Desde la bancada de diputados del Partido Nacional impulsan un proyecto de resolución en el que sugieren al Poder Ejecutivo que en la próxima Rendición de Cuentas cambien un artículo del Tocaf (Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera) que fue modificado con la ley de urgente consideración (LUC). Con la iniciativa buscan cambiar el numeral 30 del artículo 33, que determina las organizaciones a las que el Ministerio de Desarrollo Social (Mides) puede contratar de forma directa de forma excepcional.

El artículo en cuestión dice que “la contratación de bienes y servicios” que lleve adelante la cartera con “cooperativas definidas como pequeñas empresas” o “asociaciones u organizaciones civiles” podrán ser hechas “directamente o por el procedimiento que el ordenador determine”, sin importar la cifra de la operación.

En esta redacción, que fue implementada con la LUC, se agregó la parte de “cooperativas definidas como pequeñas empresas”, que generó molestias entre las cooperativas que trabajan con el ministerio. En particular, desde la cooperativa Creciendo dijeron a la diaria a principios de junio que con ese cambio las cooperativas quedaron en desventaja a la hora de competir por una contratación directa con organizaciones no gubernamentales y fundaciones.

Según ellos, el problema es que al poder presentarse exclusivamente pequeñas cooperativas, limitan a las organizaciones que tienen más de 19 integrantes. Por lo tanto, indicaron que varios de los programas que llevan adelante junto a la cartera quedarían sin efecto.

En la exposición de motivos del proyecto de los representantes nacionalistas dice que “en el mes de mayo recibimos un correo electrónico proveniente de una cooperativa por el cual se trasladaba la preocupación referente a la normativa vigente vinculada a la contratación directa por parte del Mides con cooperativas”. De acuerdo con el documento, los legisladores valoraron “positivamente la inquietud planteada”.

Manifestaron que con el cambio en la normativa “las cooperativas con más de 19 empleados no pueden ser contratadas”. “Existen en el país varias cooperativas de trabajo con fines sociales y con trayectoria que superan dicha cantidad de empleados”, plantearon. Por lo tanto, señalaron que es importante modificar la norma para admitir la contratación de cooperativas de trabajo sin la necesidad de que sean pequeñas empresas, para “no excluir” a las que califiquen de ese modo y puedan seguir “gestionando proyectos sociales”.