Con la firma de todos los ministros, el Poder Ejecutivo aprobó el 21 de julio un decreto que reglamenta el nuevo régimen de licencia y subsidio por enfermedad para funcionarios públicos, que fue establecido en la Rendición de Cuentas de 2022. De acuerdo con la nueva normativa, cada empleado estatal tendrá un máximo de nueve días al año de licencia remunerada para “cubrir períodos de inasistencia, alternada o consecutiva, por enfermedad”, sostiene el documento.

Luego, a partir del décimo día de inasistencia en el año, de forma alternada o consecutiva, los funcionarios cobrarán “un monto equivalente al 75% o al 100% de su salario por todo concepto según corresponda”, establece el artículo 10 del decreto, y agrega que quedan excluidos los beneficios sociales, la antigüedad, las partidas por locomoción, viáticos y horas extras.

La normativa aplica para todos los empleados estatales a excepción de los magistrados del Poder Judicial, los defensores públicos, los funcionarios del escalafón N de la Fiscalía General de la Nación -que comprende a los fiscales-, los diplomáticos del servicio exterior que están en el extranjero y los funcionarios de los gobiernos departamentales, detalla el texto.

El ministro de Trabajo y Seguridad Social, Pablo Mieres, se refirió a este tema el martes durante una entrevista con el programa Primera Mañana, de Radio El Espectador. En ese marco, dijo que si bien la propuesta no iguala la situación de empleados públicos y privados porque se mantienen “algunas diferencias”, los “acerca mucho” en dos aspectos.

Por un lado, mencionó la disposición de un “banco” de nueve días de licencia remunerada que permitirá que si un empleado estatal se certifica más de tres veces “no va a tener el descuento de los tres primeros días”. Si bien esto no existe en el sector privado, Mieres dijo que “es cierto que en muchos convenios está acordado pagarlo”, es decir, el trabajador no tiene descuentos los tres primeros días de licencia médica, y “ahí habría una cierta similitud, aunque en las reglas de juego no, pero en los hechos sí”.

Por otro lado, señaló que con esta norma habrá “una situación bastante parecida” en el monto que cobrarán los trabajadores a partir del cuarto día de inasistencia. Mientras, en el sector privado es 70%, en el público serán 75%.