La última ley de Rendición de Cuentas entró en vigencia el primer día de 2024. Entre sus más de 650 artículos, hay seis que modificaron la normativa en materia de tránsito y seguridad vial. Este es el caso del artículo 289, que establece que “no se podrá exigir ni condicionar el pago de ningún tributo en forma previa o simultánea al pago de deudas generadas por multas de tránsito”.

Según el senador del Partido Nacional (PN) Sebastián da Silva, esto no se está cumpliendo. A través de X, denunció que “no está cumpliéndose con la ley” por parte del Sistema Único de Ingresos Vehiculares (Sucive), justamente en estos “días de pago de patentes”, y afirmó que el artículo en cuestión tiene como propósito “no dejar en la clandestinidad fiscal a los trabajadores que se vieron multados y poder permitirles, al separar una obligación de otra, seguir en la formalidad”.

En diálogo con la diaria, Da Silva dijo que actualmente “vos vas a Abitab o Redpagos y si no tenés las multas al día, no podés pagar la patente”. “A mí me llegaron cuatro denuncias” de ese tipo, señaló. En su caso, el senador nacionalista dijo estar considerando la mejor forma de pago de las patentes de sus vehículos particulares, dado que, admitió, tiene “multas por radares”.

Acerca del motivo de la separación entre el tributo y las multas, consagrada en el artículo 289, Da Silva dijo que surgió a partir de “gente que había quedado fuera del sistema y que no podía trabajar por no poder pagar la patente, por tener muchas multas de radares”, como, por ejemplo, “la gente de reparto”. “La cara visible es el distribuidor que va de pueblo en pueblo y que se vio sometido con esta invasión de los radares”, manifestó.

En definitiva, Da Silva resaltó que se trata de “dos obligaciones diferentes que corren por distinta vía”. Aseguró que el tema fue discutido en el Parlamento y “es parte de un acuerdo con el Congreso de Intendentes”; por eso, pidió al Sucive “hacer cumplir la ley” para que “la gente no quede descolgada del sistema”.

Por su parte, el diputado del PN Rodrigo Blás, que junto con Da Silva trabajó en la aprobación de los artículos vinculados a la normativa vial, dijo a la diaria que “al parecer hay gente que denuncia que en algunas intendencias no han podido pagar [la patente] sin pagar las multas”. Señaló que esto está ocurriendo no solamente en los locales de pago, sino también a través de la página del Sucive, que “tampoco te deja”.

La ley “está en debate”

la diaria intentó comunicarse con César García, coordinador del Sucive, pero no obtuvo respuesta. Sin embargo, fuentes del Congreso de Intendentes señalaron a la diaria que existen “algunas dificultades” con respecto a la aplicación de la ley, porque a nivel de los gobiernos departamentales “está en debate la interpretación” de la norma. Apuntaron que este miércoles a las 12.00 habrá una reunión “especial” de los coordinadores del Sucive y “algo va a pasar” respecto a este tema.

Una de las objeciones que se plantean es que el artículo 289 “empezó a regir a partir de enero”, pero “no habla de retroactividad” en cuanto a las multas. A su vez, “dice que no podés dejar afuera la patente, y lo que hizo el legislador fue al revés”, es decir, “le erraron en la redacción”. Desde el Congreso de Intendentes señalaron que, en el fondo, está el convencimiento de que el Poder Legislativo “no puede tomar decisiones sobre cosas que son dadas a las intendencias por la Constitución”.

El Sucive habilitó la consulta para el pago de la patente el viernes 5 de enero. El vencimiento de la primera cuota bimestral es el lunes 22 de enero; si se abona la totalidad del valor de la patente antes de esa fecha, se otorga un descuento del 20%. El resto de las cuotas vencen el 20 de marzo, 20 de mayo, 22 de julio, 20 de setiembre y 20 de noviembre. Si no hay atrasos en los pagos, se concede una bonificación del 10%. Además del sitio web de Sucive, Abitab y Redpagos, la patente puede pagarse en los locales del Correo Uruguayo.

Por otra parte, la última ley de Rendición de Cuentas aprobada el año pasado establece como tope máximo de multa por exceso de velocidad en rutas nacionales la suma de 10 unidades reajustables, alrededor de 16.000 pesos. También fija un plazo de 18 meses para que todos los radares de control de velocidad en rutas nacionales tengan a menos de 100 metros “un radar pedagógico” que “advierta a los conductores de la velocidad a la que deben transitar”.

Otro artículo dispone que “los organismos públicos competentes deberán facilitar la información de la geolocalización de los radares de control de velocidad a efectos de su conocimiento por la ciudadanía en medios de comunicación institucionales”.

A fin de año, el ministro de Transporte y Obras Públicas, José Luis Falero, informó ante la Comisión de Transporte de la Cámara de Diputados que durante 2023 se instalaron 112 radares en rutas nacionales, los cuales comenzaron a fiscalizar en noviembre. Falero estimó entre 35 y 40 millones de dólares por año la recaudación a partir de multas por exceso de velocidad.