Entre marzo y fines de mayo de 2020 todas las instituciones que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) se plegaron a la disposición del Ministerio de Salud Pública (MSP) de resolver consultas médicas a distancia, por telemedicina o por atención domiciliaria, y de suspender las cirugías que no fueran urgentes ni oncológicas. Esta disposición buscó evitar la propagación de la covid-19 y la saturación del sistema de salud, y se levantó a fines de mayo, cuando el número de casos se mantenía bajo; luego se activó en algunos momentos en los departamentos o en instituciones que tuvieron brotes de coronavirus.
El 20 de octubre estas medidas, denominadas “extraordinarias y transitorias”, se instalaron en Rivera y desde entonces no se han levantado; el 9 de diciembre volvieron a regir en Montevideo, en Canelones y en el Chuy, por un plazo de 30 días. El 8 de enero, la Dirección General de la Salud y la Junta Nacional de Salud (Junasa) del MSP prorrogaron hasta el 15 de febrero la disposición, “a los efectos de que las instituciones de salud puedan focalizar sus recursos disponibles para hacer frente a la pandemia”, dice la Resolución 7.467/021 del MSP, que extendió la disposición al departamento de San José, considerando su situación epidemiológica actual.
La resolución autoriza a los prestadores del SNIS de estos cinco departamentos a “establecer la consulta telefónica o de telemedicina como primera línea de atención, focalizando los recursos de atención presencial ambulatoria, de policlínicas e internación, asegurando la atención inmediata de pacientes afectados por la pandemia”. Además, los obliga a “reforzar las modalidades de atención telefónica, videoconsultas y medios de telemedicina, de modo de poder asegurar la atención no presencial efectiva a sus usuarios y afiliados, incluyendo la prescripción o repetición de medicamentos y la realización de estudios de laboratorio, imagenológicos relacionados con la atención de casos covid-19, de patologías graves o evolutivas”.
Con foco en esa misma población, también dispuso que los prestadores tendrán que “asegurar la disponibilidad de consultas presenciales en todas las especialidades médicas y quirúrgicas para consultas clínicas por primera vez de pacientes con patologías crónicas o evolutivas”. Además, la resolución obliga a los prestadores de salud a “establecer un programa de consultas médicas no presenciales preventivas para asegurar el mantenimiento del control y seguimiento de embarazadas y pacientes con enfermedades crónicas no transmisibles”.
Por otra parte, recuerda la obligatoriedad de hacer todas las intervenciones quirúrgicas de urgencia y las relacionadas con patologías oncológicas, que no han sido suspendidas. El director general de la Junasa, Luis González Machado, explicó a Telemundo que las medidas están en constante revisión y que aunque no descartan reforzarlas, esperan que no sea necesario.