Este jueves se conoció el informe de la dirección jurídica del Poder Legislativo sobre la consulta realizada por el senador Andrés Ojeda en cuanto a la compatibilidad de su cargo y el ejercicio como abogado defensor ante la Fiscalía.
“Tomando en cuenta la finalidad de la disposición constitucional y el concepto de proporcionalidad en aplicación del principio de razonabilidad y conforme a los principios de la democracia representativa, no correspondería hacer cesar de forma inmediata al señor Andrés Ojeda en su calidad de senador de la República”, señala el informe, firmado por la directora de Jurídica del Poder Legislativo, Rossana Rodríguez.
El informe sostiene que “ejercer tareas estrictamente profesionales ante servicios descentralizados, en particular la intervención como profesional abogado ejerciendo una defensa letrada técnica penal, no encuadraría dentro de las prohibiciones dispuestas por el artículo 124 de la Constitución”.
El numeral 2 del artículo 124 de la Constitución señala dentro de las prohibiciones a los senadores y representantes “tramitar o dirigir asuntos de terceros ante la administración central, gobiernos departamentales, entes autónomos y servicios descentralizados”.
Este miércoles se conoció que Ojeda también representó a una persona en una causa por violencia doméstica que se tramitó en setiembre de 2025 en el juzgado letrado de tercer turno de Rosario.