El diputado del Frente Amplio (FA) Gustavo Olmos propuso semanas atrás volver a discutir en el Parlamento un proyecto para establecer la obligatoriedad de los concursos para los ingresos de funcionarios en los gobiernos departamentales. Luego de coordinar con integrantes de todos los partidos, el legislador anunció en su cuenta de X que se había llegado a un consenso y manifestó que era “importante” aprobarlo en este período para que “rija para quienes sean electos en mayo”.
Tras la condena al intendente de Artigas, Pablo Caram, y otros jerarcas, políticos de distintas filas hablaron de la necesidad de retomar el proyecto que había propuesto el senador colorado Adrián Peña este año, que buscaba establecer la obligatoriedad de los concursos, pero que, al no contar con los votos necesarios de la coalición, naufragó en la cámara alta. Olmos propuso, entonces, redactar una nueva iniciativa, que se basara en la de Peña, pero que se presentara primero en la cámara baja, donde estarían los 66 votos requeridos para su aprobación.
El proyecto, firmado por legisladores de todos los partidos con representación parlamentaria en Diputados, consta de cinco artículos. El primero define qué se entiende por funcionario público y distingue entre funcionario presupuestado y contratado por un gobierno departamental. Olmos explicó, en diálogo con la diaria, que lo que sucede muchas veces es que las intendencias contratan, de manera temporal, a los funcionarios, pero luego los dejan como permanentes y presupuestados. “El objetivo es bloquear eso y que la gente que queda permanente sea por concurso y sorteo”, expresó.
El segundo artículo detalla los mecanismos de selección para ambos tipos de funcionarios y establece que se realizarán, “en todos los casos”, concursos. Se aclara, no obstante, que en las bases del llamado se podrá prever, “en caso de que el número de aspirantes así lo amerite, una instancia de ordenamiento aleatorio en forma previa al inicio del mecanismo de selección a aplicar”.
Por otra parte, se determina la posibilidad de sorteo público “sólo en aquellos casos en que los requisitos necesarios para los puestos lo ameriten”. En ese caso, “el jerarca deberá fundamentar debidamente la elección de esta opción”.
En cuanto a los ascensos, se señala que “deberán realizarse a través de concursos celebrados conforme a los principios de publicidad, transparencia e igualdad de oportunidades”.
A diferencia del proyecto de Peña, el nuevo texto establece la posibilidad de otras formas de contratación, como el arrendamiento de obras, pero se aclara que “en ningún caso” estas modalidades le otorgarán a la persona el derecho “a adquirir la calidad de funcionario público”.
Olmos explicó que se intentó contemplar algunas preocupaciones de los legisladores de la coalición; por ejemplo, el diputado nacionalista Juan Martín Rodríguez planteó que no se les podía “pedir más a los funcionarios de los gobiernos departamentales que a los de la administración central”. En ese sentido, se incluyó la posibilidad de que las intendencias tuvieran distintas modalidades de contratación, pero que posteriormente eso no habilite a generar un contrato permanente.
Por otra parte, también se determina que la ley será aplicable a los funcionarios del Congreso de Intendentes y del Congreso Nacional de Ediles, “a excepción de los funcionarios políticos o de particular confianza y demás excluidos expresamente por disposición de sus autoridades”.