El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) desestimó el pedido de excepción que planteó el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) frente a la demanda anulatoria que presentaron los 25 diputados del Frente Amplio (FA) contra el acuerdo entre el gobierno y Katoen Natie para la extensión de la concesión del puerto de Montevideo por 50 años. La defensa del MTOP planteó la falta de legitimación activa de los legisladores de la oposición para presentar dicha demanda, lo cual fue desestimado por el tribunal en esta instancia, aunque el tema será reexaminado en la sentencia definitiva.
Los diputados del FA recurrieron al TCA el 12 de mayo de 2022, luego de presentar un recurso ante el Poder Ejecutivo para revocar el contrato, en octubre de 2021. Argumentaron que, por su carácter de representantes nacionales, el acuerdo lesionó su “derecho subjetivo a la participación en la decisión de los asuntos públicos”.
En setiembre de 2022, en representación del Poder Ejecutivo, el MTOP interpuso una excepción por “falta de legitimación activa” de los legisladores para presentar la demanda, alegando que de seguirse la postura promovida por los diputados “cualquier persona tendría legitimación para presentarse ante el TCA con el solo argumento referido”, y que no se justificó “la existencia de un interés directo, de inmediata satisfacción personal, fundado en una situación jurídica particular respecto al acto impugnado”.
El 26 de junio –aunque se notificó este viernes– el TCA desestimó la excepción de falta de legitimación que presentó el MTOP, por considerar que los comparecientes “no se encuentran comprendidos en supuesto de falta de legitimación causal que surja en forma manifiesta”. Esto significa que el proceso contencioso anulatorio continúa.
Entre sus fundamentos, el tribunal hace mención a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) 57/2020, en la cual se trató una contienda de inconstitucionalidad que plantearon 48 legisladores de los partidos Colorado, Nacional, Independiente y de la Gente contra la Ley 19.654, del 17 de agosto de 2018, que declaraba, con carácter interpretativo de los artículos 77 y 81 de la Constitución, que “el hecho de residir fuera del país “no obsta al ejercicio de los derechos y obligaciones inherentes a la ciudadanía”. En ese caso, la SCJ encontró a los diputados legitimados activamente.
“Gran satisfacción” en el FA
“Esto es un gran antecedente para la jurisprudencia nacional” y “recibimos esta sentencia con gran satisfacción”, dijo el senador frenteamplista Charles Carrera a la diaria, tras conocerse el fallo del TCA. “El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Transporte, dijo que nosotros no teníamos legitimación, y lo que reconoce el TCA es que tenemos legitimación y que el juicio prosigue”, sostuvo el senador, y resaltó que desde la oposición se percibe que hay “grandes oportunidades” de que se falle a su favor. “Tenemos legitimación y podemos reclamar que estos temas tienen que ser definidos a través de una ley y no se puede resolver un tema de soberanía nacional a través de un decreto administrativo”, sentenció el senador del Movimiento de Participación Popular.
Por su parte, el diputado Gustavo Olmos, de Fuerza Renovadora, fundamentó el recurso que presentaron los representantes del FA en que, mediante la firma del acuerdo, “se habían violentado” sus derechos, “en tanto parlamentarios que han sido excluidos de un proceso” del cual, entienden, deberían “haber sido parte”.
Ahora, el TCA entrará en la consideración del asunto de fondo: si, efectivamente, entiende que fueron afectados los derechos de los diputados al haberse tomado esta decisión por la vía administrativa y no por la vía legal. Olmos dijo a la diaria que espera que pasen “varios meses antes de que volvamos a tener novedades”, pero adelantó que “si, eventualmente, el TCA fallase en contra, se abren otros caminos de reclamo a nivel internacional, que se evaluarán oportunamente, si fuera necesario”. No obstante, afirmó que, “en principio”, confían en que el tribunal les dará la razón.