al respecto, la INDDHH entiende necesario apostar a la “capacitación y sensibilización del funcionario público y de la población” en general sobre esta materia, así como “revalorizar el rol del cuidador, específicamente del que trabaja en este tipo de establecimientos”. Asimismo, se hizo énfasis en la necesidad de que las propias personas mayores participen en la elaboración de políticas públicas “en torno a situaciones que las incumben”.

En la opinión de la INDDHH, la pensión a la vejez debería otorgarse a partir de 65 años, al igual que el acceso a los asistentes del sistema de cuidados, un servicio al que hoy sólo pueden acceder personas mayores de 80 años. En ese sentido, Brunetto indicó que según nuestra legislación, una persona mayor es considerada como tal a partir de los 65 años de edad. La institución también hizo hincapié en que se debe apostar a la implementación de políticas públicas que den alternativas de cuidados y ayudas materiales tendientes a evitar la institucionalización de la persona mayor.