Un médico que forma parte de una Institución de Asistencia Médica Colectiva “deberá abstenerse de participar en la discusión y en la votación” de un tema en el que pueda incurrir en conflicto de interés, expresa el informe de la Dirección Jurídica del Parlamento del martes 16, según informó El País y confirmó la diaria. El texto responde a una consulta del presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Fratti, quien, por sugerencia del diputado nacionalista Rodrigo Goñi, solicitó un dictamen jurídico para conocer si los diputados médicos y cooperativistas que integran la Comisión de Salud y Asistencia Social incurrían “en un eventual conflicto de intereses”.
Goñi lo había planteado en la sesión del martes 9 en la Comisión de Salud, luego de que comenzara a discutirse un proyecto de ley de cuidados paliativos alternativo al que había promovido la Sociedad Uruguaya de Medicina Paliativa y que él impulsaba. Ese texto alternativo, que se votó el martes en Comisión, fue elaborado por diputados del Partido Colorado y del Frente Amplio (FA), entre ellos Luis Enrique Gallo. Goñi planteó que Gallo, quien es cooperativista de Comeca (mutualista de Canelones), “no ha sabido distinguir sus intereses personales vinculados con la situación económica de la institución privada de salud a la que pertenece respecto del interés público” y que su proceder mostraba “un claro conflicto de intereses”.
El presidente de la Comisión de Salud, Alfredo de Mattos (Partido Nacional, PN) y Eduardo Parodi (PN) también son médicos cooperativistas. En esa sesión, De Mattos se limitó a expresar que enviaría la consulta a Jurídica para conocer si había “alguna inhibición” para tratar este proyecto. Finalmente, De Mattos no votó el proyecto en la sesión del martes, amparado en el artículo 104 del Reglamento de la Cámara de Representantes, que establece las situaciones en que no deben votar por conflicto de interés (Lorenzo y Gallo no votan en esa comisión porque no son miembros, sino delegados de su sector).
El informe de Jurídica distingue la situación de los médicos que “simplemente ejercen la profesión” de quienes son cooperativistas y explicita que “quien tiene alguna participación política, de dirección, gestión o interés económico en la institución eso sí le configura una hipótesis de conflicto de interés”, y por eso tiene que abstenerse de discutir y votar.
En diálogo con la diaria, Gallo expresó que “el informe jurídico es un disparate” y que “inhabilita a todos los médicos cooperativistas de trabajar en la Comisión de Salud”, que es algo que “no tiene parangones en la cámara” porque “de todos los médicos de los últimos 20 años que han trabajado en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social 80% fueron cooperativistas”.
Gallo anunció que el sector del FA en la Comisión de Salud propondrá solicitar un informe jurídico externo porque “este es absolutamente sesgado”.
Dijo que habría conflicto de interés si se discutiera un proyecto de exoneración tributaria a las mutualistas del interior, pero no cuando se trata de dar un servicio de salud, y manifestó que le preocupa los antecedentes que puede sentar este informe.
Planteó que esta misma situación pueden tenerla estancieros que participan en la Comisión de Ganadería, o los abogados que integran la Comisión de Constitución y Código, o los parlamentarios que tienen acciones en medios de comunicación, porque pueden aprobarse normas que los beneficien. Pero dijo que para eso está el artículo 104 del Reglamento de la Cámara de Diputados, que habilita a retirarse de sala a los legisladores cuando estén en situación de conjunción de interés, algo que en este caso “podría haber si yo estuviera contra de los cuidados paliativos por querer ahorrar plata”, que no es el caso, aseguró.
Trasfondo
“Goñi está tratando de que no se voten los cuidados paliativos para que después no entremos al tema de fondo, que es la eutanasia, porque él es un operador de la iglesia católica, concretamente del Opus Dei”, expresó.
Goñi reclama que el nuevo texto quitó el capítulo de los cuidados paliativos en el final de la vida. Para Gallo, el hecho de que los cuidados paliativos deban hacerse desde la etapa prenatal hasta el final de la vida es parte de la definición de los cuidados paliativos; señaló que lo que tiene que consagrar el proyecto es que se trata de “un derecho universal de todos los ciudadanos, que tiene que ser obligatorio, que lo tienen que dar todas la mutualistas y hospitales”. Por eso, dijo que se quitó “la definición de cada una de las palabras” así como las obligaciones de los médicos, que están consagradas en el Código de Ética. Agregó que en el capítulo del final de la vida, que se sacó, “de una u otra manera está diciendo que no podés hacer eutanasia”. A diferencia de Goñi, Gallo entiende que “los cuidados paliativos no se contraponen con la eutanasia” porque una persona puede recibir cuidados paliativos pero en un determinado momento podría llegar a solicitar la eutanasia.