La Rendición de Cuentas del gobierno propone que los inspectores de la Dirección General de Servicios Agrícolas, que depende del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), tengan “libre acceso” para cumplir sus funciones “inspectivas y toma de muestras, en los vehículos de transporte, en los establecimientos agrícolas, industriales, comerciales, locales de depósito, de administración o de ventas y sus dependencias que no constituyan hogar doméstico”, pues se violaría el artículo 11 de la Constitución, que indica que “el hogar es un sagrado inviolable”, donde de día, sólo se podrá con “orden expresa de juez competente, por escrito y en los casos determinados por la ley”.

Según indica el artículo 185 del proyecto que ingresó en la tarde de este viernes al Parlamento, se propone que “en los casos en que fuere necesario podrán requerir el auxilio de la fuerza pública”, es decir, de la Policía. El subsecretario del MGAP, Juan Ignacio Buffa, indicó a la diaria que se plantea esto puesto que existía un “vacío legal” en el que los inspectores llegaban al lugar para inspeccionar y el dueño, tanto del vehículo, como también de la planta de elaboración -por ejemplo- “no los dejaban entrar”. “Para resolver eso había que ir al juzgado”, por lo que se “perdía tiempo”. “Para salvar ese tiempo”, se dispuso este nuevo artículo, consideró, y agregó que ahora habrá “un amparo legal” para tomar la muestra.

En tanto, el novel artículo señala que los locales, ya sean comercios, depósitos, predios de producción, plantas de elaboración, formulación, industrialización o acopio con sus anexos “estarán separados del hogar doméstico, de manera que no se dificulte, en ningún caso, la acción de los inspectores”. Y aclara: “Si una parte de la finca o local estuviera destinada a hogar doméstico, no podrá haber en él archivos, instalaciones, máquinas, documentos, útiles, ni mercaderías que se relacionen con el giro del comercio, ni podrá haber depositados productos fitosanitarios”.

Nuevo sistema

Por otra parte, el gobierno propone crear el Sistema Nacional de Innovación y Desarrollo Rural, que estará integrado por dos representantes del MGAP, uno de cada uno de los institutos de Colonización, de Investigación Agropecuaria, de Plan Agropecuario, y de la Leche.

El proyecto aclara que el inciso brindará la “infraestructura necesaria” para el funcionamiento del mismo. Los cometidos son “impulsar y fortalecer la interacción interinstitucional y la articulación público-privada para el diseño y ejecución de políticas públicas y otras acciones que promuevan el desarrollo rural”, como también “promover” la difusión y el acceso a información técnica y/o operativa disponible “con el fin de sustentar los procesos de toma de decisiones de las diversas acciones orientadas al sector agropecuario y medio rural”.

En tanto, se dispusieron nuevas normas para los espectáculos en los que hayan animales que “corran peligro de sufrir accidentes arriesgando su integridad”. Ahora sí o sí, en caso que se apruebe este artículo, los organizadores de este tipo de espectáculos públicos, deberán informar al Instituto Nacional de Bienestar Animal -creado por la ley de urgente consideración en 2020-, “la realización de cada evento, con una antelación de al menos cinco días hábiles previos al inicio del mismo, debiendo contar para su realización con las habilitaciones y/o autorizaciones que puedan corresponder de acuerdo a la normativa vigente”.

Además, tal como indicaba la original ley, se deberán contar con servicio de médico veterinario que “cubra toda la duración de los mismos y que sea suficiente para la cantidad de animales involucrados en el evento”.