La comisión preinvestigadora sobre la compra de la estancia María Dolores impulsada por los partidos de la oposición concluyó el viernes con dos informes, a los que accedió la diaria: uno en mayoría, de parte de los diputados del Frente Amplio (FA) Carlos Reyes y Gabriel Tinaglini, que descarta que se investigue, y otro en minoría, del diputado del Partido Nacional (PN) Domingo Rielli, que reafirma la creación de la comisión investigadora.

De todas formas, la decisión final se dará en el plenario de la Cámara de Diputados, que si bien está pautado para que se discuta este martes, fuentes parlamentarias indicaron a la diaria que probablemente no se determine su creación, ya que en la misma sesión se interpelará al ministro de Ambiente, Edgardo Ortuño, por lo tanto, la discusión quedaría para el 2 de setiembre.

Argumentos a favor

El informe en minoría, presentado por Rielli, contiene las denuncias que presentó el diputado colorado Juan Martín Jorge el primer día en que sesionó la comisión, que tienen que ver con la razón de la compra; la cantidad de votos requerida para aprobarla; que, según Jorge, no se haya realizado un informe sobre las posibilidades económicas del predio; el valor de la tierra; la renuncia del expresidente del INC Eduardo Viera por su condición de colono, y que “la compra se habría realizado sin que existieran créditos presupuestales para ello”.

Rielli argumenta que una vez analizada “la documentación agregada por Jorge, las actas del directorio del INC, informes del Tribunal de Cuentas, información de la Dirección Estadística de Agropecuarias del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, más documentación y testimonios varios”, se trabajó y concluyó sobre la “entidad y seriedad del origen de la denuncia y la oportunidad y conveniencia de la investigación solicitada”.

De esa forma, afirma que la entidad de la denuncia “es de una magnitud elevada”, no sólo “por los montos involucrados, sino también porque las presuntas irregularidades están relacionadas con las autoridades designadas por el Poder Ejecutivo para dirigir el INC”. “El monto involucrado, la naturaleza de los recursos y el eventual impacto sobre la legalidad y la gestión patrimonial del Estado confieren a este asunto una relevancia institucional de primer orden”, agrega.

A su vez, en cuanto a la seriedad de conformar una investigadora, Rielli apunta que la denuncia presentada por Jorge “contiene elementos concretos, debidamente documentados y referidos a normas expresas de la Constitución y de leyes vigentes”. “Los puntos denunciados –como el presunto sobreprecio del 40%, la ausencia de informes previos obligatorios, la eventual falta de crédito presupuestal o la renuncia del presidente del INC por incompatibilidad–, de verificarse, configuran irregularidades graves que comprometen la transparencia y la legalidad”, detalla.

En cuanto a la oportunidad de investigar, el diputado indica que la compra en cuestión, que “involucra recursos públicos por un monto significativo (32.500.000 dólares), y las decisiones adoptadas en los últimos meses exigen un control inmediato para evitar la consolidación de eventuales irregularidades y mayores daños”.

Finalmente, considera que la investigación es conveniente, ya que el tema “se vincula directamente con competencias de contralor que la Constitución asigna al Parlamento”, y que la denuncia “está formulada dentro del marco legal y reglamentario, se refiere a hechos recientes y determinados, y su esclarecimiento es pertinente para el cumplimiento del rol de contralor parlamentario”.

Consideraciones en contra de crear una investigadora

Por su parte, los diputados del FA, quienes se expresaron en contra de crear la comisión, sostienen que existe una “falta de elementos formales que justifiquen su conformación”, en tanto la creación de este tipo de ámbitos “debe estar teñida de un fuerte matiz de irregularidad o ilicitud”, y por eso no se puede crear una “cuando se trata de averiguar situaciones que radiquen en una sospecha de ilicitud o irregularidad”, y que “deberá tratarse de fuertes ilicitudes o irregularidades, basadas en ocultamiento o maniobras”. En ese sentido, expresan que los hechos contenidos en la denuncia “se desprenden de conjeturas y suposiciones, en términos imprecisos”.

Con relación a la necesidad de mayorías especiales para aprobar la compra, para los diputados “no corresponde” crear una investigadora, ya que esta “no puede fundarse en la disparidad de criterios jurídicos de un denunciante sobre un determinado punto con relación al ente autónomo”. “Si dicho criterio se extendiese en esta cámara, sencillamente deberían formarse, cuando mínimo, centenas, si no miles y miles de comisiones investigadoras ante cada desavenencia de criterios jurídicos sobre el accionar de un organismo estatal”, subrayan.

Sobre el costo de la estancia, los legisladores resaltan que esto se fundamentó “en una confluencia de factores técnicos, legales y de oportunidad estratégica que demuestran la legalidad, pertinencia y buena administración de la operación”, y agregan que la “tasación final de 7.203 dólares por hectárea es el resultado de un análisis técnico multidisciplinario y riguroso”. Reafirman que el precio por hectárea “está sólidamente justificado” y que “no responde a un valor especulativo de mercado, sino a un valor de aptitud colonizadora, determinado a través de un procedimiento técnica y legalmente impecable”.

Respecto de la condición de colono del expresidente del INC, aseveran que con base en un “análisis riguroso” del punto “demuestra que carece del mérito suficiente para prosperar, revelando el carácter político de la acusación”, y aseveran que “es jurídicamente errónea”.

Por último, enfatizan que el artículo 21 de la Ley 16.698 dispone que las investigaciones en los entes autónomos y servicios descentralizados son para, por ejemplo, “hacer efectiva la responsabilidad política del ministro del ramo, por omisión en el ejercicio de sus poderes de control administrativo sobre el organismo investigado”, y que, por el contrario, en la denuncia “nada de ello fue alegado, desarrollado o analizado por el denunciante”. De todas formas, concluyen que el titular del MGAP, Alfredo Fratti, “no ha tenido participación jurídica alguna en la tramitación de ninguno de los dos expedientes que agrega el denunciante”.

Es así que consideran que “aparece como un tanto apresurado” elevar a consideración de una investigadora “cuestiones de resorte netamente técnico-jurídico como son la mayoría –si no todos– de los puntos planteados por el señor representante denunciante”.