El martes, el Sindicato Médico del Uruguay (SMU) y la Alianza de la Sociedad Civil para el Control de las Enfermedades No Transmisibles (Alianza ENT) dieron una conferencia de prensa para manifestar su preocupación por los cambios realizados por el Poder Ejecutivo al decreto sobre el etiquetado frontal de alimentos, que entró en vigencia el lunes (https://ladiaria.com.uy/salud/articulo/2021/1/etiquetado-de-alimentos-obligatoriedad-comienza-el-lunes-y-aprueban-decreto-que-flexibiliza-los-valores-limites).

El decreto original había sido aprobado en agosto de 2018 (272/018)[https://medios.presidencia.gub.uy/legal/2018/decretos/08/consmin705.pdf] y tras una prórroga en marzo [https://medios.presidencia.gub.uy/legal/2020/decretos/03/consmin14.pdf] y otra en setiembre de 2020 [https://medios.presidencia.gub.uy/legal/2020/decretos/09/consmin324.pdf], comenzó a regir el lunes con modificaciones que preocupan a expertos, organizaciones de la sociedad civil, gremios e integrantes de la oposición. Los cambios corresponden al aumento de los límites de valores máximos de azúcares, sodio, grasas saturadas y grasas totales de los productos abarcados por el rotulado, e incluso algunos alimentos quedarían por fuera del sistema de etiquetado bajo las nuevas normas.

En el caso de los alimentos sólidos el valor límite cada 100 gramos (entre el decreto de setiembre y el del 26 de enero) se elevó de 400 a 500 miligramos de sal, de diez a 13 gramos de azúcar, de nueve a 13 gramos de grasas totales, y de cuatro a seis gramos de grasas saturadas. Para los alimentos líquidos se mantienen los valores límite cada 100 mililitros: 200 miligramos de sodio, cuatro gramos de grasas totales, tres gramos de grasas saturadas y tres para el azúcar, con dos excepciones (cinco gramos de azúcar para productos “sin edulcorantes no nutritivos” y siete gramos para los que tengan un “máximo de hasta 80% de las calorías aportadas por azúcares o sin adición de edulcorantes no nutritivos”). El decreto 272/018 expresaba los límites según el contenido calórico (y no por gramos, algo que cambió en el decreto de setiembre), y excluía a la lactosa y azúcares naturalmente presentes en frutas y hortalizas siempre que cumplieran con tres condiciones: tener un contenido menor o igual a siete gramos de azúcar cada 100 gramos, no contener edulcorantes no nutritivos y que las calorías provenientes de los azúcares representaran menos de 80% del valor calórico total.

El presidente del SMU, Gustavo Grecco, señaló como un aspecto positivo que el rotulado frontal “esté en vigencia y sea obligatoria su implementación en el país”: “Ese es un primer punto que queremos destacar”, expresó. No obstante, dijo que al SMU le “preocupa” que el decreto haya modificado los niveles de sodio, azúcares, grasas saturadas y grasas totales. Grecco sostuvo que estas modificaciones impulsadas por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) cambian el “reglamento bromatológico nacional” y se implementaron sin consultar a “todas las organizaciones que en su momento trabajaron y aportaron mucho para llegar a concretar el decreto de rotulado frontal”.

“Lo vemos con profunda preocupación porque las modificaciones que allí se hacen alteran profundamente los contenidos de azúcar, sodio, grasas, que tienen alto impacto en las ENT –una pandemia que sufren nuestro país y la humanidad, y principal causa de muerte–”, manifestó Grecco, y la estrategia de etiquetado con octógonos negros había demostrado ser “efectiva y reconocida” por organismos como la Organización Mundial de la Salud y su filial panamericana (OPS). Agregó que con los cambios aplicados muchos alimentos que tienen impactos en la salud y que se consumen principalmente en la niñez no tendrán su octógono negro de “exceso en” correspondiente cuando la evidencia científica amerita que así sea.

En ese sentido, el SMU y Alianza ENT, en conjunto con las sociedades médicas, solicitan explicaciones al Ejecutivo sobre “cuál es el aval científico que hay detrás de esta decisión inconsulta por parte del MIEM”, una entrevista con las autoridades del Ministerio de Salud Pública (MSP), otra con el Congreso de Intendentes, y pidieron ser recibidos por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados. “Realmente esperamos que prime el sentido común, que se priorice la salud de los uruguayos por encima de los intereses comerciales, industriales”, manifestó Grecco y agregó que en este momento “la preocupación y la consternación por esta decisión son muy profundas”.

Diego Rodríguez, de la Alianza ENT, dijo que en la organización que integra hay un estado de “indignación” porque están convencidos de que este tipo de políticas debería ser una “política de Estado, más allá de los partidos que estén en el gobierno”: “Es el derecho a proteger la salud de las personas y un derecho a la información para los consumidores, y eso va más allá del color partidario de cada uno. Es un beneficio para la salud”. Al considerar que debe ser una política de Estado, Rodríguez sostuvo que debe estar regida por los “mejores estándares a nivel internacional en cuanto a las recomendaciones de salud pública”, que corresponden a las de las OPS. “Los valores de este gobierno son arbitrarios”, agregó.

“El ministro [de Industria, Energía y Minería, Omar] Paganini dijo ayer [por el lunes] que estábamos volviendo a los valores que dio [el ex presidente Tabaré] Vázquez, entonces ¿para qué cambiamos si vamos a volver a lo que ya estaba?”. Negó que se vuelva a lo que estaba, porque se están usando nuevos valores y otra forma de medición: “Los cambios no tienen justificación; ya se había hecho cambios, y además en particular hay que tener en cuenta que esto es un decreto que emitió el MIEM. ¿Por qué el MIEM toma una decisión arbitraria sobre la salud pública? Debió haber sido el MSP [el que tomara una decisión al respecto], y hasta el día de hoy no tenemos respuesta de las autoridades de salud para que expliquen el cambio de este decreto”, manifestó. Opinó que se corresponde con una estrategia a largo plazo de la industria de prorrogar la normativa para que “nunca entre en su estado de obligatoriedad”.

Rodríguez planteó que el etiquetado “no es una política prohibitiva”, sino que “es una política de información a los consumidores”, y que serán ellos quienes tomen la decisión de comprar o no el producto. “Tampoco se les está exigiendo a las empresas que modifiquen sus productos”, agregó. Asimismo, resaltó que aún se desconoce cómo se va a fiscalizar el cumplimiento de la medida y que si no hay fiscalización, “es como si no estuviera”.

Sonia Rossi, presidenta de la Sociedad Uruguaya de Cardiología, sostuvo que la “flexibilidad” de los niveles de sodio, grasas y azúcares en el decreto “van a afectar a la población en general”. “Tenemos bien claro que las ENT son la primera causa de muerte a nivel mundial, y Uruguay obviamente no escapa a esto”, dijo, y detalló que las que más afectan son las cardiovasculares, le sigue el cáncer y luego las enfermedades respiratorias. La prevención de las ENT se hace fundamentalmente en base a cambios de hábitos, sostuvo la cardióloga, con “una buena ingesta de productos saludables, con escaso sodio, azúcares hasta cierto nivel, con cierta cantidad de grasas, la práctica de deporte, una cantidad de recomendaciones que nosotros hacemos permanentemente a los pacientes”, enumeró.

De calorías a gramos

El diputado del Partido Nacional Juan Rodríguez publicó hoy en su perfil en Twitter un hilo sobre la “polémica” que se generó en torno al etiquetado frontal de alimentos. El diputado nacionalista sostuvo que las nuevas disposiciones del decreto tienen “los mismos parámetros de sodio, azúcares, grasas totales y grasas saturadas para alimentos sólidos” que la iniciativa publicada durante la administración de Vázquez. Agregó que la propuesta de 2018 utilizaba “las calorías como la unidad de base de cálculo para los valores de referencia para definir el exceso” y que, en cambio, ahora el Ejecutivo “opta por usar gramos: porque es lo que se utiliza en todo el mundo, y eso facilita la comprensión de la información por parte del consumidor”.

“Tanto el decreto 272/018 como el nuevo decreto establecen excepciones para la lactosa, frutas y verduras y los frutos secos. Por lo tanto, no es verdad que esas excepciones sean una novedad de esta normativa”, agregó Rodríguez, y continuó que se observaron procesos a nivel mundial que contemplan “diferentes pasos, tanto para que la sociedad vaya adquiriendo el hábito como para que la propia industria pueda ir recaudando sus productos para estar dentro de los estándares deseados y exigidos”. “Esta decisión significa un avance para que cada vez más uruguayos puedan tener un mayor discernimiento a la hora de comprar alimentos y, por ende, generar mejores hábitos alimenticios. Asimismo, implica esfuerzos por parte de Uruguay de armonizar la normativa del Mercosur”, concluyó el diputado.

Al respecto, Ares dijo a la diaria que los planteos de Rodríguez son correctos pero que el diputado dejó por fuera un par de elementos. Por un lado, “en postres lácteos y yogures sí hay una flexibilización. Se pasa de tener siete gramos cada 100 gramos a poder tener 13 gramos cada 100 gramos”. Por otro lado, dijo que “los cambios en los hechos implican una nueva prórroga. Si se quería mantener el número de productos con octógonos no se entiende el cambio de setiembre y tampoco el cambio tres días antes de la entrada en vigencia”.